Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 02/10/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Orden de 17 de septiembre de 2012, por la que se avoca la competencia sancionadora que se cita y se delega la misma en la persona titular de la Secretaría General de Empleo de esta Consejería.

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El Director General de Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, mediante escrito de fecha 18 de julio de 2012 ha comunicado a la Secretaría General de Empleo, órgano jerárquico inmediatamente superior, causa de abstención en la resolución de los expedientes administrativos sancionadores números 7/2009 y 9/2012, incoado a las empresas Zamagara Obras e Ingeniería, S.L., y Construcciones Metálicas Ávila, S.L., con responsabilidad solidaria de la empresa Cosentino, S.A., respectivamente, al iniciarse estos procedimientos mediante actas de infracción que practicó cuando desempeñaba las funciones de Inspector de Trabajo y Seguridad Social en la provincia de Almería.

Con igual fecha, y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, según el cual los procedimientos de abstención y recusación de autoridades y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía serán resueltos por la persona titular del órgano jerárquico inmediatamente superior, el Secretario General de Empleo de esta Consejería ha dictado resolución en la que acepta la abstención en la tramitación y resolución de los citados expedientes, al concurrir en la misma persona las competencias de instrucción y resolución, circunstancia que vendría a conculcar lo previsto en el articulo 134 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece la debida separación entre la fase instructora y sancionadora, como garantía del procedimiento administrativo sancionador.

El artículo 18 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, atribuye las competencias sancionadoras por infracciones en materia de seguridad y salud laboral a la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral.

En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 101, 102, 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,

DISPONGO

Artículo 1. Avocación de competencias.

Se avoca la competencia ordinaria de la persona titular de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral para la resolución de los procedimientos administrativos sancionadores números 7/2009 y 9/2012, incoados a las empresas: Zamagara Obras e Ingeniería, S.L., y Construcciones Metálicas Ávila, S.L., con responsabilidad solidaria de Cosentino, S.A., respectivamente.

Artículo 2. Delegación de competencias.

Se delega la competencia a que se refiere el artículo 1 de esta Orden en la persona titular de la Secretaría General de Empleo de esta Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.

Disposición final. Efectos.

La presente Orden producirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de septiembre de 2012

ANTONIO ÁVILA CANO
Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
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