Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
La Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, estableció en su disposición transitoria primera que el personal que en el momento de la puesta en funcionamiento de la Agencia ocupase puestos de trabajo en la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Provinciales de dicha Consejería, con las funciones que dicha Ley atribuía a la Agencia, mantendría su dependencia orgánica de la referida Consejería y pasaría a depender funcionalmente de la Agencia.
Este régimen transitorio en materia de personal se reitera en la disposición transitoria primera del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Para atender de forma más adecuada las necesidades organizativas de la Agencia, dada la importancia actual y futura de las tareas que le corresponden, mediante el presente Decreto se modifica la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en lo que se refiere a los puestos adscritos funcionalmente a la Agencia.
La modificación de la relación de puestos de trabajo se adecua a la estructura administrativa que el propio Decreto 4/2012, de 17 de enero, establece y pretende garantizar el desarrollo continuado y efectivo por la Agencia Tributaria de Andalucía de principios tales como los de planificación, eficacia y eficiencia; la mejora continua de la calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía; la reducción del nivel de litigiosidad en la aplicación de los tributos y la racionalización, agilidad y simplicidad en los procedimientos administrativos y en las actividades propias de su gestión.
En consecuencia, el presente Decreto modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, quedando justificada en el expediente la forma de provisión de los mismos.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de marzo de 2012,
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública en los términos expuestos en el anexo de este Decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 20 de marzo de 2012
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Carmen Martínez Aguayo
Consejera de Hacienda y Administración Pública
Descargar PDF