Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 26/07/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de junio de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Córdoba, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 425/2011. (PP. 2118/2012).

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NIG: 1402142C20110003974.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 425/2011. Negociado: B.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Procurador Sr.: Álvaro Bravo Guzmán.

Letrado Sr.: Villarreal Luque Vicente.

Contra: Don José Raya Rodríguez y doña María Sierra Serrano Pérez.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 425/2011 seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., frente a María Sierra Serrano Pérez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En Córdoba, a 12 de junio de 2012, doña Lorena Cañete Rodríguez-Sedano, Magistrada-Juez de Primera Instancia número Uno de esta capital, ha visto los autos de Juicio Ordinario núm. 425/11 seguidos a instancia de BBVA S.A., representada por el Procurador Sr. Álvaro Bravo y defendido por el Letrado Sr. Villareal Luque contra don José Raya Rodríguez y contra doña María Sierra Serrano Pérez, declarados en rebeldía sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente a virtud de los siguientes,

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por de BBVA, S.A., contra don José Raya Rodríguez y contra doña María Sierra Serrano Pérez, declarados en rebeldía debo condenar y condeno a los demandados al pago a la actora de la cantidad de 15.599,94 euros, de principal, más los intereses pactados al 20% de demora, los cuales se calcularan desde el día 8 de febrero de 2011 y sobre la cantidad adeudada a esa fecha, esto es 15.599,94 euros, y hasta su completo pago, con expresa imposición de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia: La anterior sentencia fue dada, leída y publicada en el día de la fecha por la Sra. Juez que la autoriza. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, María Sierra Serrano Pérez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Córdoba, a doce de junio de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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