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La Dirección General de Dominio Público Hidráulico, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14.a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua, aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, y en virtud del artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en su redacción dada por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, incoó de oficio, mediante Acuerdo de fecha 24 de abril de 2009, del procedimiento de apeo y deslinde del dominio público hidráulico siguiente:
Referencia expediente: AL-30.103.
Río: Carcauz.
Tramo: Tramo comprendido entre la CN-340 y la carretera del IARA del Sector III, cuyas coordenadas UTM son:
Punto inicial: X: 527500 Y: 4072250
Punto final: X: 528200 Y: 4069550
Longitud (km): 2,7.
Término municipal afectado: La Mojonera.
Provincia: Almería.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 242.bis.4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, en concordancia con los artículos 60.1 y 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reformada por Ley 4/1999, se publica por medio del presente anuncio, lo que a continuación sigue:
«Con fecha 13 de diciembre de 2010 se acordó por el Director General del Dominio Público Hidráulico la declaración de caducidad del expediente de deslinde de la Rambla Carcauz, si bien en aplicación del artículo 66 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y visto que la facultad de deslinde no está sujeta a prescripción, se dispuso mediante el presente Acuerdo el reinicio del deslinde mencionado, con la conservación de todos los trámites procedimentales correctamente realizado.
Con motivo de dicho reinicio, se procede a la apertura de nuevo trámite de información pública a fin de que los interesados puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes durante un plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 242.bis.4 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico y el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reformada por Ley 4/1999.
Dicho proyecto se podrá examinar durante el plazo anteriormente citado, en las oficinas habilitadas al efecto por la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Secretaria General de Agua, que se reseña a continuación, debiendo concertar cita telefónica para ello:
Málaga: Secretaría General de Agua, Paseo de Reding, 20. Teléfono: 955 600 528.
Se le previene que, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para poder acceder al expediente tendrá que acreditar documentalmente su condición de interesado, mediante la aportación del título de propiedad u otro de donde se pueda deducir que ostenta algún derecho o interés legítimo que hacer valer en el expediente actualmente en tramitación. En caso de personarse mediante representante será imprescindible que adjunte a la mencionada documentación el otorgamiento de la representación y Documento Nacional de Identidad del representante.
Lo que se comunica para el general conocimiento y efectos oportunos de todos aquellos interesados relacionados en el Anexo a este anuncio, así como para todo aquel que ostente algún derecho o interés legítimo que hacer valer en el expediente de deslinde referenciado.»
Sevilla, 5 de marzo de 2012.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.
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