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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Educación de 5 de febrero de 2009 (BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2009), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de actividades de formación dirigidas al profesorado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a excepción de los universitarios, vistas las solicitudes presentadas al ámbito provincial para la convocatoria 2011 y teniendo en cuenta la propuesta de concesión de subvenciones que eleva la Comisión Provincial Evaluadora de Sevilla, según la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio económico y de conformidad con el artículo 12 de la citada Orden, esta Delegación Provincial de Educación en Sevilla
RESUELVE
Primero. Conceder las ayudas económicas relacionadas en el Anexo I y excluir y denegar las relacionadas en el Anexo II.
Segundo. Hacer públicos dichos Anexos I y II en los tablones de anuncios y en la página web de la Delegación Provincial.
Tercero. 1. El pago de las ayudas concedidas se hará efectivo una vez dictada la presente Resolución y se efectuará de una sola vez por transferencia bancaria a la cuenta corriente que haya indicado la persona beneficiaria.
2. Los abonos se realizarán con cargo a las partidas presupuestarias 0.1.11.00.02.41.480.04.42B.7 y 0.1.11.00.02.41.480.02.42B. 5.
Cuarto. Teniendo en cuenta que la justificación de las ayudas se ha realizado con anterioridad al día de la fecha de la presente Resolución, las personas beneficiarias deberán comunicar al órgano concedente cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta en la concesión de las ayudas, así como las recogidas en los artículos 105, 108 y 110 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de marzo de 2012.- El Delegado, José Jaime Mougán Rivero.
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