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EXPEDIENTE DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA, EN EL ÁMBITO DE NUEVOS SECTORES DE SUS INDUSTRIAL PP-FP-I2 «LOS FRUTEROS» Y PP-FP-I4 «MARTÍNEZ BARRAGÁN», EN EL MUNICIPIO DE FUENTE PALMERA
PUBLICACIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO
TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Expediente P-21/05: Subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, en el ámbito de Nuevos Sectores de SUS Industrial PP-FP-I2 «Los Fruteros» y PP-FP-I4 «Martínez Barragán», en el municipio de Fuente Palmera, formulado por dicho Ayuntamiento.
El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en los arts. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:
1. Que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante CPOT y U), en sesión celebrada con fecha 20 de marzo de 2006, resolvió la aprobación definitiva del expediente de referencia, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el apartado segundo del cuarto fundamento de derecho de la referida resolución, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.
2. Que con fecha 7 de diciembre de 2006 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Fuente Palmera comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias señaladas en sesión celebrada con fecha 24 de noviembre de 2006 y 28 de noviembre de 2008, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.
3. Que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOT y U, de 20 de marzo de 2006, según el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial.
En consecuencia se dispone lo siguiente:
Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la CPOT y U de 20 de marzo de 2006, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en los arts. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b del Reglamento de Planeamiento.
Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con los arts. 40 de LOUA y 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA. En Córdoba, a 4 de marzo de 2009. El Delegado, Francisco García Delgado.
PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS
2. MEMORIA DE ORDENACIÓN
2.1. Propuesta de ordenación.
En base a lo anteriormente expuesto la ordenación que se propone consiste en una franja de terreno paralela a la carretera A-440 Fuente Palmera-Palma del Río, con un fondo de 250 metros y una longitud de 610 metros, con una superficie total de 152.000 m2.
Dentro de esta franja se proponen dos sectores independientes, según quedan reflejados en las fichas y los planos que se adjuntan en el presente documento.
Sector A:
Destinado a polígono industrial Los Fruteros, con una superficie total de actuación de 130.192 m2 (Sector Fuente Palmea I-2. «Polígono Los Fruteros»).
Sector B:
Destinado a las actuales instalaciones de una empresa local de productos cárnicos, con una superficie total de actuación de 21.808 m2 (Sector FP-I-4 «Martínez Barragán»).
Esta división en dos sectores del ámbito total de actuación radica en la imposibilidad de solucionar de forma conjunta estos dos ámbitos tan diferenciados, por una fábrica ya consagrada y potencialmente activa con unas necesidades propias de infraestructura tales que agotarían por sí solas las destinadas al conjunto industrial denominado Los Fruteros.
El trazado del viario será paralelo y perpendicular a la carretera A-440 que une Fuente Palmera y Palma del Río, por tanto las manzanas resultantes serán rectangulares.
El acceso al polígono se realizará desde la carretera Fuente Palmera-Palma del Río a través de una calzada de servicio, con el fin de no interferir en el tráfico de la carretera. Un acceso secundario se realizará desde la carretera CP-187 de Fuente Palmera-Posadas. El Plan Parcial de desarrollo definirá y diseñará ambos accesos preferentemente conforme a las determinaciones establecidas en los informes sectoriales emitidos por los servicios de carreteras de la Junta de Andalucía y Diputación Provincial, en cuanto afecten a carreteras de sus respectivas competencias.
La zona verde se ubicará en una zona de vaguada, en el centro del polígono, con el fin de facilitar el drenaje natural de las aguas de lluvia ya que esta zona no tiene cota para desaguar a la red de saneamiento municipal.
2.2. Áreas de reparto y fichas urbanísticas.
A continuación se especifican todos los parámetros urbanísticos para dos sectores conforme a los criterios generales de las NN SS de Planeamiento de la Colonia de Fuente Palmera.
Se delimita una nueva área de reparto en suelo urbanizable, que denominaremos Área de Reparto Suelo Urbanizable Industrial carretera A-440 en la que se definen dos sectores:
PP-FP-I2. Plan Parcial Fuente Palmera I-2.
«Polígono Industrial Los Fruteros».
PP-FP-I4. Plan Parcial Fuente Palmera I-4.
«Martínez Barragán».
Conforme al art. 60.c) de la LOUA, las diferencias de aprovechamientos medios entre las dos áreas de reparto existentes (0,60 m2t/m2s en AR Suelo Urbanizable de Fuente Palmera) hemos de justificar que la diferencia es superior al 10% establecido en tanto en cuanto estamos ante dos usos globales claramente diferenciados, uno plenamente industrial y el otro sustancialmente residencial. En este sentido el único sector industrial incluido en el AR Suelo Urbanizable de Fuente Palmera posee un coeficiente de ponderación de 0,80 el cual responde al diferencial con respecto al característico uso residencial de su área de reparto.
Este tratamiento diferenciado y la no inclusión de los nuevos suelos industriales en el área de reparto de las NN SS vigentes se ajustan al propio desarrollo urbanístico de Fuente Palmera, ya muy avanzado y donde las áreas previstas para uso industrial han sido desarrolladas.
La definición del uso industrial como característico para todo el área de reparto y sectores, donde no se delimitan áreas con usos diferentes al característico, confirma como coeficiente de ponderación la unidad (1,00) para el uso y tipología industrial característico de esta nueva área de reparto.
PUBLICACIÓN DE FICHAS DE PLANEAMIENTO
FICHA CARACTERÍSTICA DE PLANEAMIENTO
NOMBRE U.E. FP I-2 POLÍGONO INDUSTRIAL LOS FRUTEROS
DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DE CARÁCTER ESTRUCTURAL
DEFINICIÓN DE ÁMBITO | ||
Superficie bruta m | ||
/m | ||
de techo. | ||
Coeficiente de ponderación | 1 UTC. | |
Aprovechamiento homogenizado | 97.644 UU.AA. | |
Aprovechamiento subjetivo | 87.879,6 UU.AA. | |
Exceso de A. subjetivo | 0,00 UU.AA. | |
Aprovechamiento 10% municipal | 9.764,4 UU.AA. |
2130.192,00 m2USO E INTENSIDAD GLOBALUso GlobalINDUSTRIALEdificabilidad0.75 m22RÉGIMEN DE SUELORégimen de sueloClasificaciónURBANIZABLECategoríaSECTORIZADOAPROVECHAMIENTOÁrea de repartoSuelo Urbanizable U.E. FP I-2.Aprovechamiento medio0.75 UA.Aprovechamiento objetivo97.644 m2
DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DE CARÁCTER PORMENORIZADO | |||
Plan Parcial de Ordenación. | |||
Manzanas | Sup. Suelo | Uso. | |
TODAS (Excepto las Dotaciones) |
Resultante de la Ordenación del Plan Parcial. |
Uso característico es el Industrial, junto a los determinados en el Plan Parcial de forma pormenorizada con grado de compatibilidad con el industrial. Se prohíbe cualquier uso residencial. | |
VIARIO | Resultante de la ordenación del Plan Parcial. | ||
DOTACIONES PÚBLICAS |
Sistema de Espacios libres. | 10% del sector | |
S.I.P.S. Parque Deportivo. | 2% de la superficie del sector. | ||
S.I.P.S. Equipamiento Social. | 1% de la superficie del sector. | ||
S.I.P.S. Equipamiento Comercial. | 1% de la superficie del sector. | ||
Aparcamientos públicos. | Entre 0,5 y 1 plaza por m de techo. |
2
CRITERIOS Y DIRECTRICES DE ORDENACIÓN | |
La ordenación del sector atenderá al modelo industrial de pequeña y mediana industria estructurándose en relación a la A-440, mediante un vial paralelo a la carretera y en torno a una gran pieza de espacios libres como elemento estructurante. | |
Se consideran determinaciones pormenorizadas de la ordenación física del ámbito de planeamiento las siguientes: 1. Los viales que se representen en el plano de ordenación completa, calificación, alineaciones ... 2. La localización de las dotaciones para equipamientos. |
DETERMINACIONES DE GESTIÓN Y PLAZOS | |
Sistema de actuación | COOPERACIÓN. |
Iniciativa de planeamiento | Pública. |
Plazos | Para la aprobación definitiva del planeamiento de desarrollo 1 año. |
FICHA CARACTERÍSTICA DE PLANEAMIENTO
NOMBRE U.E. FP I-4 POLÍGONO INDUSTRIAL MARTÍNEZ BARRAGÁN
DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DE CARÁCTER ESTRUCTURAL
DEFINICIÓN DE ÁMBITO | ||
Superficie bruta m | ||
/m | ||
de techo. | ||
Coeficiente de ponderación | 1 UTC. | |
Aprovechamiento homogenizado | 14.720,40 UU.AA. | |
Aprovechamiento subjetivo (UA) | 14.720,40 UU.AA. | |
Exceso de A. subjetivo | 0 UU.AA. | |
Aprovechamiento 10% municipal | 1.472 UU.AA. |
221.808,00 m2USO E INTENSIDAD GLOBALUso GlobalINDUSTRIALEdificabilidad0.75 m22RÉGIMEN DE SUELORégimen de sueloClasificaciónURBANIZABLECategoríaSECTORIZADOAPROVECHAMIENTOÁrea de repartoSuelo Urbanizable U.E. FP I-4.Aprovechamiento medio0.75 UU.AA.Aprovechamiento objetivo14.720,40 m2
DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DE CARÁCTER PORMENORIZADO | |||
Plan Parcial de Ordenación. | |||
Manzanas | Sup. Suelo | Uso. | |
ÚNICA |
Resultante de la Ordenación del Plan Parcial. |
Uso característico es el Industrial, junto a los determinados en el Plan Parcial de forma pormenorizada con grado de compatibilidad con el industrial. Se prohíbe cualquier uso residencial. | |
VIARIO | Resultante de la ordenación del Plan Parcial. | ||
DOTACIONES PÚBLICAS |
Sistema de Espacios libres. | 10% del sector | |
S.I.P.S. Parque Deportivo. | 2% de la superficie del sector. | ||
S.I.P.S. Equipamiento Social. | 1% de la superficie del sector. | ||
S.I.P.S. Equipamiento Comercial. | 1% de la superficie del sector. | ||
Aparcamientos públicos. | Entre 0,5 y 1 plaza por m de techo. |
2
CRITERIOS Y DIRECTRICES DE ORDENACIÓN | |
La ordenación del sector atenderá al modelo de gran industria existente, estructurándose en relación a la confluencia de las carreteras A-440 y CP-187, configurando el sistema viario, los espacios libres y las dotaciones en atención a la industria previamente implantada siguiendo el modelo en No Urbanizable. En su caso, se buscará la integración de la nueva estructura industrial adyacente al polígono Los Fruteros. |
DETERMINACIONES DE GESTIÓN Y PLAZOS | |
Sistema de actuación | COMPENSACIÓN |
Iniciativa de planeamiento | Privada. |
Plazos | Para la aprobación definitiva del planeamiento de desarrollo 5 años. |
Córdoba, 18 de noviembre de 2011.- El Delegado, Francisco García Delgado.
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