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NIG: 0401342C20070004253.
Procedimiento: Juicio Verbal 644/2007. Negociado: T4.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Unicaja.
Procuradora: Sra. Natalia Ruiz-Coello Moratalla.
Letrado: Sr. Miguel Jesús García Gallardo.
Contra: Salvador Gálvez Parra y María Adela Montoya Delgado.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal 644/2007 seguido a instancia de Unicaja frente a Salvador Gálvez Parra y María Adela Montoya Delgado se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 78/11
En Almería, a 24 de marzo de dos mil once.
Vistos por don Antonio Luis García Valverde, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 644/7 a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por la Procuradora doña Natalia Ruiz Coello Moratalla y asistida por el Letrado don Miguel Jesús García Gallardo, contra don Salvador Gálvez Parra y doña María Adela Montoya Delgado, en situación de rebeldía procesal; sobre reclamación de cantidad. Por el Poder que me ha conferido la Constitución, y en nombre de S.M. el Rey, pronuncio la presente Sentencia.
FALLO
Que estimando la demanda formulada a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por la Procuradora doña Natalia Ruiz Coello Moratalla y asistida por el Letrado don Miguel Jesús García Gallardo, contra don Salvador Gálvez Parra y doña María Adela Montoya Delgado, en situación de rebeldía procesal; condeno a los demandados a que paguen a la actora la cantidad de 639,71 euros, más los intereses sobre el descubierto pactados al tipo del 1,50% mensual.
Que impongo las costas a los demandados.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado a favor del indicado expediente, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así, por esta mi Sentencia, de la que quedará oportuno testimonio en las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Y encontrándose dichos demandados, Salvador Gálvez Parra y María Adela Montoya Delgado, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Almería, a uno de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.
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