Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 09/01/2012

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Ayuntamientos

Anuncio de 1 de diciembre de 2011, del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, de aprobación definitiva de la Innovación 2/10 del Plan General de Ordenación Urbanística. (PP. 4178/2011).

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Doña Eloísa María Cabrera Carmona, Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con fecha 1 de diciembre de 2011, ha dictado la siguiente resolución:

Visto el acuerdo adoptado por este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2011, relativo a la aprobación definitiva de la Innovación núm. 1 al PGOU de Roquetas de Mar, sobre Modificación del uso pormenorizado de la parcela 11 del ámbito denominado UE-109 del mismo a instancia de Hortiagrícola, S.L., cuya parte dispositiva dice:

«Primero. Aprobar definitivamente la Innovación 2/10 del Plan General de Ordenación Urbanística de Roquetas de Mar, relativa a la Modificación del uso pormenorizado de la parcela 11 del ámbito denominado UE-109 del mismo a instancia de Hortiagrícola, S.L, según proyecto redactado por don Francisco Salvador Granados.

Segundo. Facultar a la señora Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad para que publique el presente acuerdo en el BOJA, una vez depositados sendos ejemplares diligenciados tanto en el Registro de Instrumentos de Planeamiento de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda como en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos (art. 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre), para lo que se presentarán dos ejemplares originales y completos del documento técnico aprobado definitivamente en formato papel así como otro ejemplar en formato digital DWG y geo-referenciado.

Tercero. El acuerdo municipal de aprobación definitiva, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será susceptible de la interposición de recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicte el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y/o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre) o de la Resolución del recurso potestativo de reposición, en su caso.»

Visto que han sido depositados en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos dos ejemplares de la presente Innovación al PGOU así como en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos (número de registro 5.013),

RESUELVO

Procede la publicación en el BOJA y el BOP del acuerdo de aprobación definitiva de la Innovación núm. 1 al PGOU de Roquetas de Mar, sobre Modificación del uso pormenorizado de la parcela 11 del ámbito denominado UE-109 del mismo a instancia de Hortiagrícola, S.L., según proyecto redactado por don Francisco Salvador Granados, así como la publicación íntegra de sus ordenanzas reguladoras, que a continuación se transcriben:

«Ordenanzas:

ANEXO I

NORMATIVA URBANÍSTICA

ORDENANZAS DE APLICACIÓN

La presente Innovación contempla tres parcelas con tres ordenanzas distintas:

Parcela Uso Ordenanza Superficie (m) Propiedad
P1 Residencial UAG 5.675,10 Privada
P2 Espacios Libres EL 406,58 Público
P3 Infraestructuras TIF 42,71 Privada
Total 6.124,39

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Para todas ellas será de aplicación la normativa siguiente:

Normativa General de los Usos

Título Noveno de la Normas Urbanísticas del PGOU relativo a “Regulación de los usos del suelo y de la edificación”.

NORMATIVA DE LA EDIFICACIÓN

Título Décimo de la Normas Urbanísticas del PGOU relativo a “Regulación de la edificación”.

En relación con la aplicación del art. 10.86 relativo a Alineación a Vial o espacio público previsto en el PGOU vigente, las alineaciones de la edificación deberán cumplir lo siguiente:

Las edificaciones construidas en la parcela de ordenanza UAG cumplirán las siguientes:

Alineación a Vial o Espacio Público. Retranqueos

1. Las edificaciones dispondrán su línea de edificación a viario público o Espacio Público:

Retranqueadas de fachada a vial o Espacio Público, mínimo 5,00 m.

Retranqueadas de los linderos no comunes, mínimo 4,00 m.

Nota general. Para todo lo no dispuesto en el presente Anexo serán de aplicación las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbanística de Roquetas de Mar con aprobación definitiva.»

La presente Resolución, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será susceptible de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante el órgano que dicta el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y/o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre) o de la resolución del recurso potestativo de reposición, en su caso.

Lo manda y firma la Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad (Decreto de la Alcaldía- Presidencia de 13 de junio de 2011, BOP núm. 119, de 23 de junio de 2011), en el lugar y fecha arriba indicados, ante mí el Secretario General, que doy fe.

Roquetas de Mar, 1 de diciembre de 2011.- La Concejal Delegada, Eloísa María Cabrera Carmona; el Secretario General, Guillermo Lago Núñez.

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