Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 06/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 23 de mayo de 2012, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 197.1/2011.

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NIG: 2906744S20100015853.

Procedimiento: Pieza Separada 197.1/2011. Negociado: C3.

De: Doña María de los Ángeles Valades Sánchez.

Contra: Don Manuel Abraham Espinosa Torralba y Empresa Espinosa Amat, Juan Manuel.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 197.1/2011 a instancia de la parte actora doña María de los Ángeles Valades Sánchez contra don Manuel Abraham Espinosa Torralba y Empresa Espinosa Amat, Juan Manuel, sobre pieza separada se ha dictado resolución de fecha 23.5.2012 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

1. Tener por personada en los presentes autos a la Letrada Marta Vázquez Trujillo en nombre y defensa de Silvia Gallardo Barbosa en virtud de la designación efectuada por el Colegio de Abogados de Málaga, entendiéndose con la referida letrada las sucesivas actuaciones.

2. Decretar la mejora de embargo sobre los bienes propiedad de Manuel Abraham Espinosa Torralba y Empresa Espinosa Amat Juan Manuel:

- Se decreta el embargo de la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido o Impuesto sobre Beneficios Anticipados que pueda resultar respecto de las ejecutadas.

- Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado Manuel Abraham Espinosa mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es financieras Caixabank, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto dése la orden telemática a través del Punto Neutro Judicial.

- Se decreta el embargo y posterior precinto sobre el vehículo matrícula 3877DYP, de Manuel Abraham Espinosa Torralba librándose a tal efecto el correspondiente mandamiento por duplicado para que se practique la anotación de dicho embargo en el Registro de Bienes Muebles de Cádiz.

- Se decreta el embargo de las cantidades por las que resulte acreedora el demandado Empresa Espinosa Amat Juan Manuel frente a Mapfre Familiar Cía de Seguros, por cualquier concepto, en cuantía suficiente para cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuya efectividad se librarán los despachos oportunos.

3. Recábese del Servicio de Índices del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad a fin que se informe a este Juzgado si las ejecutadas, aparecen con bienes de su titularidad inscritos, indicando, en su caso, los datos del registro que posibiliten la localización de las inscripciones.

4. Notifiquese la presente resolución a las partes, notificando a los demandados a través del BOJA e intentándolo en los nuevos domicilios aparecidos en el PNJ.

Modo de impugnación: Mediante recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Para recurrir en revisión las resoluciones dictadas por el Secretario Judicial deberá previamente acreditarse consignación de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm. 2955, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Revisión de resoluciones del Secretario Judicial», de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Revisión de resoluciones del Secretario Judicial».

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Manuel Abraham Espinosa Torralba y Empresa Espinosa Amat, Juan Manuel, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, Decreto, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintitrés de mayo de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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