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NIG: 2906942C20090014547.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2454/2009. Negociado: 04.
Sobre: Resolución contrato.
De: Michael Shah.
Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.
Contra: Sociedad Brisamar Cuatro, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2454/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Michael Shah contra Sociedad Brisamar Cuatro, S.L., sobre Resolución contrato, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 62/12
En Marbella, a 30 de marzo de 2012.
Vistos por don Francisco Alberto Campos Campano, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 2454/09, seguido a instancia de don Mayur Shah (también conocido como Michael Shah), representado por el Procurador Sr. Benítez Leal Aragoncillo y asistido por el Letrado Sr. Ortiz Álvarez y Sr. Mena Quirós, contra la mercantil Brisamar Cuatro, S.L., en situación de rebeldía, ha dictado la presente resolución en base a los siguientes.
FALLO
Que estimando la demanda formulada a instancia de don Mayur Shah (también conocido como Michael Shah), representado por el Procurador Sr. Benítez Leal Aragoncillo, contra la mercantil Brisamar Cuatro, S.L., debo declarar la resolución del contrato de compraventa celebrado el día 28 de julio de 2005 respecto de la vivienda descrita en el antecedente primero, así como condenar a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 102.559,50 euros (ciento dos mil quinientos cincuenta y nueve euros con cincuenta céntimos), compresivo de las cantidades entregadas a cuenta del precio final pactado, más la condena al pago de los intereses legales devengados según fundamento jurídico tercero y hasta su completo pago.
Asimismo, procede la condena de la parte demandada al pago de las costas causadas.
Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga. Con carácter previo a su admisión, deberá depositarse el importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado a los efectos legales correspondientes.
Cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Sociedad Brisamar Cuatro, S.L., extiendo y firmo la presente en Marbella, a veinticuatro de abril de dos mil doce.- El/La Secretario.
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