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Expte. núm.: 03/41/149 AI.
Nombre y apellidos: Don Ramón Martínez Rosa.
Intentadas las notificaciones a los solicitantes mencionados, en el domicilio señalado por los mismos a dicho efecto, de acuerdo con las previsiones del art. 59.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que las mismas se hayan podido practicar al ser devueltas las cartas por el servicio de Correos, se le notifica, de conformidad con el art. 59.5 de la referida Ley, que, encontrándose paralizado el procedimiento para Adopción Internacional como consecuencia de su inactividad, debe manifestar su voluntad de continuar con la tramitación del mismo, o de lo contrario, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del citado expediente, procediéndose al archivo de las actuaciones.
Sevilla, 3 de enero de 2012.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.
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