Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 24/12/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso número 710/2012 ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Sevilla.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00018619.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 30 de noviembre de 2012, en los Autos del Procedimiento de Expropiación Forzosa núm. 710/2012 (Negociado M1), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña María Paz Castilla Bermúdez-Cañete, contra el Acuerdo adoptado con fecha 8 de noviembre de 2012 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en cuatrocientos quince mil seiscientos cincuenta y dos euros con veintisiete céntimos de euro (415.652,27 euros) en el expediente 2011/011, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de doña María Paz Castilla Bermúdez-Cañete, titular de finca que forma parte del denominado «Recreo de Castilla», sita en C/ Santiago, 10, de Priego de Córdoba, y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Córdoba, sede de esta CPV, con fecha 13 de diciembre de 2012.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero: Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de doña María Paz Castilla Bermúdez-Cañete contra el Acuerdo adoptado con fecha 8 de noviembre de 2012 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en cuatrocientos quince mil seiscientos cincuenta y dos euros con veintisiete céntimos de euro (415.652,27 euros) en el expediente 2011/011, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de doña María Paz Castilla Bermúdez-Cañete, titular de finca que forma parte del denominado «Recreo de Castilla», sita en C/ Santiago, 10, de Priego de Córdoba, y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

Segundo. Remitir al Ayuntamiento de Priego de Córdoba, como interesado en el procedimiento, fotocopia del escrito de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla, sobre interposición del citado recurso contencioso-administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza a dicha Entidad Local y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al Órgano Jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 17 de diciembre de 2012.- El Presidente de la Comisión, Manuel Roldán Guzmán.

Descargar PDF