Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 04/01/2012

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Consejería de Medio Ambiente

Edicto de 21 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, de acuerdo de ampliación del plazo establecido para la tramitación y resolución del expediente de apeo y deslinde que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de la Dirección General del Dominio Publico Hidráulico, con fecha de 22 de abril de 2009, se inició expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes de la rambla Torvizcón, sita en el término municipal de Torvizcón (Granada). Expte. GR-24847.

Segundo. Posteriormente, mediante Resolución de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico, con fecha 14 de enero de 2011, se resuelve la caducidad del procedimiento de referencia, tal y como se indica en la misma resolución y en aplicación del art. 66 de la Ley 30/92, acordándose el reinicio del expediente de deslinde «con la conservación de los trámites correctamente realizados… hasta la fase de envío del expediente a los Servicios Jurídicos Provinciales».

Tercero. Resulta de gran complejidad e imprevisibilidad la duración de los trámites procedimentales, que ha venido motivada principalmente por las demoras a la hora de efectuar las notificaciones personales a los interesados, así como las publicaciones que sean preceptivas, al objeto de que se garantice adecuadamente el derecho de defensa.

A tales hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta, tercero, del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, el plazo para resolver y notificar la resolución en el procedimiento de deslinde del dominio público hidráulico es de un año.

Segundo. Según lo dispuesto en el mencionado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, puede acordarse, motivada y excepcionalmente, la ampliación del plazo máximo de resolución previsto para un procedimiento.

Por todo ello,

ACUERDO

La ampliación del plazo de un año legalmente establecido en la Disposición Adicional Sexta, tercero, del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, para dictar resolución en el procedimiento administrativo de deslinde del dominio público hidráulico, en el presente expediente de Apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes de la rambla Torvizcón, en el término municipal de Torvizcón (Granada), por un periodo de seis meses contados a partir de la finalización del plazo anteriormente citado.

Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno, conforme a los establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

APEO Y DESLINDE DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EN AMBAS MÁRGENES DE LA RAMBLA TORVIZCÓN EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TORVIZCÓN (GRANADA). EDICTO DEL ACUERDO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO, DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2011, POR EL QUE SE PROCEDE A LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA RESOLVER EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE DESLINDE DE DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO DE LA RAMBLA TORVIZCÓN, SITA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TORVIZCÓN

TITULAR REF. CATASTRAL TT.MM.
CARRASCO CARMONA ANTONIO ALFREDO (HEREDEROS DE) 18182A00100188 TORVIZCON
CARRASCO CARMONA MANUEL 18182A00100189 TORVIZCON
CARRASCO CARMONA MANUEL 18182A00100189 TORVIZCON
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109013 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109019 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109016 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00409001 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109002 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109018 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00409016 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109020 -
COD. ERROR. INMUEBLE NO EXISTE 18182A00109017 -
CORREA RIOS JOAQUIN
(HEREDEROS DE)
18182A00400055 TORVIZCON
GARCIA HIDALGO MIGUEL 18182A00400045 GOJAR
JIMENEZ RUIZ CONCEPCION 18182A00100179 -
LOPEZ CAÑADAS JOSE MANUEL 18182A00100187 TORVIZCON
LOPEZ LOPEZ JOSE 18182A00400044 TORVIZCON
LOPEZ PUGA ANTONIO 18182A00100182 -
LOPEZ PUGA ANTONIO 18182A00100186 -
MARTIN MUÑOZ JOSE ANTONIO 18182A00100180 TORVIZCON
MARTIN MUÑOZ JOSE ANTONIO 18182A00100173 TORVIZCON
MARTIN MUÑOZ NICOLAS 18182A00100172 TORVIZCON
MURIEL PALLARES MARIA 18182A00100184 TORVIZCON
MURIEL PALLARES MARIA 18182A00100223 TORVIZCON
PUERTAS MURIEL MANUEL 18182A00400039 TORVIZCON
SABIO LOPEZ MATIAS 18182A00100177 TORVIZCON
SABIO LOPEZ MATIAS 18182A00100185 TORVIZCON
SALAS LOPEZ CARMEN 18182A00100178 TORVIZCON
SANCHEZ CASTILLA CONCEPCION 18182A00400038 MOTRIL
SANCHEZ PEREZ MANUEL 18182A00100190 TORVIZCON
SANCHEZ PEREZ MANUEL 18182A00100191 TORVIZCON
SANTIAGO RODRIGUEZ MANUEL 18182A00400051 ALMERIA

Sevilla, 21 de diciembre de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.

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