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El Ayuntamiento de Córdoba, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local con fecha 4 de noviembre de 2011, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la clasificación del puesto de trabajo de Oficial Mayor (Puesto de Colaboración), reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal y adscrita al cese de estos funcionarios en puestos a ellos reservados y cuya forma de provisión sea por libre designación, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2, 9 y 29 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8.2.o) del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Clasificar el puesto de trabajo de Oficial Mayor del Ayuntamiento de Córdoba, como puesto de colaboración, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior, y adscrita al cese de estos funcionarios en puestos a ellos reservados cuya forma de provisión sea por libre designación.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de febrero de 2012.- El Director General, Antonio Ramírez Ortega.
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