Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 29 de diciembre de 2011, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el Plan de Inspecciones Medioambientales para el año 2012.

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El artículo 45 de la Constitución Española de 1978 establece el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado; así como la obligación de los poderes públicos para velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente. En el mismo sentido, el artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece el derecho de todas las personas a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable y garantiza dicho derecho mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales.

Para garantizar estos derechos es necesario implementar herramientas centradas en la inspección medioambiental. En este contexto, la Orden de 10 de noviembre de 1999 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establecen los Planes de Inspecciones en materia Medioambiental, contempla dos tipos de Planes: el Plan Anual de Inspecciones Medioambientales y los Planes Sectoriales de Inspecciones Medioambientales.

El Plan Anual de Inspecciones Medioambientales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden de 10 de noviembre de 1999, tiene por objeto la supervisión y control de las diferentes actividades que hayan sido o deban ser sometidas a algún tipo de autorización o informe por parte de la Administración Medioambiental, conforme a la normativa de aplicación.

El mayor peso de la labor inspectora de este Plan recae en el colectivo de Agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, debido, por una parte, al contenido y alcance del citado Plan y, por otra, a la formación y amplia distribución territorial del personal perteneciente a este colectivo.

Por otra parte, el artículo 6 de la citada Orden atribuye a la persona titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente la competencia para aprobar el Plan Anual de Inspecciones Medioambientales.

En virtud de lo expuesto y de las competencias que tiene atribuidas la Viceconsejería, de acuerdo con el artículo 4, punto 2, apartado d) del Decreto 105/2011, de 19 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar el Plan de Inspecciones Medioambientales para el año 2012, que figura como Anexo de esta Resolución.

Segundo. La ejecución material de las inspecciones y controles derivadas del presente Plan se realizará fundamentalmente por el colectivo de Agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Tercero. Cada Centro Directivo de la Consejería de Medio Ambiente definirá, en colaboración y coordinación con cada Delegación Provincial, el número de acciones de control y de inspecciones a realizar para cada una de las actuaciones de su competencia incluidas en el Plan Anual.

Cuarto. Se establecerán Protocolos de actuación y modelos de actas de inspección y/o control para aquellas actuaciones que lo requieran. Los Centros Directivos de la Consejería de Medio Ambiente serán responsables de la confección de los Protocolos y Actas de inspección de las actuaciones de su competencia incluidas en el Plan Anual de Inspecciones Medioambientales.

Quinto. Corresponde a las Delegaciones Provinciales, dentro de su ámbito territorial, la ejecución y desarrollo del Plan Anual de Inspecciones Medioambientales. Las personas responsables definirán en su provincia y para cada actuación de su competencia contemplada en el Plan, las localizaciones donde deban realizarse las inspecciones y / o acciones de control. Esta información se plasmará en una ficha de encargo de inspección de conformidad con la Orden de 10 de noviembre de 1999.

Sexto. Siempre y cuando la naturaleza de las actuaciones lo permita, las fichas de encargo de inspección citadas en el apartado anterior, se confeccionarán con una periodicidad trimestral. En cualquier caso, las fichas de encargo serán remitidas a la persona titular de la Coordinación Provincial de Agentes de Medio Ambiente, quien será la encargada de transmitir a las personas responsables de la Coordinación de cada Unidad Biogeográfica, las inspecciones a realizar en su ámbito territorial. Posteriormente, las personas responsables de cada Unidad Biogeográfica encargarán cada inspección y / o acciones de control a una o varias personas del colectivo de Agentes de Medio Ambiente adscritas a dicha Unidad.

Séptimo. Trimestralmente, la persona titular de la Coordinación Provincial de Agentes de Medio Ambiente elaborará un Informe de Seguimiento del Plan Anual de Inspecciones Medioambientales. En este Informe se contabilizarán las inspecciones y / o controles realizados para cada una de las actuaciones incluidas en el Plan y se reflejarán las incidencias que se hayan detectado durante la ejecución del mismo. Dicho Informe se remitirá a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, a través de la Coordinación General de Agentes de Medio Ambiente, donde se elaborará un Informe de Seguimiento Regional que contabilizará las inspecciones y / o controles realizados y establecerá las directrices que se estimen oportunas para la consecución de los objetivos del Plan Anual.

Octavo. La ejecución del Plan de Inspecciones Medioambientales para el año 2012, que integra aquellas actuaciones de inspección y/o control propuestas por los Centros Directivos de la Consejería de Medio Ambiente, no supondrá impedimento alguno para la realización de otras labores de inspección y control que por sus características deban realizar el colectivo de Agentes de Medio Ambiente; especialmente aquellas vinculadas a actividades que deban ser sometidas a autorización por parte de la Administración Ambiental.

ANEXO

PLAN DE INSPECCIONES MEDIOAMBIENTALES PARA EL AÑO 2012

El Plan Anual de Inspecciones Medioambientales para 2012 estará integrado por los siguientes Programas y Actuaciones concretas.

PROGRAMA 1: PREVENCIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL

Objetivos:

- Alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente en su conjunto mediante un conjunto de inspecciones centradas en el control de la contaminación (compuestos orgánicos volátiles, emisiones hídricas y atmosféricas; residuos peligrosos, etc) y de las subvenciones destinadas a la mejora medioambiental de empresas.

- Velar por el cumplimiento del pronunciamiento de la Administración en actuaciones sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental.

- Control de la legalidad de las actividades e instalaciones ubicadas en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.

Actuaciones:

1.1. Inspecciones a instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles.

Ámbito territorial: Almería, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

1.2. Inspecciones relacionadas con el cumplimiento de la normativa de emisiones atmosféricas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

1.3. Inspecciones relacionadas con autorizaciones de uso en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-terrestre.

Ámbito territorial: Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla.

1.4. Inspecciones relacionadas con el cumplimiento de la normativa en materia de Ordenación del Litoral.

Ámbito territorial: Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla.

1.5. Inspecciones a actuaciones sometidas a trámites de Informe Ambiental, Evaluación de Impacto Ambiental u otros instrumentos de prevención ambiental.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

1.6. Inspecciones a Pequeños Productores de Residuos Peligrosos y otras actuaciones en materia de residuos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 2. GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL

Objetivos:

- Conservación y seguimiento de las especies de caza y pesca continental y fomento de su aprovechamiento sostenible.

- Protección, conservación y seguimiento de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.

- Protección y conservación del monte mediterráneo y fomento de su aprovechamiento multifuncional y sostenible.

Actuaciones:

2.1. Seguimiento de Planes Técnicos de Caza.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.2. Inspección de Entidades Homologadas que imparten cursos de aptitud y conocimiento para el ejercicio de la caza y la pesca continental.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.3. Control de la actividad cinegética ejercida, durante la media veda, sobre especies de caza menor, principalmente paloma y tórtola.

Ámbito territorial: Fundamentalmente sectores de Sierra Morena de las provincias de Huelva, Sevilla y Córdoba.

2.4. Censos de las poblaciones de cabra montés.

Ámbito territorial: Almería, Cádiz, Granada, Jaén y Málaga.

2.5. Control de la actividad cinegética ejercida sobre aves acuáticas en el entorno de Doñana.

Ámbito territorial: Principalmente en los tt.mm. de Trebujena y Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Almonte e Hinojos (Huelva) y Aznalcázar, La Puebla del Río, Villamanrique de la Condesa, Lebrija e Isla Mayor (Sevilla).

2.6. Control y seguimiento de sueltas en cotos con presencia de escenarios de caza.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.7. Control del cumplimiento de la normativa relativa a precintado de piezas de caza mayor.

Ámbito territorial: Terrenos cinegéticos que incluyan en sus respectivos Planes Técnicos de Caza el aprovechamiento de corzo (Cádiz) y Cabra Montés (Almería, Granada, Jaén y Málaga).

2.8. Control de batidas de corzo.

Ámbito territorial: Provincia de Cádiz.

2.9. Control del cumplimiento de la normativa cinegética en la práctica de las diferentes modalidades de caza mayor (fundamentalmente monterías y ganchos).

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.10. Inspecciones a granjas cinegéticas en el marco del Programa de Certificación Genética de la perdiz roja.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.11. Seguimiento y actualización de talleres de taxidermia.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.12. Seguimiento de poblaciones de especies no autóctonas (cinegéticas y piscícolas).

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.13. Colaboración en la toma de muestras en el marco de los Protocolos de Vigilancia Epidemiológica de Especies Cinegéticas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.14. Muestreos en Emergencias Sanitarias de Andalucía.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.15. Seguimiento de introducciones ilegales de trucha arcoíris en antiguos cotos, ahora transformados en refugios.

Ámbito territorial: Ribera del Huéznar, Molino del Corcho (Sevilla); río de El Bosque (Cádiz) y otros.

2.16. Seguimiento de la gestión de cotos, sobretodo sueltas de truchas arcoíris realizadas por la Consejería de Medio Ambiente destinadas a su pesca inmediata.

Ámbito territorial: Jaén y Granada.

2.17. Seguimiento y control de instalaciones de acuicultura continental.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.18. Plan de Gestión de la Anguila y control del cumplimiento del Decreto 396/2010, por el que se establecen medidas para la recuperación de la anguila europea.

Ámbito territorial: Provincias de Sevilla y Huelva.

2.19. Identificación de línea eléctricas que impliquen riesgos para la avifauna.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.20. Control de capturas de fringílidas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.21. Control de la nidificación de halcón peregrino.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.22. Inspecciones preventivas vinculadas a la Estrategia para la erradicación del uso ilegal de cebos envenenados en Andalucía.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.23. Censos de avutarda y otras aves esteparias.

Ámbito territorial: Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla.

2.24. Seguimiento de aves rapaces y otras especies amenazadas. Censos de buitre leonado.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.25. Censos de aves invernantes (Malvasía, Cerceta Pardilla y Porrón Pardo).

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.26. Censos de cigüeña negra.

Ámbito territorial: Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla.

2.27. Censos de elanio azul.

Ámbito territorial: Cádiz, Huelva y Sevilla.

2.28. Censos de cernícalo primilla.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.29. Control y vigilancia de refugios de murciélagos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.30. Control de áreas de reproducción de anfibios.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.31. Control de la recolección de piña de pino piñonero.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.32. Control de aprovechamientos de madera, plantas aromáticas y asentamientos apícolas en montes públicos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.33. Control de la campaña corchera 2012.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.34. Control y seguimiento del estado fitosanitario del arbolado en el marco de los Planes de Lucha Integrada y la Red Andaluza de Seguimiento de Daños.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.35. Control de ocupaciones en montes públicos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.36. Control sobre deslindes y amojonamientos de montes públicos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.37. Seguimiento y control de trabajos selvícolas preventivos contra incendios forestales.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.38. Seguimiento de obras de infraestructura (vías de servicio, depósitos de agua, etc).

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.39. Control de vertederos de residuos, vías de comunicación y conducciones eléctricas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.40. Control de usos y actividades sometidos a autorización previa.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.41. Vigilancia sobre el cumplimiento de las normas y medidas de prevención de incendios forestales.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 3. ESPACIOS NATURALES Y VÍAS PECUARIAS

Objetivos:

- Seguimiento de actuaciones en materia de infraestructuras, urbanismo y construcción en suelo no urbanizable de Espacios Naturales Protegidos de conformidad con la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

- Control de ocupaciones en vías pecuarias.

- Velar por el buen uso de los equipamientos de Corredores y Puertas Verdes, Áreas Recreativas, Zonas de Acampada Controlada (ZAC) y otras Instalaciones de uso público.

Actuaciones:

3.1. Actuaciones en materia de infraestructuras, urbanismo y construcción en suelo no urbanizable de Espacios Naturales Protegidos, sometidas o no a licencia urbanística.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

3.2. Control de Ocupaciones en Vías Pecuarias.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

3.3. Control y vigilancia de Corredores y Puertas Verdes y vías pecuarias deslindadas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

3.4. Control y vigilancia de Áreas Recreativas, Zonas de Acampada Controlada (ZAC) y otras instalaciones de uso público.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 4. AYUDAS Y SUBVENCIONES

Objetivos:

Este Programa pretende evaluar que los beneficiarios cumplen los requisitos y ejecutan correctamente aquellas acciones para las que hayan solicitado y/o recibido subvención. Las inspecciones que se practiquen consistirán fundamentalmente en la realización de informes de viabilidad, actas de no inicio, controles administrativos de solicitudes de pago, controles sobre el terreno y controles a posteriori.

Actuaciones:

4.1. Prevención y Control de Incendios Forestales.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

4.2. Gestión Forestal Sostenible y Conservación de la Biodiversidad.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

Sevilla, 29 de diciembre de 2011.- La Viceconsejera, Ana Patricia Cubillo Guevara.

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