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Mediante Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. Se trata del instrumento que ejecuta un plan de pago a proveedores de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, de acuerdo con el mecanismo creado en el Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, y conforme al Acuerdo alcanzado el 6 de marzo de 2012 en el Consejo de Política Fiscal y Financiera.
De acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, constituye el objeto de este Real Decreto-Ley la regulación de las condiciones de ejecución de las operaciones destinadas al pago de las obligaciones pendientes de las Entidades Locales y de las Comunidades Autónomas que se hayan acogido al mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores.
Por su parte, el artículo 7 del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, establece que el Fondo concertará operaciones de crédito con las Comunidades Autónomas que se acojan al mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores, pudiendo realizar operaciones de cancelación de obligaciones pendientes de pago de dichas Administraciones territoriales por instrucción del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La disposición de la financiación concedida a las Administraciones territoriales se hará mediante el pago directo a los proveedores, subrogándose el Fondo en los derechos que a dicho proveedor correspondieran frente a dichas Administraciones territoriales por el importe efectivamente satisfecho, conforme al Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero.
Por último, la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, establece que las Comunidades Autónomas que se acojan al mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores aprobarán un acuerdo del Consejo de Gobierno u órgano competente en el que conste expresamente que se asume el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobado el 6 de marzo de 2012.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 20 de marzo de 2012,
ACUERDA
Asumir el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobado el 6 de marzo de 2012, en lo relativo al mecanismo financiero que el Estado ofrece a las Comunidades Autónomas para el pago de sus deudas con proveedores.
Sevilla, 20 de marzo de 2012
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Carmen Martínez Aguayo
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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