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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por encontrarse en paradero desconocido, o ser desconocido o estar ausente del domicilio que figura en el expediente incoado, con relación al procedimiento de declaración de idoneidad para acogimiento familiar en familia extensa (DPMA)354-2003-00000376-1, iniciado por doña Mercedes Mir García, encontrándose el mismo paralizado por inactividad de parte interesada. Se comunica que en cumplimiento del art. 92.1 de la LRJPAC en los procesos iniciados a solicitud del interesado cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, se advierte que transcurridos tres meses se producirá la caducidad del mismo. Transcurrido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para la continuación del procedimiento, la Administración acordará el archivo de las actuaciones.
Málaga, 28 de diciembre de 2011.- La Delegada, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Antonio Collado Expósito.
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