Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Consejero de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos 138 y sucesivos del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 105/2011, de 19 de abril, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 14 de marzo de 2012, ha acordado el inicio del amojonamiento parcial, Expte. MO/00141/2012, del monte Madroñalejo, Código de la Junta de Andalucía SE-11002-JA, propiedad de Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal Aznalcóllar, provincia de Sevilla, relativo al perímetro exterior del monte salvo los tramos de colindancia con los montes públicos «Cuevas del Moro» (SE-10029-JA) en el t.m. de El Madroño (Sevilla). «Collados del Río Agrio» (SE-10043-JA) en el t.m. de El Castilllo de las Guardas (Sevilla) y «Pata del Caballo» (HU-11006-JA) en el t.m. de Escacena del Campo (Huelva), y cuya parte dispositiva es la siguiente:
«Se proceda a iniciar el amojonamiento parcial del perímetro deslindado en el expediente MO/00309/2009, aprobado con fecha 12 de abril de 2011, del monte Madroñalejo, Código de la Junta de Andalucía SE-11002-JA, propiedad de Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal Aznalcóllar, provincia de Sevilla.»
Por parte de esta Delegación Provincial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Forestal de Andalucía, se procede a fijar la fecha de las operaciones materiales el próximo día 31 de mayo, a las 9,30 horas, en el Ayuntamiento de Aznalcóllar. En éste se hará referencia a las fechas previsibles para las distintas sesiones de apeo, fijando la nueva convocatoria en la sesión de apeo anterior.
Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten interés legítimo para que asistan a dichos actos, en el que solamente podrán estimarse aquellas reclamaciones que versen sobre la práctica del amojonamiento, sin que en ningún caso puedan referirse al deslinde en virtud de lo dispuesto en el art. 145 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes.
Contra este acto de trámite, que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa, pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (arts. 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convenga a su derecho, en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en Avda. de la Innovación, s/n, Polígono Aeropuerto, 41020, Sevilla, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
A fin de no causar indefensión a terceros le comunico que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá comunicarlo a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Tal como dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, BOE núm. 12, de 14 de enero, el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derecho que sean desconocidos, aquellos de quienes sea ignorado su paradero, y a los que, intentada la correspondiente notificación, no se hubiera podido practicar la misma.
Se adjunta listado de propietarios los cuales han sido notificados en el expediente:
Interesados o afectados |
Referencia Catastral (Polígono/Parcela) |
Municipio |
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR |
Cauces y embalses | varios |
AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA |
3/8, 17/10, 17/42 | AZNALCÓLLAR |
AYUNTAMIENTO DE AZNALCÓLLAR | 3/1, 17/8, 17/52 | AZNALCÓLLAR |
AYUNTAMIENTO DE EL MADROÑO | CAMINOS | EL MADROÑO |
BARBALOMAS, S.A. | 16/3, 16/66 | AZNALCÓLLAR |
BARBINTER, S.L. | 15/4, 15/5, 15/10 |
EL CASTILLO DE LAS GUARDAS |
CAÑADA HONDA, S.A. | 17/40 | AZNALCÓLLAR |
DIPUTACIÓN DE SEVILLA | 3/9005 | AZNALCÓLLAR |
DIPUTACIÓN DE SEVILLA | 18/9010 | EL MADROÑO |
DIREC. PROV. DEL IARA | 15/1 |
EL CASTILLO DE LAS GUARDAS |
DIREC. PROV. DEL IARA | 19/149, 19/151, 19/152 | EL MADROÑO |
GARCÍA GRANDE, TRINIDAD WAMBA MAGALLANES, MAURICIO |
5/6 | AZNALCÓLLAR |
HAMSTER, S.A. | 5/11 | AZNALCÓLLAR |
MATEOS GONZÁLEZ, FRANCISCO | S/R | AZNALCÓLLAR |
MOYA ESPINOSA, MARTA | 3/3, 5/15, 3/5 | AZNALCÓLLAR |
ORPIN, S.A. | 18/60, 18/65, 18/75, 18/77, 18/79, 19/110, 19/134, 19/135, 19/136, 19/146, 19/147, 19/148, 19/229, 19/231, 19/249 | EL MADROÑO |
PONFERRADA ARJONA, JUAN ÍÑIGO ZAMBRANO, DOLORES |
S / R | AZNALCÓLLAR |
PONFERRADA ÍÑIGO, FÁTIMA | S / R | AZNALCÓLLAR |
PONFERRADA ÍÑIGO, JUAN MANUEL | S / R | AZNALCÓLLAR |
PONFERRADA ÍÑIGO, MARÍA ÁNGELES | S / R | AZNALCÓLLAR |
PONFERRADA ÍÑIGO, MARÍA DOLORES | S / R | AZNALCÓLLAR |
RIBERAS DE AZNALCÓLLAR, S.L. | 3/10 | AZNALCÓLLAR |
TABANERA RODRÍGUEZ-FERRO, SIRENA | 3/2, 4/3, 4/4 | AZNALCÓLLAR |
TOPIBE, S.L. | 16/5, 16/6, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
GESTIÓN HELIÓPOLIS, S.L. | 16/5, 16/6, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
BERNAL MORA, NIEVES | 16/5, 16/6, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
BERNAL MORA, FRANCISCO JENARO | 16/5, 16/6, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
BERNAL MORA, FLORENCIO | 16/5, 16/6, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
BERNAL MORA, JUANA DOLORES | 16/5, 16/6, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
ARJONA 3, S.A. | 16/5, 16/6, 17/5, 17/6, 16/78, 17/53 | AZNALCÓLLAR |
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Sevilla, 2 de abril de 2012.- El Delegado, Francisco Javier Fernández Hernández.
Descargar PDF