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Visto el expediente tramitado a instancia de don Antonio Gallardo Martínez, en nombre y representación del Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., por el que solicita la autorización de una red de centros de la misma titularidad, con centro base en el centro «Al-Ándalus» de Almonte, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
Resultando que el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, contempla en su artículo 47 la posibilidad de que una misma entidad titular pueda disponer de una red de centros dentro del ámbito de una Comunidad Autónoma formada por un centro base y varias sedes.
Resultando que por Orden de 29 de agosto de 2011 (BOJA de 7 de noviembre), el centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus» de Almonte (Huelva), con código 21006956, cuenta con autorización para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto y Balonmano.
Resultando que la entidad titular de la red de centros ha firmado sendos convenios de colaboración con los Ayuntamientos de cada una de las localidades para las que solicita la autorización de la red, por los cuales éstos ponen a disposición de aquélla sus instalaciones para los distintos centros de la red, y que en el expediente han recaído informes favorables de los Servicios de Inspección de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería de Educación en Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla.
Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo (BOE de 29), por el que se establecen los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas; el Real Decreto 234/2005, de 4 de marzo (BOE de 26), por el que se establecen los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior en Baloncesto, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas y requisitos de acceso a estas enseñanzas; el Real Decreto 361/2004, de 5 de marzo (BOE de 23), por el que se establecen los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior en Balonmano, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, y demás disposiciones complementarias.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización de la red de centros con centro base en el centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus», código 21006956 y domicilio en Avenida de la Juventud, s/n (Centro de Congresos y Exposiciones CIECEMA) de Almonte (Huelva), del que es titular la entidad «Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L.», en las siguientes sedes :
1. Sede de Benamejí:
Domicilio: Casa de la Ciudadanía. C/ Polígono Industrial Fuente Palma.
Localidad: Benamejí.
Municipio: Benamejí.
Provincia: Córdoba.
2. Sede de Posadas:
Domicilio: Nave para Posada de Empresa. Polígono Industrial «La Sierrezuela», Parcela 37.
Localidad: Posadas.
Municipio: Posadas.
Provincia: Córdoba.
3. Sede de Pozoblanco:
Domicilio: Aula de Formación del Polideportivo Municipal. Avda. Polideportivo, s/n.
Localidad: Pozoblanco.
Municipio: Pozoblanco.
Provincia: Córdoba.
4. Sede de Santaella:
Domicilio: Casa del Ciudadano. C/ Villargallegos, 27.
Localidad: Santaella.
Municipio: Santaella.
Provincia: Córdoba.
5. Sede de Villa del Río:
Domicilio: Casa de la Juventud. C/ Guadalquivir.
Localidad: Villa del Río.
Municipio: Villa del Río.
Provincia: Córdoba.
6. Sede de Aljaraque:
Domicilio: Instalaciones del Ayuntamiento de Aljaraque. Plaza de Andalucía, 1.
Localidad: Aljaraque.
Municipio: Aljaraque.
Provincia: Huelva.
7. Sede de Huelva:
Domicilio: Instalaciones del Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, s/n.
Localidad: Huelva.
Municipio: Huelva.
Provincia: Huelva.
8. Sede de Moguer:
Domicilio: Escuela Taller Carabela Niña. C/ Santo Domingo, 14.
Localidad: Moguer.
Municipio: Moguer.
Provincia: Huelva.
9. Sede de Valverde del Camino:
Domicilio: Complejo Deportivo de Valverde del Camino. Carretera de Calañas, s/n.
Localidad: Valverde del Camino.
Municipio: Valverde del Camino.
Provincia: Huelva.
10. Sede de Alcaudete:
Domicilio: Polideportivo Municipal de Alcaudete. Cañada Alcalá, 7.
Localidad: Alcaudete.
Municipio: Alcaudete.
Provincia: Jaén.
11. Sede de Martos:
Domicilio: Casa de la Juventud. Avenida Pierre Cible, s/n.
Localidad: Martos.
Municipio: Martos.
Provincia: Jaén.
12. Sede de Arahal:
Domicilio: Instalaciones del Ayuntamiento. Plaza de la Corredera, 1.
Localidad: Arahal.
Municipio: Arahal.
Provincia: Sevilla.
13. Sede de Cañada Rosal:
Domicilio: Oficinas Municipales. C/ Alberto Filter, s/n.
Localidad: Cañada Rosal.
Municipio: Cañada Rosal.
Provincia: Sevilla.
14. Sede de Pilas:
Domicilio: Plaza de Belén, 12.
Localidad: Pilas.
Municipio: Pilas.
Provincia: Sevilla.
Las enseñanzas autorizadas en cada una de estas 14 sedes son las siguientes:
Grado medio:
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Fútbol: 2 grupos, 70 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Fútbol sala: 2 grupos, 70 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Baloncesto: 2 grupos, 70 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Balonmano: 2 grupos, 70 puestos escolares.
Grado superior:
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Fútbol: 1 grupo, 35 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Fútbol sala: 1 grupo, 35 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Baloncesto: 1 grupo, 35 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Balonmano: 1 grupo, 35 puestos escolares.
15. Sede de Aracena:
Domicilio: Centro de Ocio Joven-Casa de la Juventud. C/ Navalmanzano, 2.
Localidad: Aracena.
Municipio: Aracena.
Provincia: Huelva.
16. Sede de Lepe:
Domicilio: Campo de Fútbol «Ciudad de Lepe». C/ Sevilla, s/n.
Localidad: Lepe.
Municipio: Lepe.
Provincia: Huelva.
Las enseñanzas autorizadas en cada una de las sedes 15 y 16 son las siguientes:
Grado medio:
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Fútbol: 4 grupos, 140 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Fútbol sala: 4 grupos, 140 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Baloncesto: 4 grupos, 140 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Balonmano: 4 grupos, 140 puestos escolares.
Grado superior:
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Fútbol: 2 grupos, 70 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Fútbol sala: 2 grupos, 70 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Baloncesto: 2 grupos, 70 puestos escolares.
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Balonmano: 2 grupos, 70 puestos escolares.
17. Sede de Villanueva de los Castillejos:
Domicilio: Polideportivo Municipal de Villanueva de los Castillejos.
Localidad: Villanueva de los Castillejos.
Municipio: Villanueva de los Castillejos.
Provincia: Huelva.
Las enseñanzas autorizadas en la sede 17 son las siguientes:
Grado medio:
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Fútbol: 2 grupos, 70 puestos escolares.
Grado superior:
- Enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Fútbol: 1 grupo, 35 puestos escolares.
Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Tercero. El centro base y los centros de la red no podrán sobrepasar el número de puestos escolares fijados para los mismos.
Cuarto. La entidad titular de la Red de centros remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, correspondiente a cada una de las sedes, la relación del profesorado de las mismas con indicación de su titulación respectiva.
Quinto. El centro base y los centros de la red quedan obligados a cumplir con la normativa de ordenación académica vigente, siendo sus enseñanzas objeto de supervisión por parte de la Inspección de Educación, por lo que la entidad titular deberá disponer todo lo necesario para que dicha Inspección pueda ejercer las labores que le son propias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 13 de marzo de 2012
Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación
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