Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 16/03/2012

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 2 de marzo de 2012, de la Delegación Provincial de Córdoba, de certificación del acuerdo y normas urbanísticas del cumplimiento de resolución de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Priego de Córdoba, en cumplimiento de sentencia y toma de conocimiento de 24 de noviembre de 2011.

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Expediente P-10/06.

EXPEDIENTE DE CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA, EN EL ÁMBITO QUE TIENE POR OBJETO EL AUMENTO DE EDIFICABILIDAD EN UE-40 Y DIVERSAS DETERMINACIONES EN UE-46, UE-40 Y UE-25 EN CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA, EN EL MUNICIPIO DE PRIEGO DE CÓRDOBA

PUBLICACIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA EN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Expediente P-10/06: Cumplimiento de Resolución de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Priego de Córdoba, en el ámbito que tiene por objeto el aumento de edificabilidad en UE-40 y diversas determinaciones en UE-46, UE-40 y UE-25 en Cumplimiento de Sentencia, formulada por dicho Ayuntamiento.

El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, conforme a lo dispuesto en los arts. 33.2.b) de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:

1. La CPOT y U., en sesión de 8 de junio de 2006, acordó la aprobación definitiva de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el cuarto fundamento de derecho de la correspondiente resolución, debiéndose una vez subsanadas y aprobadas por la Corporación Municipal ser comunicadas a la Delegación Provincial para su toma de conocimiento, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.

2. Que con fecha 15 de enero de 2010 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Priego de Córdoba comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias señaladas en sesión celebrada con fecha 30 de noviembre de 2009, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento. Posteriormente tras los requerimientos emitidos por esta Delegación Provincial con fechas 27 de enero de 2010 y 14 de mayo de 2010, se recibe con fecha 25 de octubre de 2011, nuevo documento técnico rectificado y nueva aprobación del Pleno del Ayuntamiento de la subsanación de deficiencias en sesión de 28 de septiembre de 2011.

3. Que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOTy U., de 8 de junio de 2006, según el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial.

En consecuencia se dispone lo siguiente:

Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la Resolución de la CPOT y U. de 8 de junio de 2006, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en los arts. 33.2.b) de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento.

Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el articulo 41.2 de la LOUA.

Córdoba, 2 de marzo de 2012.- El Delegado, Francisco García Delgado.

PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS Y FICHAS DE PLANEAMIENTO

2. FICHA ESTADO MODIFICADO.

REVISIÓN NN.SS. PRIEGO DE CÓRDOBA. FICHA UNIDAD EJECUCIÓN.

1. Denominación: Carretera CO-230. UE-40.

2. Régimen urbanístico:

- Clasificación del suelo: Urbano.

- Calificación del suelo: Edificación entre medianeras-EEM.

- Superficie delimitada: 7.920 m².

3. Objetivos:

- Ordenar con tejido residencial la transformación de un uso industrial en borde urbano, en previsión de su traslado a mejor localización.

- Obtener espacios libres de borde en la actuación.

4. Desarrollo:

- Planeamiento de desarrollo: Estudio de Detalle. Proyecto de Urbanización.

- Sistema de actuación: Compensación.

- Plazos: Para la aprobación del planeamiento de desarrollo: 4 años. Para ceder, equidistribuir y urbanizar: 2 años más.

5. Determinaciones:

- Superficie neta aprovechamiento lucrativo: 3.850 m²s.

- Densidad maxima: 72 viv/ha.

- Aprovechamiento: 0,95 m²t/m²s.

- Cesiones: Viario con aparcamientos.

Espacios libres: 2.050 m².

Aprovechamiento s/legislación vigente.

Determinaciones de usos/tipología: Edificación entre medianeras con 3 plantas de altura máxima.

Determinaciones de ordenación: El Estudio de detalle ajustará las alineaciones, rasantes y volúmenes, con el criterio de la mejor adaptación a la topografía, respetando las superficies exigidas de espacios libres y sin sobrepasarse la altura de 3 plantas ni los máximos aprovechamientos permitidos.

REVISIÓN NN.SS. PRIEGO DE CÓRDOBA. FICHA UNIDAD EJECUCIÓN.

1. Denominación: Gaspar de Montellano, esquina con Ramón y Cajal. UE-46.

2. Ordenación estructural:

Régimen urbanístico:

Clasificación: Suelo Urbano no consolidado.

3. Ordenación pormenorizada:

Calificación: Edificación entre Medianeras (EEM).

Usos Tipología: Residencial. Edificación plurifamiliar entre medianeras con dos y tres plantas. Tres plantas de altura máxima hacia C/ Ramón y Cajal y dos plantas hacia el resto.

Superficie del Ámbito: 7.884,20 m².

Sup. Aprovechamiento lucrativo: 5.291,74 m²suelo.

Sup. Cesiones: 2.592,46 m² de Viario y Espacios Libres.

Densidad Viviendas: 100 viv/ha.

Delimitación de áreas de reparto: Se define una única Área de Reparto.

Aprovechamiento medio: Aprovechamiento medio del Área de Reparto: 1,34 UAs/m²s.

Viario: Resulta inamovible el que marca el límite Norte de la unidad de ejecución.

Deberá garantizarse la comunicación peatonal con suelo urbano de la antigua UE-25.

4. Aprovechamiento:

Aprovechamiento Sector: 10.592,04 UAs.

Aprovechamiento medio: 1,34 UAs/m²s.

Aprovechamiento subjetivo: 9.532,84 UAs.

10% Cesión Aprovechamiento: 1.059,20 UAs.

Exceso Aprovechamiento: 0,00 UA.

5. Objetivo:

Creación de un vial que garantice la comunicación con Ramón y Cajal de los terrenos de la UE-40 y antigua UE-25 y, a su vez, resolver también la conexión de dicho vial con Gaspar de Montellano.

6. Desarrollo:

- Planeamiento de desarrollo: Estudio de Detalle.

(También se precisará la tramitación de Proyecto de Urbanización.)

- Sistema de actuación: Compensación.

- Plazos: Para la aprobación del proyecto de urbanización: 2 años.

Para ceder, equidistribuir y urbanizar: 1 año más.

REVISIÓN NN.SS. PRIEGO DE CÓRDOBA. FICHA UNIDAD EJECUCIÓN

1. Denominación: Carretera CO 230-Ramón y Cajal. UE-48.

2. Ordenación estructural:

Régimen urbanístico:

Clasificación: Suelo Urbano no consolidado.

3. Ordenación pormenorizada:

Calificación: Edificación entre Medianeras-EEM.

Usos Tipología: Residencial. Edificación plurifamiliar entre medianeras en dos plantas.

Superficie del Ámbito: 1.355 m².

Sup. Aprovechamiento lucrativo: 955 m²suelo.

Sup. Cesiones: 400 m²s de viario.

Densidad Viviendas: 95 viv/ha.

Delimitación de áreas de reparto: Se define una única Área de Reparto.

Aprovechamiento medio: Aprovechamiento Medio del Área de Reparto: 1,20 UAs/m²s.

Viario: El especificado en planimetría.

4. Aprovechamiento:

Aprovechamiento Sector: 1.626,00 UAs.

Aprovechamiento medio: 1,20 UAs/m²s.

Aprovechamiento subjetivo: 1.463,40 UAs.

10% Cesión Aprovechamiento: 162,60 UAs.

Exceso Aprovechamiento: 0,00 UA,

5. Objetivos:

Urbanización del tramo comprendido, entre las unidades de ejecución UE-40 y UE-46, del vial previsto en el planeamiento para comunicación de Gaspar de Montellano con Ramón y Cajal.

6. Desarrollo:

- Planeamiento de desarrollo: No necesario.

(Si se precisará la tramitación de Proyecto de Urbanización.)

- Sistema de actuación: Compensación.

- Plazos: Para la aprobación del proyecto de urbanización: 2 años.

Para ceder, equidistribuir y urbanizar: 1 año más.

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