Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 12/03/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 30 de enero de 2012, por la que se regulan determinados aspectos sobre la puesta en funcionamiento así como la organización de las enseñanzas y del profesorado de la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» de Córdoba.

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La disposición adicional primera del Decreto 360/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Arte, dispone la creación de la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz», de Córdoba, por transformación de la Sección de la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» y desglose de la Escuela de Arte «Mateo Inurria» de la misma ciudad.

Con esta actuación se persigue una profundización en el ejercicio del derecho a la educación de la ciudadanía andaluza, propiciando un incremento en las tasas de escolarización de las enseñanzas artísticas profesionales al tiempo que se consigue la adaptación de la red de centros docentes públicos no universitarios a las necesidades derivadas de la aplicación de la ordenación del sistema educativo en estas enseñanzas de régimen especial.

En consecuencia procede establecer determinados aspectos relativos al inicio del funcionamiento de la citada Escuela, así como a la organización de las enseñanzas y del profesorado.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que me han sido conferidas en la disposición final cuarta del precitado Decreto 360/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Arte,

DISPONGO

Primero. Inicio del funcionamiento.

Se autoriza el inicio del funcionamiento de la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» de Córdoba, con código 14007647, con efectos desde el 1 de julio de 2012. Hasta dicha fecha se mantendrá la organización, funcionamiento, enseñanzas y órganos colegiados y unipersonales establecidos para el curso escolar 2011/12 en la Sección de Escuela de Arte «Dionisio Ortiz».

Segundo. Bachillerato.

Se autoriza a la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» a impartir las enseñanzas de Bachillerato en la modalidad de Artes: Artes plásticas, diseño e imagen, a partir del curso 2012/13.

Tercero. Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño.

Se autoriza a la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» a continuar impartiendo, a partir del curso 2012/13, los ciclos formativos de artes plásticas y diseño que fueron autorizados en la Sección de Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» de Córdoba y que se relacionan a continuación:

a) Ciclos formativos de grado medio de Artes Plásticas y Diseño: Ebanistería artística; Procedimientos de orfebrería y platería; Serigrafía artística; y Vaciado y Moldeado artísticos.

b) Ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño: Artes aplicadas de la escultura; Artes aplicadas del Metal; Cerámica artística; Encuadernación artística; y Orfebrería y platería artísticas.

Cuarto. Anotaciones en el Registro de Centros Docentes.

Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros docentes, mediante las correspondientes anotaciones.

Quinto. Procedimientos de redistribución del profesorado.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Decreto 360/2011, de 7 de diciembre, al personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Escuela de Arte «Mateo Inurria» de Córdoba podrá aplicársele lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 11 de abril de 2011, por la que se regulan los procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, mediante el procedimiento regulado en el artículo 7 de dicha disposición, sin perjuicio de su derecho a pasar a la situación de suprimido. A tal efecto, se tendrá en consideración la autorización de las enseñanzas a que se refieren los apartados tercero y cuarto de esta Orden.

Sexto. Departamentos.

1. Durante el curso 2012/13 la Escuela de Arte «Dionisio Ortiz» constituirá los departamentos que le correspondan en aplicación del artículo 74.1 del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Arte, aprobado por el Decreto 360/2011, de 7 de diciembre.

2. El nombramiento de las personas titulares de las jefaturas de los departamentos se realizará con efectos de 1 de septiembre de 2012.

Séptimo. Inspección educativa.

La inspección educativa velará por el cumplimiento de lo establecido en la presente Orden, de acuerdo con sus cometidos competenciales y en el ejercicio de sus funciones y atribuciones.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de enero de 2012

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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