Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 09/05/2012

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Mancomunidades

Anuncio de 28 de noviembre de 2011, de la Mancomunidad de Servicios La Vega, definitivo de la modificación de los Estatutos. (PP. 872/2012).

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Don Pablo Suárez Huertas, Secretario-Interventor de la Mancomunidad de Servicios La Vega, Guillena-Sevila.

Hago saber: Que transcurrido el plazo de exposición al público de la Modificación de los Estatutos de la Mancomunidad de Servicios «La Vega» aprobado inicialmente por la Comisión Gestora Intermunicipal en sesión de fecha 2 de diciembre de 2011, no habiéndose producido reclamaciones, el mismo ha devenido aprobado definitivamente, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y el art. 47 de los Estatutos de esta Mancomunidad, procediendo a la publicación de la modificación para su general conocimiento:

Primero. Modificar el apartado b) del artículo 31 de los Estatutos de la Mancomunidad, cuyo literal quedaría del siguiente tenor:

«Las sesiones de la Comisión Gestora Intermunicipal han de convocarse, al menos, con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por La Comisión Gestora Intermunicipal. La documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que deba servir de base al debate, y en su caso, la votación deberá figurar a disposición de los miembros de la Comisión Gestora Intermunicipal, desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Mancomunidad.»

Segundo. Modificar el artículo 32 de los Estatutos de la Mancomunidad, cuyo literal quedaría del siguiente tenor:

Artículo 32.º La Comisión de Vicepresidentes.

Estará integrada por el Presidente y los cuatro vicepresidentes. La Comisión se constituye válidamente con la asistencia de un mínimo de tres miembros. Este quórum deberá mantenerse durante toda la sesión. Las convocatorias de las sesiones de la Comisión se cursarán con dos días hábiles de antelación. En todo lo no dispuesto en los presentes Estatutos, su funcionamiento se ajustará a las reglas señaladas para la Junta de Gobierno Local.

Tercero. Modificar el apartado 6 del artículo 39 de los Estatutos de la Mancomunidad, cuyo literal quedaría del siguiente tenor:

«Publicación del acuerdo de integración en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»

Guillena, 28 de noviembre de 2011.- El SecretarioInterventor, Pablo Suárez Huertas.

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