Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 11/01/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 23 de diciembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena el cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia de 8 de julio de 2010, dictada por el Juzgado ContenciosoAdministrativo núm. Nueve de Sevilla, en el procedimiento núm. 484/2009.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Orden de 30 de junio de 2004, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, publicada en el BOJA núm. 140, de 19 de julio de 2004, corresponde a la Secretaria General Técnica disponer el cumplimiento de la Sentencia de fecha 8 de julio de 2010, pronunciada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. Nueve de Sevilla, en el procedimiento número 484/2009, interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

«Se acuerda estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto a instancias del Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, representado y defendido por la letrada doña Laura Muñoz de Bustillo González contra la Consejería de Justicia y Administración Pública, representada y defendida por el letrado de los servicios jurídicos don León Lasa, contra la Orden de 1 de junio de 2009 por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de la Consejería de Justicia y Administración Pública en la provincia de Sevilla y, en consecuencia debo declarar y declaro la nulidad de la Base Octava 1.1 sobre valoración del trabajo desarrollado y debo condenar y condeno a la Administración demandada a que oferte en el concurso de méritos la totalidad de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente que constan en la relación de puestos de trabajo, todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas a ninguna de las partes.»

Procede de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la ejecución de la citada Sentencia.

Sevilla, 23 de diciembre de 2011.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.

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