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EDICTO
Don Manuel Domínguez Limón, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que visto el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 234, de 29 de noviembre de 2011, en el que se detectan algunos errores y omisiones en las bases de la convocatoria para cubrir una plaza vacante de Técnico de Gestión por concurso oposición, de la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala de Gestión, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2008, mediante resolución de la Alcaldía de 28 de septiembre de 2011, se ha procedido a su corrección.
San Bartolomé de la Torre, 14 de diciembre de 2011
CORRECCIÓN ERRORES EN LAS BASES CONCURSO OPOSICIÓN TÉCNICO DE GESTIÓN DE PROMOCIÓN INTERNA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2008
Donde dice:
«6.3.1. La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la relación de una memoria acerca de uno o varios de los temas comprendidos en el Anexo II de estas bases.
6.3.2. La extensión de la memoria deberá estar comprendida entre un mínimo de 20 páginas y un máximo de 50 páginas, mecanografiadas a simple espacio y con letra tipo “Times New Roman” tamaño 12, debiéndose remitir, encuadernada y con identificación visible del nombre y número de D.N.I al Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre.
6.3.3. El plazo de presentación de la memoria será establecido en la resolución que declare aprobada la lista de admitidos y excluidos.»
Debe decir:
«6.3.1. La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio y consistirá en un ejercicio teórico y otro práctico sobre los temas comprendidos en el Anexo II, para cuyo desarrollo se dispondrá del tiempo necesario a criterio del Tribunal.
6.3.2. El ejercicio teórico consistirá en desarrollar un tema elegido por los aspirantes entre los propuestos por el Tribunal comprendidos en el Anexo II. El ejercicio práctico consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico de entre los propuestos por el Tribunal comprendidos en el Anexo II.
6.3.3. En base al art. 9 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el ejercicio práctico podrá consistir en el uso del tratamiento de textos o mecanografiado para desarrollar el mismo, u otros similares que se consideren adecuados para juzgar la preparación de los aspirantes en relación al puesto de trabajo a desempeñar. Asimismo se podrá hacer uso de textos legales así como aquellos otros materiales que sean necesarios para el mejor desarrollo de dichos ejercicios previa autorización del Tribunal. Para la redacción de los ejercicios y con vistas a una correcta legibilidad que no diera lugar a errores en su interpretación, las pruebas se mecanografiarán usando un programa de tratamiento de texto y equipo informático proporcionado por el Tribunal, valorándose el uso de la aplicación y del equipo informáticos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas para la resolución de las cuestiones planteadas.»
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