Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de junio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Dos Hermanas, dimanante de procedimiento ordinario núm. 143/2010. (PP. 3850/2011).

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NIG: 4103842C20100000992.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 143/2010. Negociado: S.

De: Banco Español de Crédito, S.A.

Procuradora: Sra. Ponce Ojeda Esperanza.

Contra: Elías Hernández, S.L., Comercial Pachico, S.L, Elías Miguel Hernández Sánchez y María Valme Sánchez Rodríguez.

EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento Procedimiento Ordinario 143/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Dos Hermanas a instancia de Banco Español de Crédito, S.A., contra Comercial Pachico, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Dos Hermanas, a 21 de junio de 2011.

Vistos por mí, doña M.ª Elena Pérez Caro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de este Partido Judicial, los autos de juicio declarativo registrado con el número 143/2010 del Libro de asuntos civiles referentes a reclamación de cantidad seguidos a instancia de la entidad Banco Español de Crédito, S.A., representada por la Procuradora Sra. Ponce Ojeda y asistida por el letrado Sr. Pereda Vázquez frente a la mercantil Elías Hernández, S.L., Comercial Pachico, S.L., don Elías Miguel Hernández Sánchez, doña María Valme Sánchez Rodríguez, declarados en situación de rebeldía procesal, se dicta la presente Resolución.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Ponce Ojeda en nombre y representación de la entidad Banco Español de Crédito, S.A., frente a la mercantil Elías Hernández, S.L., Comercial Pachico, S.L., don Elías Miguel Hernández Sánchez, doña María Valme Sánchez Rodríguez, debo:

Primero. Condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora el importe de cuatrocientos diez mil quinientos ocho euros con cuarenta céntimos (410.508,40 euros), así como los intereses pactados en la póliza de préstamo.

Segundo. Las costas ocasionadas se imponen a la parte demandada.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a los demandados Comercial Pachico, S.L., que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Dos Hermanas, a veintiuno de junio de dos mil once.- El/La Secretario.

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