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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.
Por otro lado, el artículo 39.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, dispone que por vía reglamentaria se regulará el procedimiento de modificación de los ficheros de titularidad pública en el Registro General de Protección de Datos, sin perjuicio de que se modifiquen, además, en los registros a que se refiere el artículo 41.2 de la mencionada Ley.
A través de la Resolución de 21 de octubre de 2010, del Consorcio Fernando de los Ríos, por la que se crean ficheros de carácter personal, gestionados por el Consorcio para el Desarrollo de Políticas en Materia de Sociedad de la Información y el Conocimiento en Andalucía «Fernando de los Ríos», se procedió a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la creación del fichero Gestión de Usuarios de Telecentros.
Por otro lado, la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empresa y las ocho Diputaciones Provinciales de Andalucía suscribieron diversos Convenios de Colaboración en los años 2004, 2005 y 2006, para sustentar la implantación y funcionamiento durante 36 meses de «Centros de Acceso Público a lnternet» («Centros Guadalinfo») en todos los municipios andaluces de menos de 10.000 habitantes. A través de distintas convocatorias se ha establecido una Red de Centros Guadalinfo, que está actualmente regulada a través de la Orden de 15 de diciembre de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales de Andalucía destinadas a la financiación de proyectos de mantenimiento de la red de Centros de Acceso Público a Internet «Guadalinfo» durante el período 1.1.2011 al 31.12.2013 y se efectúa su convocatoria.
El Consorcio para el Desarrollo de Políticas en Materia de Sociedad de la Información y el Conocimiento en Andalucía «Fernando de los Ríos», con objeto de facilitar el acceso a los usuarios de la Red de Telecentros, procederá a la cesión de los datos de los afectados a la Red «Centros Guadalinfo», previo consentimiento del afectado.
Asimismo, el artículo 58 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, señala que la inscripción del fichero deberá encontrarse actualizada en todo momento. Cualquier modificación que afecte al contenido de la inscripción de un fichero deberá ser previamente notificada a la Agencia Española de Protección de Datos o a las autoridades de control autonómicas competentes, a fin de proceder a su inscripción en el registro correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 55 del mismo cuerpo legal.
En su virtud, y en uso de las competencias previstas en el artículo 11.m) de los Estatutos del Consorcio (delegadas en el Director General por el citado acuerdo del Consejo Rector de 2 de julio de 2007) y al objeto de dar cumplimiento al citado artículo 20.1 de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, la presente Resolución tiene por objeto la modificación de los ficheros que figuran en el Anexo, y que contienen datos de carácter personal gestionados por el Consorcio para el Desarrollo de Políticas en Materia de Sociedad de la Información y el Conocimiento en Andalucía «Fernando de los Ríos».
Artículo 2. Medidas de índole técnica y organizativas.
Los titulares de los órganos responsables de los ficheros adoptarán las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en las demás normas vigentes.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera. Modificación de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
Los ficheros relacionados en esta Resolución serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos para su modificación en el Registro General de Protección de Datos mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.
Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO
El apartado «f» del fichero: Gestión de Usuarios de Telecentros queda modificado en el siguiente sentido:
f) Cesiones de datos que se prevén: Otros Organismos de la Comunidad Autónoma (Consejería de Economía, Innovación y Ciencia).
Granada, 16 de febrero de 2012.- El Director General, Juan Francisco Delgado Morales.
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