Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 03/08/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 338/2012, de 17 de julio, por el que se acepta la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén) de un inmueble de titularidad municipal, sito en C/ Gran Vía, 4, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a consultorio médico local, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén), se ha acordado ceder el uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de un inmueble de 376 m2, sito en C/ Gran Vía, 4, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Médico Local.

Por la Consejería de Salud y Bienestar Social, se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a Consultorio Médico Local.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 17 de julio de 2012,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión de uso acordada por el Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén), de un inmueble de 376 m2, sito en C/ Gran Vía, 4, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Médico Local.

Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Andújar (Jaén), al tomo 1.512, libro 74, folio 134, con el número de finca 4.362, con la siguiente descripción:

Urbana: C/ Calvo Sotelo, 4. Linderos: Derecha, Casa de Miguel Mercado Mármol. Izquierda, Alonso Cortés Mercado. Fondo, travesía de la Plaza.

Referencia catastral número 3132205VH1033S0001HI.

Segundo. La cesión de uso gratuita se formalizará en documento administrativo o escritura pública y se podrá inscribir en el Registro de la Propiedad correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 80, y concordantes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión de uso del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud, con destino a Consultorio Médico Local.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 17 de julio 2012

José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Carmen Martínez Aguayo
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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