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En uso de las facultades conferidas y contenidas en los artículos 20.6 y 87 del Decreto 273/2005, de 13 de diciembre, por el que se aprueba del Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo, y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 134 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Presidencia dispone el cumplimiento en sus propios términos del Auto de suspensión en la Pieza Separada núm. 718.1/2011-6, acordado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Sevilla, interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, cuyo tenor literal es el siguiente:
«PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Suspender la Orden de 14 de noviembre de 2011, del Consejo Consultivo de Andalucía, por la que se revocan parcialmente las bases del concurso de méritos convocado por Orden de 2 de marzo de 2011.»
Granada, 10 de febrero de 2012.- El Presidente, Juan B. Cano Bueso.
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