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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Málaga, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
CUOTA FIJA O DE SERVICIO
Diámetro del contador en mm
Hasta 153,33 euros/mes
206,65 euros/mes
2512,80 euros/mes
3019,28 euros/mes
4038,55 euros/mes
5082,58 euros/mes
65109,84 euros/mes
80138,42 euros/mes
100192,78 euros/mes
125302,96 euros/mes
150 y superiores569,20 euros/mes
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO
Uso doméstico
De 0 hasta 5 m3/mes0,2524 euros/m3
Más de 5 hasta 15 m3/mes 0,4125 euros/m3
Más de 15 hasta 30 m3/mes 0,6567 euros/m3
Más de 30 m3/mes 1,3548 euros/m3
Uso industrial, comercial y obras
De 0 hasta 25 m3/mes0,6567 euros/m3
Más de 25 hasta 35 m3/mes0,9594 euros/m3
Más de 35 m3/mes1,4823 euros/m3
Uso dependencias municipales
Bloque único/mes0,0500 euros/m3
Uso organismos oficiales
Bloque único/mes0,3637 euros/m3
Otros usos
Bloque único/mes 0,9595 euros/m3
RECARGOS DE DESALACIÓN
Bloque único/mes0,0640 euros/m3
DERECHOS DE ACOMETIDA
Parámetro A:31,69 euros/mm
Parámetro B:341,51 euros/l./seg.
CUOTA DE CONTRATACIÓN Y RECONEXIÓN
Calibre del contador en mm.
Hasta 1548,23 euros
2076,47 euros
2594,00 euros
30-32112,00 euros
40148,00 euros
50184,00 euros
65239,00 euros
80293,00 euros
100365,00 euros
125455,00 euros
150 y superiores545,00 euros
Los derechos de contratación en el caso que se trate de un cambio de nombre y que se encuentre al día en el pago de recibos, el importe se reducirá en un 50% de la cuota que le corresponda abonar según calibre del contador.
FIANZAS
Calibre del contador en mm
Hasta 1537,29 euros
20112,95 euros
25227,01 euros
30-32378,35 euros
40568,19 euros
50 y superiores1.136,37 euros
Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 31 de enero de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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