Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 26/10/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 22 de octubre de 2012, de la Viceconsejería, por la que se amplian los servicios mínimos establecidos en la Resolución de 11 de octubre de 2012, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que prestan los trabajadores de la empresa Respuestas Auxiliares, que realiza el servicio de limpieza de colegios públicos y dependencias municipales en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), mediante el establecimiento de servicios mínimos.

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Expte. 116/2012 DGRL.

Por doña Inmaculada Rincón Valenzuela, Presidenta del Comité de Empresa (dependencias municipales), y doña Inmaculada Barea López, Presidenta del Comité de Empresa (colegios públicos), de la empresa Respuestas Auxiliares, que realiza los servicios de limpieza de colegios públicos y dependencias municipales en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), se convocó huelga que se está llevando a efectos, con duración indefinida, a partir del 15 de octubre de 2012, la cual afecta a todos los trabajadores de los centros de trabajo.

La empresa Respuestas Auxiliares presta un servicio esencial para la comunidad, la ejecución de servicios de limpieza de colegios y dependencias en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), cuya paralización total por el ejercicio de la huelga convocada podría afectar a bienes y derechos fundamentales de los ciudadanos, reconocidos y protegidos en el Título Primero de la Constitución, entre otros, los derechos a la integridad física, a la libertad y seguridad, a la protección de la salud. Por ello, la Administración se ha visto compelida a garantizar dichos servicios esenciales mediante la fijación de servicios mínimos.

Habiendo las partes afectadas remitido sus correspondientes propuestas de establecimiento de servicios mínimos, esta Viceconsejería dictó Resolución de 11 de octubre de 2011, por la que establecía los siguientes servicios mínimos para regular la huelga que afecta a los trabajadores de la empresa Respuestas Auxiliares, que realiza los servicios de limpieza de colegios públicos y dependencias municipales en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz):

- Un trabajador/a por cada Centro de trabajo (cada una de las dependencias municipales y colegios públicos de Jerez de la Frontera (Cádiz)), en su jornada habitual, para la realización de la limpieza de aseos y la atención a aquellas situaciones de emergencia que pudieran producirse, a requerimiento de la Dirección del Centro.

Una vez que ha tenido inicio la referida huelga, se advierte por el Excmo. Ayuntamiento de Jerez que los servicios mínimos establecidos son insuficientes, ya que se están produciendo incidencias al estar acumulándose basura y suciedad en las aulas de los centros, de tal forma que no se puede asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, y por ende, los derechos fundamentales de los jerezanos.

Convocadas de nuevo las partes afectadas en el día de hoy, 22 de octubre de 2012, se realiza nueva propuesta de servicios mínimos por parte de la Delegación Territorial de esta Consejería en Cádiz, ampliando los establecidos anteriormente; por lo que, de conformidad con lo que disponen las normas aplicables: artículo 28.2  de la Constitución Española; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía; artículo 10.2 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, de Relaciones de Trabajo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; y la doctrina del Tribunal Constitucional relacionada,

RESUELVO

Primero. Ampliar los servicios mínimos, que figuran en el Anexo de la Resolución de 11 de octubre de 2012, que son sustituidos por los que figuran en el Anexo de la presente Resolución, a fin de regular la situación de huelga que afecta a los trabajadores de la empresa Respuestas Auxiliares, que realiza los servicios de limpieza de colegios públicos y dependencias municipales en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), la cual se inició con duración indefinida, a partir del 15 de octubre de 2012.

Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo.

Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de octubre de 2012.- El Viceconsejero, Luis Nieto Ballesteros.

ANEXO (expte. 116/2012 DGRL)

SERVICIOS MÍNIMOS

Un trabajador/a por cada Centro de trabajo (cada una de las dependencias municipales y colegios públicos de Jerez de la Frontera), en su jornada habitual, para la realización de la limpieza de aseos y la atención a aquellas situaciones de emergencia que pudieran producirse, a requerimiento de la Dirección del Centro. El trabajador designado en las aulas de infantil para estos servicios mínimos realizará también la limpieza de las aulas. Así mismo, también se ocupará, dos veces por semana, de la limpieza de suelos y recogida de basura tanto en las aulas de infantil como en las de primaria.

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