Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00010482.
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Cádiz, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía y en relación con el artículo 12 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
RESUELVO
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Concepto |
Tarifas autorizadas IVA incluido |
||
Tarifa 1: | |||
- Bajada de bandera | 1,32 euros | ||
- km recorrido | 0,70 euros | ||
- Carrera mínima | 3,43 euros | ||
- Hora de espera | 17,03 euros | ||
Tarifa 2: | |||
- Bajada de bandera | 1,63 euros | ||
- km recorrido | 0,89 euros | ||
- Carrera mínima | 4,26 euros | ||
- Hora de espera | 21,29 euros | ||
Casos de aplicación de la tarifa 2: | |||
- Sábados, domingos y festivos las 24,00 horas. | |||
- Días laborables, en horario nocturno, de las 21,00 a las 7,00 horas. | |||
- Lunes, martes y miércoles Santo, 5 de enero, 24 de diciembre y 31 de diciembre, de las 18,00 a las 7,00 horas. | |||
Suplementos: | |||
- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm | 0,44 euros | ||
Suplementos locales (sobre lo marcado en tarifas) | |||
- Servicios con origen o destino en la base naval de Rota | 1,00 euro | ||
- Servicios interiores en Costa Ballena | 1,00 euro | ||
- Servicios con origen o destino en el Puerto Deportivo de Rota | 0,63 euros | ||
- Feria de primavera | 1,50 euros |
Esta Resolución surtirá efecto desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de junio de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
Descargar PDF