Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 18 de noviembre de 2011, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Bambi» de Córdoba. (PP. 4054/2011).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña M.ª Beatriz Gómez Baro, representante de «El Patriarca Centro de Educación Infantil Bambi, S.L.», entidad titular del centro docente privado de educación infantil «Bambi», en solicitud de modificación de la autorización administrativa de funcionamiento del mencionado centro por traslado a unas nuevas instalaciones, de la misma localidad.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 3 unidades del primer ciclo de educación infantil con 41 puestos escolares, por Orden de 7 de mayo de 2009 (BOJA de 12 de junio) y para 3 unidades del segundo ciclo de educación infantil con 65 puestos escolares, por Orden de 3 de diciembre de 1999 (BOJA de 8 de enero de 2000).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Córdoba y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación en dicha provincia, siéndolo este último en los términos que han motivado la configuración que por la presente Orden se autoriza.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo); y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento por traslado de las 3 unidades del segundo ciclo y las 3 unidades de primer ciclo, autorizadas en la Avda. de la Arruzafa, 25, de Córdoba, a las nuevas instalaciones, sitas en la parcela UA B-5, entre las calles Aulaga, Cantueso y Mejorana, de la misma localidad, del centro docente privado de educación infantil «Bambi», promovida por «El Patriarca Centro de Educación Infantil Bambi, S.L.», como entidad titular del mismo, con código 14006941, quedando configurado con 3 unidades de primer ciclo de educación infantil para 41 puestos escolares y 3 unidades de segundo ciclo para 75 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Córdoba la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de noviembre de 2011

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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