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Intentada la notificación del Acuerdo de Inicio de reintegro, recaído en el expediente que se indica, sin que se haya podido practicar, por medio de la presente y de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de dicho Acuerdo, comunicándoles que para conocer el texto íntegro podrán comparecer, en horas de 9 a 14 cualquier día hábil de lunes a viernes en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, en la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Servicio de Coordinación y Fomento, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Expediente de subvención:
Beneficiario: Casa Rural Conde Álamo, S.L.
Expediente: ITPEXP07 TU2101 2008/04.
Objeto subvención: Construcción de Hotel Rural Conde Álamo.
Acto: Acuerdo de inicio de expediente de reintegro.
Resumen del contenido: Acuerdo de Inicio del procedimiento administrativo de reintegro de la subvención que, por importe de 902.623,13 euros, fue concedida a la empresa Casa Rural Conde Álamo, S.L., por incumplimiento de la actividad objeto de subvención, al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, Modalidad 2 (ITP).
Sevilla, 7 de mayo de 2012.- La Directora General, María Sandra García Martín.
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