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NIG: 2905442C20080005673:
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1710/2008. Negociado: AC.
EDICTO
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola (Antiguo Mixto núm. Siete).
Juicio: Procedimiento Ordinario 1710/2008.
Parte demandante: Santander Consumer EFC, S.A.
Parte demandada: Francesca Esposito.
Sobre: Procedimiento Ordinario.
En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA
Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio ordinario registrados con el número 1710/2010, en los que han sido parte demandante Santander Consumer EFC, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Duran Freire y asistida del Letrado Sr. Sierras Corbacho, y parte demandada la Sra. Francesca Esposito, en situación procesal de rebeldía,
En Fuengirola, a 30 de noviembre de 2010.
FALLO
Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Durán Freire en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S.A., condeno a la Sra. Francesca Esposito a abonar a la primera la suma de 18.956,67 euros más la que resulte de incrementarla en el interés de demora pactado del 2% desde el 15 de noviembre de 2007, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Dada la situación de rebeldía de la parte demandada, la notificación deberá ser personal si se conociere domicilio o, en caso contrario, hacerse mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en el Boletín Oficial del Estado.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Fdo.: Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Fuengirola (Málaga).
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la ha dictado constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.
En Fuengirola, a dieciocho de enero de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.
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