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Una vez intentada la notificación de la resolución acordando el reintegro de las subvenciones concedidas a los beneficiarios que a continuación se citan, al amparo de la Orden de 1 de febrero de 2006 (BOJA de 15 de febrero de 2006), por la que se regula la Convocatoria de Ayudas Públicas correspondientes al ámbito competencial de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga, antes de Asuntos Sociales, para el ejercicio 2006, y debido a la imposibilidad de practicar la misma en el domicilio que consta en los expedientes, actuando de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la resolución de reintegro de las subvenciones concedidas a los interesados que a continuación se relacionan.
Beneficiario: Don Francisco Daniel Alonos Sánchez.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe a reintegrar: 508,60 €.
Beneficiario: Don Esteban Basil Pisa.
Representante legal: Doña María Antonia Pisa Giménez.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe: 1.861,17 €.
Beneficiario: Don Gabriel Campo Torres.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe: 764,04 €.
Beneficiario: Don Marcos Jesús Gabarre Utrera.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe: 189,02 €.
Beneficiaria: Doña Francisca Gómez Castilo.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe: 265,56 €.
Beneficiaria: Doña Antonia Ruiz Robles.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe: 337,23 €.
Beneficiario: Don Julio Salguero Salguero.
Modalidad: Adquisición y renovación de prótesis y ortesis.
Importe: 757,88 €.
La Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga acuerda exigir el reintegro de la subvención concedida más los intereses de demora devengados desde el momento del pago, a los citados beneficiarios, con motivo del incumplimiento de la obligación de justificar el empleo de la subvención para los fines y las condiciones en que se concedió, de conformidad con lo establecido en el art. 112 de la Ley 5/83, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, con la advertencia de que contra este acuerdo, que agota la vía adminsitrativa, cabe interponer recurso contencioso-adminstrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Málaga, 24 de enero de 2012.- La Delegada, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Antonio Collado Expósito.
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