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Visto el expediente tramitado a instancia de don Esteban Guerrero Moreno, representante de la Sociedad Anónima para el Fomento de Enseñanzas del Sur (SAFES), titular del centro docente privado de educación secundaria «Altair», con domicilio en C/ Barbero de Sevilla, 1, de Sevilla, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el centro, por ampliación de la misma en un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Sistemas microinformáticos y redes y en otro de grado superior de Desarrollo de aplicaciones web, así como la supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Instalaciones eléctricas y automáticas, de los dos que tiene autorizados, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.
Resultando que el citado centro, con código 41006390, tiene autorización para impartir dieciséis unidades de educación secundaria obligatoria; diez unidades de bachillerato (seis en la modalidad de Ciencias y tecnología y cuatro en la de Humanidades y ciencias sociales); seis ciclos formativos de formación profesional de grado medio (dos de Equipos e instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Instalaciones eléctricas y automáticas mediante el Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero, uno de Electromecánica de vehículos, que ha sido sustituido por el de Electromecánica de vehículos automóviles mediante el Real Decreto 453/2010, de 16 de abril, dos de Laboratorio y uno de Gestión administrativa) y cinco ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Sistemas de regulación y control automáticos, uno de Instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Sistemas electrotécnicos y automatizados mediante el Real Decreto 1127/2010, de 10 de septiembre, uno de Análisis y control, que ha sido sustituido por el de Laboratorio de análisis y de control de calidad mediante el Real Decreto 1395/2007, de 29 de octubre, uno de Administración y finanzas y uno de Administración de sistemas informáticos, que ha sido sustituido por el de Administración de sistemas informáticos en red mediante el Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre). Funcionan en régimen de conciertos educativos doce unidades de educación secundaria obligatoria, seis unidades de bachillerato (dos de la modalidad de Humanidades y ciencias sociales y cuatro de la de Ciencias y tecnología), todos los ciclos formativos de formación profesional que tiene autorizados (excepto los ciclos formativos de formación profesional de grado medio de Laboratorio y los ciclos formativos de formación profesional de grado superior de Sistemas de regulación y control automáticos, de Sistemas electrotécnicos y automatizados y de Laboratorio de análisis y de control de calidad).
Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007 ), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1691/2007, de 14 de diciembre (BOE de 17 de enero de 2008), por el que se establece el título de técnico en Sistemas microinformáticos y redes y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 686/2010, de 20 de mayo (BOE de 12 de junio), por el que se establece el título de técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de formación profesional inicial que forman parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Altair», código 41006390 y domicilio en C/ Barbero de Sevilla, 1, de Sevilla, cuyo titular es Sociedad Anónima para el Fomento de Enseñanzas del Sur (SAFES), que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:
a) Educación secundaria obligatoria: 16 unidades
Puestos escolares: 480
b) Bachillerato:
- Modalidad de Ciencias y tecnología: 6 unidades
Puestos escolares: 204
- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 4 unidades
Puestos escolares: 140
c) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:
Instalaciones eléctricas y automáticas:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Electromecánica de vehículos automóviles:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Laboratorio:
Núm. de ciclos: 2
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Gestión administrativa:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 52
Sistemas microinformáticos y redes:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
d) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:
Sistemas de regulación y control automáticos:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Sistemas electrotécnicos y automatizados:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Laboratorio de análisis y de control de calidad:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Administración y finanzas:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 52
Administración de sistemas informáticos en red:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Desarrollo de aplicaciones web:
Núm. de ciclos: 1
Grupos: 2
Puestos escolares: 60
Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de mayo de 2012
María del Mar Moreno Ruiz | |
Consejera de Educación |