Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 25/06/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 22 de mayo de 2012, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de diseño «Estación Diseño. Centro Autorizado de Enseñanzas Superiores de Diseño» de Armilla (Granada). (PP. 1798/2012).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Ildefonso Moreno Riestra, como representante de la entidad Escuela Diseño Granada, S.L., por el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de diseño «Estación Diseño. Centro Autorizado de Enseñanzas Superiores de Diseño», con domicilio en C/ Benjamín Franklin, 1, de Armilla (Granada), para impartir las enseñanzas artísticas superiores de diseño en las especialidades de Diseño Gráfico y Diseño de Interiores, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre (BOJA de 27), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo (BOE de 5 de junio), por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y el funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de diseño «Estación Diseño. Centro Autorizado de Enseñanzas Superiores de Diseño», código 18014221 y domicilio en C/ Benjamín Franklin, 1, de Armilla (Granada), cuyo titular es Escuela Diseño Granada S.L., quedando con la configuración que se describe a continuación:

Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño, impartidas en doble turno, en las especialidades siguientes:

Diseño Gráfico.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 80.

Diseño de Interiores.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 80.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 15 del Decreto 193/1997, de 29 de julio.

Cuarto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Séptimo. El centro, a efectos administrativos, queda adscrito a la Escuela de Arte de Granada, con código 18004501.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de mayo de 2012

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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