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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en relación con el artículo 2.e) de la misma norma, y en base al artículo 51 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, citado, y al Acuerdo de Condiciones de Funcionarización suscrito entre las secciones sindicales UGT, CC.OO. y CSIF con la Gerencia de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en diferentes Escalas de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
1. Normas Generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por promoción horizontal de personal funcionario, las plazas que se especifican a continuación:
a) 50 plazas de la Escala Administrativa de la Universidad de Almería.
b) 4 plazas de la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Almería.
c) 6 plazas de la Escala Técnica Administrativa de Archivos y Museos.
d) 3 plazas de la Escala Técnica Administrativa de Tecnologías de la Información y la Comunicación.
1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, citado, y en las normas de esta Resolución.
1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en los respectivos Anexos.
1.4. De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a los/as participantes e interesados/as se expondrá al público en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos y en el punto de acceso electrónico del citado Servicio.
1.5. La fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio indicado en el Anexo I se fijará en la resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los/as candidatos/as.
2.1. Requisitos Generales.
Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a alguna de las Escalas encuadradas en el Subgrupo C1.
b) Según lo establecido en el apartado 2 del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública, los aspirantes deberán encontrarse desempeñando puestos de trabajo cuyas funciones sean sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de los puestos de trabajo adscritos a la Escala a la que se aspira. En este sentido, los puestos de trabajo que tienen tal consideración son los recogidos en el Anexo III.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala a que se aspira.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Hallarse en servicio activo o en otra situación administrativa, excepto en la de excedencia voluntaria o suspensión de funciones.
f) Prestar servicios y tener destino en la Universidad de Almería, obtenido por cualquiera de las formas de provisión establecidas para la cobertura de puestos de trabajo.
g) Los funcionarios deben tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en el punto 3.1.
3. Solicitudes.
3.1. Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.2. Los/as aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado 6 de su solicitud.
3.3. Las solicitudes se presentarán a través de la Plataforma de Administración Electrónica de la Universidad de Almería, a través de la dirección web: http://cms.ual.es/UAL/administracionelectronica/procedimientos/categoria/index.htm?idDest=5.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de exclusión. La resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas los/as aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la lista de admitidos, para que aleguen o presenten la documentación que a su derecho convenga.
4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as. Asimismo, en dicha resolución se nombrará el Tribunal y se recogerá el lugar y la fecha de comienzo del ejercicio. La resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as agotará la vía administrativa.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de estas pruebas será nombrado por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según lo establecido en la base 4.3 de esta convocatoria. El Tribunal estará compuesto según lo estipulado en el Anexo IV.
5.2. Los/as componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria, sean personal de elección o designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el personal eventual. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los/as componentes del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, Resolución del Rector de la Universidad de Almería por la que se nombren a los/as nuevos/as componentes del Tribunal que hayan de sustituir a los/as que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus componentes, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente, Secretario y la mayoría de sus miembros.
5.6. En este procedimiento, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación de el Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesoras/es especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los/as demás participantes.
5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1.985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número, teléfono 950 015 124. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, componente o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», de 21 de abril).
5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
5.13. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los/as opositores para que acrediten su identidad.
5.14. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los/as aspirantes, a los efectos procedentes.
6. Listas de aprobados/as.
6.1. Al finalizar la oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad las listas provisionales de aprobados/as. La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria.
6.2. Contra esta lista podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.
6.3. Transcurrido el plazo referido en la base anterior y resueltas en su caso las alegaciones presentadas, el Tribunal hará pública la lista definitiva de aprobados/as con las calificaciones obtenidas y la elevará al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera de la respectiva escala. Contra esta lista definitiva podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Almería.
7. Presentación de documentación y solicitud de destinos.
7.1. El Rectorado de la Universidad de Almería, realizará a través de la Gerencia, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los/as aspirantes seleccionados/as en las diferentes Escalas.
7.2. Los/as aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la oferta de vacantes en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad, para presentar la petición de destino y los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior nombramiento como funcionaria/o de carrera, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y titulación académica exigida para acceder a la nueva Escala, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
7.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera de la respectiva escala y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
8. Nombramiento de funcionarios/as de carrera y asignación inicial de destinos.
8.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de destinos, el Rector de la Universidad de Almería nombrará funcionarios/as de carrera de la respectiva escala a los/as aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, y determinará el plazo o la fecha de toma de posesión en los correspondientes destinos, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.2. La adjudicación de destinos se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/as interesados/as, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
9. Norma Final.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud del artículo 62 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con el articulo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Almería, 8 de mayo de 2012.- El Rector, Pedro Roque Molina García.
ANEXO I
Ejercicios y calificación
1. Oposición.
El procedimiento de selección, por el sistema de promoción interna, será el de oposición. Esta única fase estará formada por un único ejercicio que consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, sobre los contenidos recogidos en el Anexo II. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos, teniendo en cuenta que la contestación errónea a las preguntas de cada ejercicio no se valorarán negativamente.
2. Calificación final de las pruebas selectivas.
La calificación final de las pruebas, a efectos de declaración de aprobados/as, vendrá determinada por la puntuación obtenida en la oposición.
ANEXO II
Programa
Tema 1. El régimen disciplinario de los empleados públicos.
Tema 2. Ayudante de Servicio Electrónico (ASE) Guía de referencia para el procedimiento.
Tema 3. Firma Digital-Manual de Ayuda.
Tema 4. Certificación ISO 9001, Gestión de la calidad (Documento informativo).
Anexo III
Relación de puestos de trabajo cuyas funciones son sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de los puestos de trabajo adscritos a la Escala a la que se aspira
ESCALA A LA QUE SE ASPIRA | PUESTO DE TRABAJO DESEMPEÑADO | |||||
DENOMINACIÓN | ESCALA (*) | GRUPO | NIVEL |
FORMA PROVISIÓN |
OBSERVACIONES | |
Administrativa | Puesto Base Técnico Administración | 4-5-6-7-8 | C1 | 17 | Concurso | Conocimientos administración |
Jefe de Negociado | A2/C1 | 20 | Libre Designación | Disponibilidad Horaria. | ||
Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia e Investigación |
Puesto Técnico Apoyo Docencia e Investigación | 12-7 | A2/C1 | 20 | Concurso | |
Técnica Administrativa de Archivos y Museos |
Puesto Técnico Biblioteca y Archivo |
11-5 | A2/C1 | 20 | Concurso | |
Técnica Administrativa de Tecnologías de la Información y la Comunicación | Puesto Técnico T.I.C. | 10-6 | A2/C1 | 20 | Concurso |
(*) ESCALA:
4 TÉCNICA ADMINISTRATIVA
5 TÉCNICA ADMINISTRATIVA DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
6 TÉCNICA ADMINISTRATIVA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN
7 TÉCNICA ADMINISTRATIVA DE APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN
8 TÉCNICA ADMINISTRATIVA DE MANTENIMIENTO E EQUIPAMIENTO
10 TÉCNICA DE GESTIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICA
11 AYUDANTES DE ARCHIVOS, MUSEOS Y BIBLIOTECAS
12 TÉCNICA DE GESTIÓN DE APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN
ANEXO IV
La composición del Tribunal deberá ajustarse a los siguientes criterios o principios:
a) No podrán formar parte, el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos, el personal laboral o el personal eventual.
b) Los miembros deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y de profesionalidad.
c) La pertenencia lo será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
d) Se tenderá en su composición a la paridad entre hombre y mujer.
e) Pertenecer al cuerpo o escala igual o superior a la que corresponde las plazas convocadas.
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