Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 12/01/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Acuerdo de 27 de diciembre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se accede a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social de parte del inmueble sito en la C/ Muelle, s/n, de Almería.

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Mediante los Reales Decretos 957/2005 y 958/2005, ambos de 29 de julio, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de las funciones y servicios de la Seguridad Social en materia educativa, de empleo, formación profesional ocupacional, y de asistencia y servicios sociales encomendados al Instituto Social de la Marina, se cedió el uso por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, de parte del inmueble sito en la calle Muelle, s/n, de Almería (concretamente 229,82 m2 de la planta baja se adscribieron a la Consejería de Empleo y 902,02 m2 que constituyen parte de la planta 2.ª y las plantas 3.ª y 4.ª completas del inmueble se adscribieron a la entonces Consejería de Asuntos Sociales).

La Tesorería General de la Seguridad Social ha solicitado a la Comunidad Autónoma de Andalucía la retrocesión de las superficies citadas de dicho inmueble.

Ello conforme a lo dispuesto en el artículo 81.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, que prevé que cesante el uso, cesa la necesidad de la cesión, y por tanto, la cesión en sí misma, procediendo la restitución de su posesión al organismo titular del patrimonio único de la Seguridad Social, es decir, a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Las Consejerías de Empleo y para la Igualdad y Bienestar Social, organismos que actualmente tienen adscritas las superficies cedidas, han manifestado su conformidad con dicha retrocesión, ya que no las necesitan para los fines para los que les fue cedida en uso.

Como acto previo a la retrocesión, la Comunidad Autónoma de Andalucía debe proceder a la desafectación cuando los bienes o derechos dejen de estar destinados a usos o servicios públicos, a lo que ha procedido respecto a la superficie cedida del referido inmueble mediante Orden de 25 de octubre de 2011, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 140 en relación con el 129 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 27 de diciembre de 2011,

ACUERDA

Primero. Acceder a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social del uso o servicio público de los 229,82 m2 de la planta baja del inmueble sito en la calle Muelle, s/n, de Almería, y de los 902,02 m2 que constituyen parte de la planta 2.ª y las plantas 3.ª y 4.ª completas, de dicho inmueble.

La descripción registral del inmueble es la siguiente:

Tipo finca: Edificio Servicios.

Urbana: Edificio de 5 plantas denominado «Casa del Mar».

Superficie suelo: 584 m² y construida 2.215 m².

Vía pública: Calle Muelle.

Linderos: Norte, Cuesta del Muelle, Herederos de José Pastor y Antonio Escámez; Sur, Calle del Muelle; Este, Alfredo Porras Rodríguez; Oeste, Cuesta del Muelle.

Titular: Tesorería General de la Seguridad Social.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Almería núm. Uno, con el número de finca 21918, al tomo 748, libro 397, folio 211. Referencia catastral: 6471218WF4767S0001ER.

Segundo. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la retrocesión de la parte del inmueble descrito en el apartado primero a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Tercero. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Acuerdo.

Sevilla, 27 de diciembre de 2011

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

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