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Procedimiento: Ejecución 36/2012 Negociado: PJ.
Sobre: **Despidos.
NIG: 2906744S20110009912.
De: Don/Doña Inmaculada Martín López, Alicia Blázquez Corcho, Juis Almeda Valera, Daniel Vivar Díaz, David Vicente Martín, Manuel Carlos Ramírez Gómez, María Carmen Oña Sánchez, Araceli Moret Almeda, Dolores Milanes Mitta, Beatriz Martínez Ramal, Francisco Ballesteros Ramírez, Francisco Martín Gómez, Dolores López Agullo, Ana Remedios Leiva Jiménez, Ana María Jurado Guerrero, Antonia Guzmán Sánchez, Inmaculada Fernández Fortes, Concepción Fernández Calelle y José Manuel Farfan Medialdea.
Contra: Bingos Córdoba Sur, S.L.
EDICTO
Doña Patricia de la Fuente Bustillo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 36/2012 a instancia de la parte actora doña Inmaculada Martín López, Alicia Blázquez Corcho, Juis Almeda Valera, Daniel Vivar Díaz, David Vicente Martín, Manuel Carlos Ramírez Gómez, María Carmen Oña Sánchez, Araceli Moret Almeda, Dolores Milanes Mitta, Beatriz Martínez Ramal, Francisco Ballesteros Ramírez, Francisco Martín Gómez, Dolores López Agullo, Ana Remedios Leiva Jiménez, Ana María Jurado Guerrero, Antonia Guzmán Sánchez, Inmaculada Fernandez Fortes, Concepción Fernandez Calelle y José Manuel Farfan Medialdea contra Bingos Córdoba Sur, S.L., sobre Ejecución se han dictado Resoluciones de fecha 4.5.12 del tenor literal siguiente:
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Inmaculada Martín López, Alicia Blázquez Corcho, Juis Almeda Valera, Daniel Vivar Díaz, David Vicente Martín, Manuel Carlos Ramírez Gómez, María Carmen Oña Sánchez, Araceli Moret Almeda, Dolores Milanes Mitta, Beatriz Martínez Ramal, Francisco Ballesteros Ramírez, Francisco Martín Gómez, Dolores López Agullo, Ana Remedios Leiva Jiménez, Ana María Jurado Guerrero, Antonia Guzmán Sánchez, Inmaculada Fernández Fortes, Concepción Fernández Calelle y José Manuel Farfan Medialdea, contra Bingos Córdoba Sur, S.L., por un principal de 730.267,94 euros, más 146.053,59 euros que se presupuestas inicialmente para intereses y costas.
Se autoriza la averiguación patrimonial del ejecutado a través de la Administración Tributaria.
Modo de impugnación. Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita. Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la cuenta número:, 00301846420005001274, concepto: 2954000064003612, si es por transferencia bancaria, y para el caso de que sea directamente en ventanilla de la entidad Banesto cuenta núm. 2954000064003612.
Así se acuerda y firma por doña Victoria Gallego Funes Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Seis de los de Málaga. Doy fe.
ACUERDO
Requerir al ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.
El embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es: BBVA, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto líbrese oficio a dicha entidad. Debiendo proceder a dicha retención y puesta a disposición, aún cuando en el momento de recibir dicho oficio no existiese cantidad alguna disponible, si con posterioridad a ello existiesen saldos o productos bancarios realizables. En el caso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones se les aplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El embargo de las devoluciones que por IVA, Rentas u otros conceptos puedan corresponder al ejecutado. Líbrese oficio a la Delegación de Hacienda de Málaga, para que proceda a su retención y puesta a disposición de este juzgado.
La anterior información registral del Punto Neutro Judicial del Registro de la Propiedad únase a los autos de su razón.
Ofíciese al Registro de la Propiedad núm. Uno de Coín a fin de que informe a este Juzgado si la demandada Bingos Córdoba Sur, S.L., con CIF B14491641 figura como titular de bienes, inmuebles o derechos reales sobre los mismos, inscritos en ese Registro con expresión de cargas y gravámenes en su caso.
Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 454 bis LEC). EI recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones 00301846420005001274, para la cuenta expediente 2954000031003612, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Así por este Decreto, lo acuerdo mando y firmo. Patricia de la Fuente Bustillo Secretaria del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga. Doy fe.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL
Y para que sirva de notificación al demandado Bingos Córdoba Sur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a cuatro de mayo de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.
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