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Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2012, de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Córdoba, por el que se comunica por edicto a don Francisco Serrano Pizarro y doña Antonia Miranda Romero que, en caso de no comunicar su intención de continuar con la tramitación de su solicitud de idoneidad para adopción nacional, y transcurridos tres meses desde el día siguiente a la publicación de este edicto sin que realicen las actividades necesarias para reanudar la tramitación de su expediente, se producirá la caducidad del mismo, al haber sido imposible su notificación al encontrarse los interesados en ignorado paradero, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 92 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les significa que pueden personarse en el Servicio de Protección de Menores de Córdoba a fin de ser notificados de su contenido íntegro.
Córdoba, 31 de mayo de 2012.- La Delegada, P.A. (Dto. 21/1985 de 5.2), el Secretario General, Feliciano Segura Perea.
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