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La Formación Profesional para el Empleo es una de las políticas activas de empleo más eficaz, que tiene como objetivo general ofrecer a la población activa una cualificación profesional concreta vinculada a los actuales requerimientos de mercado laboral mejorando así las oportunidades de acceso al trabajo.
La población activa andaluza ha experimentado en los últimos años un importante crecimiento en el nivel formativo, lo que sin duda ha contribuido al crecimiento de la economía andaluza. Pero, debido a los cambios experimentados por las sociedades de los países desarrollados, motivados por numerosos factores, globalización económica y cultural, profundos cambios sociales, así como la irrupción de nuevas tecnologías que han transformado los medios de producción y de trabajo, se hace necesario que la sociedad andaluza disponga de un capital humano formado adecuadamente. En este sentido, el aprendizaje permanente es considerado como un pilar fundamental de la estrategia de empleo en una economía basada en el conocimiento. El alargamiento de la vida activa del trabajador y el aprendizaje permanente hacen necesaria una visión que integre en sí misma la formación y el empleo en la realidad del actual mercado de trabajo, que rompa la barrera entre la población ocupada y desempleada.
Para ello, el actual modelo de Formación Profesional para el Empleo, en su modalidad de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados, se configura como un importante instrumento para cualificar profesionalmente a los trabajadores y trabajadoras andaluzas, a la vez que permite que participen en las acciones formativas hasta un cuarenta por ciento de trabajadores desempleados, facilitando así el incremento de la tasa de cobertura para estos trabajadores, que actualmente requieren de un esfuerzo mayor.
A fin de desarrollar este tipo de formación, la Junta de Andalucía subvencionará a diversas entidades entre las que se encuentra la Unión General de Trabajadores de Andalucía, que tiene un especial conocimiento del mercado de trabajo y su evolución, lo que le permite impartir acciones de formación profesional adecuadas a las necesidades de dicho mercado.
Por todo ello, el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, pretende tramitar un Convenio Específico con la Unión General de Trabajadores de Andalucía para la ejecución de un Plan de Formación de carácter Intersectorial en materia de Formación Profesional para el Empleo en la modalidad de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados por un importe total de ocho millones setecientos treinta y ocho mil ciento siete euros (8.738.107,00 €). El objeto de este Convenio es la impartición de 555 acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas, con las que se formará a un total de 15.712 trabajadores de toda Andalucía.
La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo 115.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 euros).
Por ello, a propuesta del Consejero de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2011 adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Autorizar la concesión de la subvención de ocho millones setecientos treinta y ocho mil ciento siete euros (8.738.107,00 €) a la Unión General de Trabajadores de Andalucía que se instrumentará mediante Convenio de Colaboración entre el Servicio Andaluz de Empleo y dicha entidad para la ejecución de un Plan de Formación de carácter Intersectorial en materia de Formación Profesional para el Empleo en la modalidad de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados.
Segundo. En virtud del artículo 25.1.c) de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011, autorizar el abono, sin justificación previa, de la totalidad del importe de la presente subvención.
Tercero. Se faculta al Consejero de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo para adoptar las Resoluciones que fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.
Sevilla, 27 de diciembre de 2011
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Manuel Recio Menéndez
Consejero de Empleo
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