Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 11/05/2012

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 18 de abril de 2012, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, convocados por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado público, en su disposición adicional segunda, en la redacción dada por el artículo 15 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, dispone que las Comunidades Autónomas en su ámbito territorial regularán las bases comunes del concurso ordinario así como el porcentaje de puntuación que corresponda a los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial de cada Comunidad Autónoma y del derecho propio de la misma, el conocimiento de la lengua oficial en los términos previstos en la legislación autonómica respectiva y los méritos específicos directamente relacionados con las características del puesto.

No obstante lo anterior, y al amparo de lo establecido en la disposición transitoria séptima del Estatuto, en tanto no se aprueben las normas de desarrollo de la disposición adicional segunda de esa misma norma, sobre el régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, continuarán en vigor las disposiciones que en la actualidad regulan la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se entenderán referidas a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal.

De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; en el Decreto 350/2010, 27 de julio, por el que se regulan los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de aplicación en los concursos de funcionarios con habilitación de carácter estatal y el artículo 8 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Único. Dar publicidad a las convocatorias y bases comunes y específicas recogidas en el Anexo de esta Resolución para la provisión definitiva, mediante concurso ordinario, de puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal en las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que a continuación se exponen:

BASES COMUNES

Primera. Puestos.

Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal en aquellas Entidades Locales que han aprobado las bases específicas y cuyos Presidentes han efectuado la correspondiente convocatoria del concurso.

Segunda. Participación.

1. Los funcionarios con habilitación de carácter estatal así como los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la Disposición transitoria primera, 1, del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, podrán concursar a los puestos que se ofrecen, en los términos siguientes:

- Los Secretarios de primera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaria, categoría superior.

- Los Secretarios de segunda, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada.

- Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención.

- Los Secretarios de Ayuntamientos a «extinguir», a Secretarios de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.

- Los Interventores, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente a puestos de Intervención.

- Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, pero únicamente a puestos de Tesorería.

2. No podrán concursar:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

c) Los funcionarios en la situación de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su Subescala y categoría en la misma Corporación o se encuentren en los supuestos del artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Tercera. Documentación y plazo para participar.

1. En el plazo de quince días naturales, a partir de la publicación de este concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los funcionarios con habilitación de carácter estatal que deseen tomar parte en el mismo dirigirán a la Corporación Local a cuyo puesto concursen la siguiente documentación:

- «Solicitud de participación» (modelo Anexo II) comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el art. 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos de determinación autonómica, así como los específicos de cada puesto en los términos que se indican en el Anexo II.

2. Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica en todas las Entidades Locales en que soliciten puestos. Asimismo, los concursantes a dos o más puestos presentarán en idéntico plazo de quince días naturales el orden de prelación de adjudicaciones ante la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía (Registro de Entrada de documentos en Plaza Nueva, núm. 4, 41071, Sevilla). El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, y único, asimismo, si se concursa a una o varias Subescalas y Categorías. La formulación del orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá en ningún caso a la solicitud de participación dirigida a cada Corporación Local.

3. La «solicitud de participación» y el «orden de prelación de adjudicaciones» habrán de presentarse con arreglo a los modelos que se adjuntan a esta Resolución, Anexos II y III.

4. Los requisitos exigidos así como los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarta. Méritos generales.

Los méritos generales de aplicación en este concurso son los acreditados e inscritos en el registro de habilitados estatales a la fecha de esta Resolución, según la relación individualizada que se hace pública, a estos efectos, en la página web oficial de la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía: http://www.juntadeandalucia.es/gobernacionyjusticia/administracionlocal.

Quinta. Méritos de determinación autonómica.

Los méritos de determinación autonómica se regulan en el Decreto 350/2010, 27 de julio.

1. Méritos.

Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y normativa autonómica de Andalucía son los siguientes:

a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las entidades locales del territorio de Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades instrumentales de las referidas Administraciones públicas.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de los cursos de estas características que, teniendo por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estén directamente relacionados con las funciones reservadas al puesto de trabajo que se convoca, organizados u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones.

c) Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el párrafo b).

d) Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

e) Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia en el desempeño del puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas desde el que se concursa, cualquiera que sea su forma de provisión, siempre que dicho puesto esté reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

2. Valoración de los méritos.

a) La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1,40 puntos, según la reglas siguientes:

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados al funcionariado con habilitación de carácter estatal, correspondiente a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados al funcionariado con habilitación de carácter estatal, de distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.

- Servicios prestados en puestos de trabajo, correspondientes al Grupo A, no reservados al funcionariado con habilitación de carácter estatal: 0,01 puntos por mes.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 100% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento definitivo.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 80% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento provisional.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 50% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento interino o accidental.

A efectos de valoración de la experiencia profesional, el tiempo transcurrido en comisión de servicios se entenderá prestado en el puesto donde la persona que participe en el concurso tenga el nombramiento definitivo.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 1,00 punto, según las siguientes reglas:

- Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.

- Cursos de duración comprendida entre 31 y 50 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.

- Cursos de duración comprendida entre 51 y 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.

- Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 0,75 puntos por curso.

En los casos en los que se haya superado prueba de aptitud exigida en la convocatoria del curso correspondiente, la valoración se incrementará en un 25%.

c) La actividad docente se valorará con un máximo de 0,10 puntos, a razón de 0,01 por hora impartida. Sólo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición.

d) Las publicaciones se valorarán hasta un máximo de 0,10 puntos en función del carácter innovador, la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.

e) La permanencia en el desempeño de puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas, se valorará hasta un máximo de 0,40 puntos, en la forma que sigue:

- Por tres años completos de permanencia ininterrumpida: 0,20 puntos.

- Por cuatro años completos de permanencia ininterrumpida: 0,30 puntos.

- Por cinco años completos o más de permanencia ininterrumpida: 0,40 puntos.

3. Acreditación de méritos.

Las personas que participen en los concursos acreditarán los méritos a los que se refiere el presente decreto mediante la presentación de los documentos originales o copias auténticas o autenticadas de los mismos que los justifiquen adecuadamente o, a través de las herramientas telemáticas que, en su caso, se habiliten.

4. Valoración de los méritos por los Tribunales.

El Tribunal de valoración del concurso valorará los méritos alegados de conformidad con las reglas y puntuación establecidas en este decreto y normas que lo desarrollen.

Sexta. Méritos específicos.

Los méritos específicos para cada puesto de trabajo son los que para cada puesto de trabajo se incluyen en el Anexo I.

Séptima. Valoración de méritos.

1. El Tribunal de valoración comprobará la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan. A continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:

- Méritos generales, hasta un máximo de 19,50 puntos, según la relación individualizada de méritos generales de los habilitados estatales, acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Estatales sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

- Méritos específicos, hasta un total de 7,50 puntos.

- Méritos de determinación autonómica, hasta un total de 3 puntos, con base en la documentación acreditativa aportada por los concursantes.

- Respecto de los puestos que no tengan méritos específicos, el Tribunal asignará únicamente la puntuación de méritos generales y de méritos autonómicos si existiesen.

2. El Tribunal podrá celebrar, si lo prevé la convocatoria especifica respectiva, entrevista con concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha, lugar y hora de celebración de la entrevista serán notificados a los afectados por el Tribunal, al menos con seis días de antelación a su celebración.

3. En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en méritos específicos. De mantenerse el empate, a favor de quien en méritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. De persistir este, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados a), b) c), d) y e), por dicho orden, del artículo 15.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En última instancia, el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso selectivo.

Octava. Propuesta de Resolución.

Efectuadas por el Tribunal la exclusión y puntuación final de concursantes, elevará al Presidente de la Corporación propuesta de resolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones ordenadas de mayor a menor. Asimismo elevará relación fundada de excluidos.

Novena. Resolución.

1. El Presidente de la Corporación resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de Valoración.

2. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos y comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos.

3. La resolución del concurso será remitida a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Décima. Coordinación de nombramientos.

La Dirección General de Administración Local, transcurrido el plazo a que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor de un mismo concursante, con adjudicación final de puestos, atendiendo al orden formulado por los interesados en la hoja de prelación y de adjudicaciones iniciales a su favor por las Entidesdes Locales.

Undécima. Formalización de nombramientos.

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las resoluciones de las Entidades Locales en los restantes, la Dirección General de Administración Local procederá a formalizar los nombramientos y a su publicación en el plazo de un mes, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dando traslado de la Resolución al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Duodécima. Plazo posesorio.

1. El plazo de toma de posesión en el destino obtenido en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

2. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de nombramientos en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Si el destino obtenido comportara el reintegro al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

3. Si en el momento de la publicación del nombramiento no se hubiera producido la jubilación a que se refiere el artículo 11 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, el plazo de cese en el puesto de origen se diferirá al momento en que ésta tenga lugar.

4. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

5. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Entidades Locales en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de Administración Local.

Decimotercera. Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Los concursantes no podrán renunciar al concurso ni al puesto que sea adjudicado a partir del momento en que los Tribunales eleven propuesta de resolución a la Corporación. Las adjudicaciones de puestos en el concurso tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho alguno al abono de indemnización por traslado.

Decimocuarta. Cese y toma de posesión.

1. La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.

2. Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursantes serán comunicadas a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

Decimoquinta. Recursos.

Los actos administrativos de los Tribunales de Valoración podrán ser impugnados conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de noviembre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de abril de 2012.- El Director General, Antonio Ramírez Ortega.

ANEXO I

ALMERÍA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Arboleas.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaria-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 2.133 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: Sí.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 29.2.2012.

Convocatoria: Resolución Alcaldía 29.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (2,50 puntos): Por servicios prestados en puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en Ayuntamientos de municipios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los que concurran cualquiera de las siguientes características:

- Que el Municipio tenga una población superior a 4.000 habitantes e inferior a 5.000 a 1.1.2011: 0,1 puntos por mes hasta un máximo de 2 puntos.

- Que el Municipio tenga una población superior a 1.000 habitantes e inferior a 5.000 a 1.1.2011: 0,01 puntos por mes hasta un máximo de 0,5 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (5 puntos): Se valorará la realización de cursos cuyo contenido verse sobre las siguientes materias:

La disciplina urbanística en el territorio de Andalucía.

Actualización jurídica y económico-financiera de las Entidades Locales.

Actualidad de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Empresas públicas de las Entidades Locales.

La puntuación que se otorgará a los cursos será la siguiente:

- Cursos de menos de 10 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 10 a 29 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de 30 a 59 horas: 1 punto.

- Cursos de más de 60 horas: 1,50 puntos.

Los cursos deberán haber sido impartidos con posterioridad al 10/01/2008, con el objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas; y deberán haber sido impartidos por organismos públicos oficiales o Instituciones Privadas y con homologación por el Instituto Andaluz de Administración Pública.

Acreditación de méritos:

Los méritos correspondientes al apartado 1 –experiencia profesional– se acreditarán mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación correspondiente donde se acredite la concurrencia de los méritos que se pretenden valorar.

Los méritos correspondientes al apartado 2 –cursos de formación y perfeccionamiento– se acreditarán mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Cristóbal García Granados, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

Presidente suplente: Don Felipe Bonillo Rodríguez, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

Vocales titulares:

Vocal 1.º: Don Mario Callejón Berenguel, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Don Pablo Reina Barranco, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 3.º: Don Eduardo Manuel López Hermosilla, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4.º: Don José Pedraza Martínez, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Doña Nuria López Jiménez, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Doña Caridad García Vidal, Técnico de Administración General del Ayuntamiento.

Vocal 3.º: Doña Concepción Pajarón Fernández, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4.º: Don Juan Espinosa Sierra, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Don Mario Callejón Berenguel, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Secretario suplente: Doña Nuria López Jiménez, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la relación de puestos de trabajo: 29.2.2012.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Berja.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto Alcaldía 2.2.2012. Ratificación Pleno 5.3.2012, rectificada Resolución Alcaldía 13.4.2012.

Convocatoria: Decreto Alcaldía de 2.2.2012.

2. Méritos específicos:

No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Antonio Torres López., Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

Presidente suplente: Doña Cecilia Josefa Martín Villegas, Concejal Delegada de Personal.

Vocales titulares:

Vocal 1.º: Doña Elena Maldonado Ballesteros, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Doña Verónica Santaella Mir, funcionaria con habilitación de carácter.

Vocal 3.º: Doña Ana María Sánchez Calvache, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4.º: Doña Pilar González Espinosa, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Doña María de los Ángeles Vázquez Pérez, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Don Mario Callejón Berenguel, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 3.º: Don Sergio Olea Romacho, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4ª: Don Cesar Marañón Lizana, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Secretario titular: Doña Isabel Díaz Caparrós, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Secretario suplente: Don Antonio Reinoso Carriedo, funcionario con habilitación de carácter estatal.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Huércal de Almería.

Denominación del puesto: Vicesecretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 1.461,87 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: Sí.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 9.2.2012. Rectificación resolución Alcaldía 12.3.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía y Acuerdo Pleno de 9.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (1,5 puntos): Por servicios prestados en puesto de Secretaría Categoría de Entrada reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en Ayuntamientos de Comunidad Autónoma de Andalucía con población superior a 10.000 habitantes: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 1,5 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (2,5 puntos):

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre disciplina urbanística impartidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con acreditación de la superación de trabajos o pruebas de evaluación: por cursos de más de 80 horas 0,75 puntos, por cursos de 40 a 80 horas 0,30 puntos, por cursos de hasta 40 horas, 0,15 puntos, hasta el máximo de puntuación en este apartado de 1,5 puntos.

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre la actualidad de la legislación de la Comunidad Autónoma de Andalucía hasta 60 horas lectivas: por curso de más de 30 horas lectivas 0,25 puntos, por cursos de menos de 30 horas lectivas 0,10 puntos hasta un máximo de 0,5 puntos.

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre la materia de empresas públicas de las Entidades Locales hasta 30 horas lectivas: por curso de más de 30 horas lectivas 0,5 puntos, por curso de menos de 30 horas lectivas 0,10 puntos hasta el máximo de 0,5 puntos.

B) Otros méritos (3,5 puntos):

- Por impartir cursos de formación presencial en materia de Contratación Administrativa correspondientes al plan de formación de alguna Administración Local: 0,2 puntos por hora lectiva impartida hasta el máximo de 2,5 puntos.

- Por la participación impartiendo ponencias en cursos de formación presencial en materia de Disciplina Urbanística correspondientes al Plan de Formación de cualesquiera Administraciones Locales; 1 punto por imparticipación de ponencia en curso de formación hasta el máximo de 1 punto.

Los cursos correspondientes al apartado 2 y 3 anteriores, deberán haber sido impartidos con posterioridad al 1.1.2008, con el objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas; y para el caso de los dispuestos en el apartado 2, deberán haber sido impartidos por organismos públicos oficiales o Instituciones Privadas y con homologación por el Instituto Nacional de Administración Públicao Instituto Andaluz de Administración Pública, u organismo autonómico con competencias equivalentes, a efectos del baremo de méritos de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Los cursos correspondientes al apartado 3 deberán estar insertos en los programas de formación continua correspondientes a los Planes Unitarios de Diputaciones Provinciales o Planes de formación Agrupados de municipios superiores a 10.000 habitantes.

Acreditación de méritos:

Los méritos correspondientes al apartado 1 –experiencia profesional– se acreditarán mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación correspondiente donde se acredite la concurrencia de los méritos que se pretenden valorar.

Los méritos correspondientes al apartado 2 –cursos de formación y perfeccionamiento– se acreditarán mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente.

Los méritos correspondientes al apartado 3 –cursos impartidos en el ámbito de la Administración Local– se acreditarán mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente con indicación de las horas, denominación y contenido del curso y acreditación de su inserción en los Planes de Formación Unitarios de Diputaciones Provinciales Andaluzas o Agrupaciones de Municipios Andaluces superiores a 10.000 habitantes.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Juan José López de las Heras, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

Presidente suplente: Don Juan Ibáñez Sánchez, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

Vocales Titulares:

Vocal 1.º: Don Pablo Aparicio Borrachero, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Don Pablo Reina Barranco, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 3.º: Don Eduardo Manuel López Hermosilla, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4.º: Don José Pedraza Martínez, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don Francisco Jesús Gómez Ruiz, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Don Miguel Angel Morales Díaz, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 3.º: Don Francisco Mora Pardo, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4.º: Don Juan Espinosa Sierra, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario Titular: Don Pablo Aparicio Borrachero, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Secretario suplente: Don Francisco Jesús Gómez Ruiz, funcionario con habilitación de carácter estatal.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Vera.

Denominación del puesto: Vicesecretaría.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 28.

Entrevista: Sí, si lo estima oportuno el Tribunal.

Pago de gastos: Sí.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 31.1.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 6.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (3,50 puntos):

Por servicios prestados en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en Ayuntamientos de municipios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los que concurran cualquiera de las siguientes características:

- Que el Municipio tenga una población entre 10.000 y 20.000 habitantes a fecha 1.1.2011: 0,05 puntos por mes hasta un máximo de 1,20 puntos.

- Que el Municipio sea de gran afluencia turística: 0,05 puntos por mes hasta un máximo de 1,20 puntos.

- Que cuente en su estructura organizativa con empresas municipales en las que el Ayuntamiento tenga una participación íntegra o mayoritaria en su capital social: 0,05 puntos por mes hasta un máximo de 1,10 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (2,50 puntos):

- Por realización de cursos cuyo contenido verse sobre aspectos de la contratación local, con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,50 puntos/curso.

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre aspectos de la contratación local, con una duración mínima de 100 horas lectivas: 1 punto/curso.

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre aspectos del urbanismo y planeamiento, con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,50 puntos/curso.

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre aspectos del urbanismo y planeamiento, con una duración mínima de 100 horas lectivas: 1 punto/curso.

- Por la realización de cursos cuyo contenido verse sobre aspectos de la normativa de prestación de servicios en el ámbito del urbanismo, con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,50 puntos/curso.

Los cursos deberán tener la duración mínima en horas lectivas señaladas; deberán haber sido impartidos con posterioridad al 1.1.2002, con el objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas; y deberán haber sido organizados por organismos públicos oficiales o Instituciones Privadas y con homologación por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública, u organismo autonómico con competencias equivalentes, a efectos del baremos de méritos de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

C) Otros méritos (1,50 puntos):

Por las singularidades del municipio, como municipio costero y de gran afluencia turística se valorará el conocimiento de otro idioma, distinto de los idiomas oficiales del Estado, de un país europeo, en particular Inglés, Francés o Alemán.

Acreditación de méritos:

Los méritos correspondientes al apartado 1 –Experiencia profesional– se acreditarán mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación correspondiente donde se acredite la concurrencia de los méritos que se pretenden valorar.

Los méritos correspondientes al apartado 2 –Cursos de formación y perfeccionamiento– se acreditarán mediante la presentación del original o copia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente.

Los méritos correspondientes al apartado 3 –Otros méritos– se acreditarán mediante Título expedido por los Organismos Públicos competentes en los que se haya cursado dicho Idioma (Título de Escuela Oficial de Idiomas o Equivalente).

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don José Carmelo Jorge Blanco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vera.

Presidente suplente: Don Juan de la Cruz Belmonte Mena, Concejal Delegado del Área de Personal del Ayuntamiento de Vera.

Vocales titulares:

Vocal 1.º: Don Guillermo Mañas Uxó, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 2.º: Doña M.ª José García Berruezo, funcionaria de la Corporación.

Vocal 3.º: Doña M.ª del Mar Martínez Martínez, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4.º: Don Pedro López Soler, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don Andrés Gerez Simón, funcionario de la Corporación.

Vocal 2.º: Doña Olga García Martínez, funcionaria de la Corporación.

Vocal 3.º: Don Pablo Reina Barranco, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Vocal 4ª: Don Fernando Gómez Garrido, Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal.

Secretario titular: Don Pedro López Soler, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Secretario suplente: Don Fernando Gómez Garrido, funcionario con habilitación de carácter estatal.

CÁDIZ

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Diputación de Cádiz.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (S.A.T.).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 25.

Entrevista: Si el Tribunal lo estima oportuno, podrá acordar la realización de una entrevista a las personas concursantes para la concreción de los méritos específicos o autonómicos. A estos efectos se notificará a las personas interesadas, al menos con seis días de antelación, la fecha, el lugar y la hora de celebración. La inasistencia injustificada a la entrevista, supondrá la exclusión del concurso. no se prevé pago alguno por desplazamientos para los concursantes para la asistencia a la entrevista.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto del Delegado del Área de función Pública y Recursos Humanos de 10.2.2012.

Convocatoria: Decreto del Delegado del Área de Función Pública y Recursos Humanos de 10.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (5,5 puntos):

Se valorará: Haber prestado servicios como funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de Secretaría-Intervención, en un puesto de Secretaría-Intervención en funciones de asistencia a municipios que formen parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dichos servicios deberán haber sido prestados en una Administración Territorial con población superior a 1.000.000 de habitantes, cualquiera que haya sido la forma de provisión.

Se valorará con 0,6 puntos por mes trabajado, con un máximo de 5,5 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (1 punto):

- Por acreditar la condición de experto en contratación pública y patrimonio local, en el que como mínimo se acredite una duración mínima de 100 horas lectivas, en contratación pública local y 100 horas lectivas en patrimonio local, que hayan sido impartidos por algún organismo público oficial y se encuentran homologados por el INAP o por el IAAP: 0,25 puntos.

- Por estar en posesión de la Licenciatura de Ciencias Políticas y Sociología, especialidad Políticas o Ciencias Políticas y de la Administración y la Licenciatura en Derecho: 0,5 puntos.

- Por estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados de los estudios de doctorado: 0,25 puntos.

C) Otros méritos (1 punto):

Por superar todos los ejercicios de la fase de oposición del proceso selectivo para el acceso a la escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría de Entrada: 1 punto.

Acreditación de méritos.

Relación de méritos (específicos y autonómicos) y documentación justificativa de los mismos debidamente compulsada o cotejada (conforme al art. 158 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales) ordenada, numerada y grapada o encuadernada en el mismo orden que estos se citan.

Los requisitos exigidos y los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

La experiencia profesional en la Administración General del Estado, Comunidad Autónoma o Diputación Provincial se acreditará mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en las que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los méritos a valorar. .

La superación de todos los ejercicios de los que consta la fase de oposición del proceso selectivo para acceder a la Escala de funcionarios con habilitación estatal, subescala de secretaría de entrada se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano competente.

3. Tribunal.

Presidente titular: El Sr. Presidente de la Corporación.

Presidente suplente: El Diputado de Función Pública y Recursos Humanos de la Corporación.

Vocales:

Titulares:

Funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría, categoría superior.

Funcionario de la Diputación Provincial de Cádiz.

Funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario: Funcionario con habilitación de carácter estatal.

Suplentes:

Funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría, categoría superior.

Funcionario de la Diputación Provincial de Cádiz.

Funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario: Funcionario con habilitación de carácter estatal.

CÓRDOBA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Bujalance.

Denominación del puesto: Interventor.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 28.

Cuantía complemento específico: 6.754,56 euros anuales.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 26.1.2012.

Convocatoria: Acuerdo de Pleno de 26.1.2012.

2. Méritos específicos:

1. Experiencia profesional: Por haber prestado servicios de Interventor o Tesorero, en condición de habilitado de carácter estatal de categoría de entrada, en Ayuntamientos de municipios cuya intervención esté clasificada de categoría de entrada o superior durante, al menos, dos años: 1 punto por año de servicio, hasta un máximo de 4 puntos.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento: Por realización de cursos sobre: Urbanismo o materias conexas; Derecho Administrativo Local Andaluz; Bienes de las Entidades Locales y Contratación, Haciendas Locales, Gestión Presupuestaria, Contabilidad y similar: hasta un máximo de 3 puntos.

a) Cursos de 20 o más horas: 0,5 puntos.

b) Cursos de 75 o más horas: 1 punto.

3. Actividad docente: En cursos específicos de Administración Local y publicaciones en revistas especializadas de ámbito nacional o autonómico que guarden relación con el contenido del puesto de trabajo: 0,1 punto por cada ponencia, hasta un máximo de 0,5 puntos.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Secretario General de la corporación correspondiente.

Los cursos se acreditarán mediante la presentación del título, diploma o certificación acreditativa original, o copia compulsada de los mismos.

La actividad docente se acreditará mediante el certificado de la actividad docente y/o copia de la publicación correspondiente.

3. Tribunal.

Presidente titular:

El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Bujalance o miembro en quien expresamente delegue.

Vocales:

Titulares:

Don José Antonio Ariza Baena, funcionario de la Junta de Andalucía.

Tres funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a la subescala de Intervención-Tesorería, categorías de entrada o superior, o de la subescala de Secretaría, categorías de entrada o superior, actuando uno de ellos, el de mayor categoría o antigüedad, de Secretario del tribunal con voz y voto.

Suplentes:

Don Ricardo Santamaría Cañones, funcionario de la Junta de Andalucía.

Tres representantes designados por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba, o personas en quienes deleguen, actuando uno de ellos, el de mayor categoría o antigüedad, como secretario.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de La Colonia de Fuente Palmera.

Población a 31 de diciembre de 2010: 11.013 habitantes.

Denominación del puesto: Viceintervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía de 3.1.2012. Ratificacion Pleno de 27.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldia de 3.1.2012.

2. Méritos específicos:

a) Por servicios efectivos prestados como funcionario perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención en puestos de trabajo de dicha subescala: 0,07 puntos por mes de servicio , máximo 2 puntos.

b) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención, ocupando puestos de trabajo de Intervención de categoría de entrada, 0,07 puntos por mes de servicio, máximo 2,5 puntos.

La puntuación anterior se incrementará hasta un máximo de 1,5 puntos distribuidos por los méritos que se indican a continuación de la siguiente forma:

b.1. Por servicios prestados en municipios constituidos al menos por cinco núcleos de población: 0,5 puntos.

b.2. Por servicios prestados en municipios con al menos una Entidad Local Autónoma dentro de su término municipal, 1 punto. .

c) Por cursos de formación y perfeccionamiento dirigidos a funcionarios con habilitación de carácter estatal, cuyo contenido esté relacionado con la contabilidad pública local, la auditoría o el derecho autonómico andaluz con una duración mínima de 50 horas lectivas: 0,50 puntos, por curso máximo 1,50 puntos.

Acreditación de méritos y valoración:

Únicamente serán valorados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

Los méritos a los que se refieren los apartados 1 a) y b) se acreditarán mediante certificado expedido por los Ayuntamientos correspondientes o mediante copia compulsada de las actas de toma de posesión y cese en los puestos de trabajo respectivos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento a los que se refiere el apartado 1.c) serán valorados únicamente cuando hayan sido homologados o impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública, a efectos del baremo de méritos generales o autonómicos para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal. Podrán ser acreditados mediante certificado o mediante fotocopia compulsada del diploma acreditativo de asistencia y superación.

3. Tribunal.

Presidente titular:

El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de la Colonia de Fuente Palmera.

Presidente suplente:

El Concejal designado por la Alcaldía.

Vocales:

Los vocales serán designados por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba entre funcionarios pertenecientes a cualquiera de las subescalas en las que se organiza la escala de habilitación de carácter estatal.

El Secretario del Tribunal lo será el de la propia Corporación.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de El Guijo.

Denominación del puesto: Secretaría, Clase Tercera.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 22.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía de 9.2.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 9.2.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal.

Presidente titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de El Guijo.

Presidente suplente: El Concejal designado por la Alcaldía.

Vocales:

Titulares:

Vocal 1.º: Don José Antonio Ariza Baena, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocal 2.º: Funcionario con habilitación de carácter estatal designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba.

Vocal 3.º: Funcionario con habilitación de carácter estatal designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba.

Vocal 4.º: Funcionario con habilitación de carácter estatal designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba.

Secretario:El designado como vocal 2.º

Suplentes:

Vocal 1.º: Doña Rafaela María Repullo Milla, funcionaria de la Junta de Andalucía.

Vocal 2.º: Funcionario con habilitación de carácter estatal designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba.

Vocal 3.º: Funcionario con habilitación de carácter estatal designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba.

Vocal 4.º: Funcionario con habilitación de carácter estatal designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Córdoba.

Secretario: El designado como vocal 2.º

En el caso de que coincida la ausencia de un vocal y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Mancomunidad de Municipios de Los Pedroches.

Denominación del puesto: Secretaría, Clase Tercera.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de presidencia de 30.1.2012, en virtud de delegacion de la Junta de Mancomunidad de fecha 13.12.2011.

Convocatoria: Decreto de Presidencia de 30.1.2012.

Méritos específicos: Puntuación máxima: 7,5 puntos.

A) Experiencia Profesional:

Por conocimiento y experiencia en el desarrollo del trabajo en Mancomunidades de características similares. Máximo 5 puntos.

Por haber desempeñado puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala y categoría Secretaría-Intervención, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, mediante cualquiera de las fórmulas de provisiones de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal (ya sea en propiedad, provisional, en comisión de servicios, acumulado o interino): 0,2 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, en mancomunidades de municipios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía que reúnan, a la fecha de aprobación de las siguientes bases, cualquiera de las siguientes características, acreditadas mediante certificación del Secretario de la Corporación correspondiente con el visto bueno de la Presidencia, en el que conste el tiempo de servicios:

- Que esté constituída por un número de ayuntamientos superior a 15 y cuente a 1 de enero de 2012 con un presupuesto inicial comprendido entre 1 y 3 millones de euros: máximo 4 puntos.

- Mancomunidades de naturaleza turística, esto es, que por estatutos tenga atribuido como fin el turístico: máximo 1 punto.

B) Formación y perfeccionamiento: Máximo 2,5 puntos. .

Por asistencia a cursos que versen íntegramente sobre:

1. Planificación estratégica y/o Presupuesto Local, con una duración mínima de 15 horas lectivas. 0,5 puntos.

2. Reforma y/o actualidad normativa de la Contratación en el Sector Público, con una duración mínima de 20 horas lectivas. 0,5 puntos. El mismo debe haber sido impartido con posterioridad al 31.10.2007, fecha de publicación de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

3. El Estatuto Básico del Empleado Público, con una duración mínima de 20 horas lectivas. 0,5 puntos. El mismo debe haber sido impartido con posterioridad al 13.4.2007, fecha de publicación de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

4. Contabilidad Pública Local (EPRICAL), con una duración mínima de 40 horas lectivas. 1 punto.

C) Medios de Acreditación y Valoración:

- La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de certificado del Secretario de la Corporación correspondiente con el visto bueno de la Presidencia, en el que conste el tiempo de servicios prestados.

- La naturaleza turística de la entidad se acreditará mediante fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad en los que conste entre los fines de la misma el turístico.

- Los cursos deberán: tener la duración mínima en horas lectivas señalada; haber sido impartidos con posterioridad a la fecha indicada en el punto anterior (en los casos en que así se indique), con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas; haber sido impartidos por Organismo Público Oficial o Institución Privada con homologación por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública u organismo autonómico con competencias equivalentes. Su acreditación se hará mediante original o copia compulsada del certificado de asistencia o título de los cursos acreditativos de los mismos.

Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El tribunal podrá recabar formalmente de los interesados la documentación que estime pertinente para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo asimismo realizar consultas a las Administraciones o Entidades Públicas competentes.

3. Composición del Tribunal.

El Tribunal de Valoración será mayoritariamente técnico en cumpliento de lo dispuesto en el artículo 21 del real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre Provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal y estará constituido de la siguiente forma:

a) Presidente:

Presidente titular: Don Juan Díaz Caballero, Presidente de la Mancomunidad de Municipios de los Pedroches.

Presidente suplente: Don Francisco Javier Arenas Vacas, Vicepresidente de la Mancomunidad de Municipios de los Pedroches.

b) Vocales:

Vocales titulares:

Don Joaquín Porras Priego, Funcionario con habilitación de carácter estatal.

Doña Laura María Sánchez Fernández, Funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Don Antonio Martín Durán, Funcionario con habilitación de carácter estatal.

Doña María Leonor Jiménez Ortega, Funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocales suplentes:

Doña Carmen López Ruiz, Funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Doña Lidia Barbero Diéguez, Funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Doña María Isabel Hens Pulido, Funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Don José Carlos Rodríguez Diz, Funcionario con habilitación de carácter estatal.

Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de trabajo: 13 de diciembre de 2011.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Obejo.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Iintervención.

Nivel del complemento de destino: 22.

Cuantía complemento específico: 5.797,80 euros.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 9.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 9.2.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal.

Presidente titular:

Sr. Alcalde-Presidente o persona en quien delegue.

Vocales:

Don José Antonio Ariza Baena, funcionario de la Junta de Andalucía.

Tres representantes designados por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba, o personas en quienes deleguen, actuando uno de ellos como Secretario del Tribunal.

Vocales suplentes:

Doña M.ª Paz de Diego Rodrigo, funcionaria de la Junta de Andalucía.

Tres representantes designados por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba, o personas en quienes deleguen, actuando uno de ellos como Secretario.

GRANADA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Albuñol.

Denominación del puesto: Secretaría, Clase Segunda.

Subescala y categoría: Secretaría, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 24.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No .

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto 6.2.2012. Rectificación Pleno 21.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 6.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia profesional (2 puntos):

Se valorarán con un máximo de 1 punto, a razón de 0’01 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto de Secretaría, con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población superior a 5.000 habitantes.

Se valorarán con un máximo de 1 punto, a razón de 0’02 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto de Secretaría con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuyo término municipal esté afectado total o parcialmente por la Ley de Costas.

2. Formación y perfeccionamiento (2 puntos):

2.1. Por realización de cursos sobre responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración de 20 horas lectivas o superior y homologado por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de funcionarios con habilitación estatal:

De 20 horas a 40 horas 0,2 puntos por asistencia.

De 41 a 100 horas 0,5 puntos por asistencia.

2.2. Por la realización de Curso de Especialización sobre Ordenamiento del Territorio y Urbanismo, con una duración superior a las 120 horas lectivas homologado por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de funcionarios con habilitación estatal: 0,5 puntos por la asistencia.

2.3. Por la realización de Curso de Especialización en Patrimonio Municipal de las Entidades Locales con una duración de 120 horas lectivas y homologado por INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de funcionarios con habilitación de carácter estatal: 0,5 puntos por la asistencia.

2.4. Por la realización de Curso de Especialización en Recursos Humanos o de Personal al servicio de las Administraciones Locales con una duración de 120 horas lectivas y homologado por INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de funcionarios con habilitación estatal: 0,5 puntos por la asistencia.

3. Otros méritos (3,5 puntos):

3.1. Diploma de Estudios Avanzados de Doctorado en Licenciatura o Grado en Derecho, en materia de Derecho Administrativo. Puntuación: 1 punto.

3.2. Por la dirección académica o coordinación de cursos de formación convocados u homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de funcionarios con habilitación estatal: por cada acción formativa 0,10 puntos (puntuación máxima 0,50 puntos).

3.3. Por la participación como profesor en cursos de formación convocados u homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de funcionarios con habilitación estatal: por cada acción formativa 0,10 puntos (puntuación máxima 1 puntos).

3.4. Por autoría de artículos doctrinales, estudios prácticos o formularios relacionados con el Derecho Administrativo o el Régimen Local: por cada publicación: 0,10 puntos (puntuación máxima 1 punto). En caso de autoría conjunta, se aplicará la puntuación proporcional al número de autores.

3.5. Por cada capítulo de obra colectiva publicada en materia de Derecho Administrativo o Régimen Local: 0,10 puntos, con un máximo de 0,50 puntos. En caso de autoría conjunta, se aplicará la puntuación proporcional al número de autores.

Acreditación de méritos:

1. Los méritos de experiencia profesional se acreditarán mediante la presentación de certificación de la Secretaría General de las Corporaciones Locales correspondientes.

2. Los méritos de formación y prefeccionamiento se acreditarán mediante certificación expedida por el órgano competente de la entidad organizadora de la acción formativa.

3. La acredfitación de otros méritos específicos se efectuará de la siguiente manera:

3.1. Diploma de Estudios avanzados, expedido por la autoridad competente.

3.2. Certificación de órgano competente sobre coordinación o dirección académica de cursos de formación.

3.3. Certificación de órgano competente acreditativo de la participación como profesor en las mencionadas acciones formativas.

3.4 Fotocopia donde figure la referencia de la obra, autoría atribuida, páginas inicial y final.

4. La acreditación de los méritos podrá efectuarse a través de la presentación de documentos originales, autenticados o compulsados, o con la declaración responsable “es copia fiel del original”, con la firma de la persona aspirante a la provisión. Podrá exigirse la acreditación mediante documentación original, autenticada o compulsada, a la persona aspirante propuesta por el Tribunal para la provisión del puesto.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Juan María Rivas Moreno, Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Albuñol.

Presidente suplente: Concejal o Concejala en quien delegue.

Vocales Titulares:

Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Un vocal designado por el Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de Granada entre los habilitados estatales.

Un vocal designado por el Colegio de Secretarios e Interventores de Granada.

Don Francisco L. Juárez Juárez, Secretario Acctal.

Vocales Suplentes:

Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Un vocal designado por el Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de Granada entre los habilitados estatales.

Un vocal designado por el Colegio de Secretarios e Interventores de Granada.

Don Carlos Bullejos Calvo, Subescal de Secretaría, Categoría Entrada.

Secretario Titular: Don Francisco L. Juárez Juárez.

Secretario Suplente: Don Carlos Bullejos Calvo.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la relación de puestos de trabajo: 6.2.2012.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Albuñol.

Denominación del puesto: Intervención, Clase Segunda.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 24.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto 6.2.2012, ratificación Pleno 21.3.2012.

Convocatoria: Decreto 6.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia profesional (4 puntos):

1.1. Se valorarán con un máximo de 2 puntos, a razón de 0,01 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto de Intervención, con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población superior a 5.000 habitantes.

1.2. Se valorarán con un máximo de 1 punto, a razón de 0,01 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto de Tesorería con nombramiento definititivo, provisional o comisión de servicios, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1.3. Se valorará con un máximo de de 1 punto, a razón de 0,01 puntos por mes, los servicios prestado en el puesto de Técnico de Administración General, o similar, rama económica, con nombramiento provisional, definitivo, comisión de servicios o nombramiento interino.

2. Formación y perfeccionamiento (3,5 puntos):

2.1. Por cursos de formación o perfeccionamiento en materia de Derecho Administrativo Local con una duración mínima de 25 horas lectivas , 1,5 puntos.

2.2. Por cursos de formación o perfeccionamiento en materia económico presupuestaria con una duración mínima de 25 horas lectivas, 2 puntos.

Acreditación de méritos:

1. Los méritos de experiencia profesional se acreditarán mediante la presentación de certificación de la Secretaría General de las Corporaciones Locales correspondientes.

2. Los méritos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante certificación expedida por el órgano competente de la entidad organizadora de la acción formativa, sólo se admitirán los cursos homologados por el INAP o IAAP que hayan sido homologados.

3. La acreditación de los méritos podrá efectuarse a través de la presentación de documentos originales, autenticados o compulsados, o con la declaración responsable «es copia fiel del original», con la firma de la persona aspirante a la provisión. Podrá exigirse la acreditación mediante documentación original, autenticada o compulsada, a la persona aspirante propuesta por el Tribunal para la provisión del puesto.

4. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Juan María Rivas Moreno, Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Albuñol.

Presidente suplente: Concejal o Concejala en quien delegue.

Vocales Titulares:

Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Un vocal designado por el Servicio de Intervención de la Diputación de Granada.

Un vocal designado por el Colegio de Secretarios e Interventores de Granada.

Don Manuel E. Fernández Galdeano, Interventor Acctal.

Vocales Suplentes:

Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Un vocal designado por el Servicio de Intervención de la Diputación de Granada.

Un vocal designado por el Colegio de Secretarios e Interventores de Granada.

Un vocal designado por la Alcaldía.

Secretario titular: Don Manuel E. Fernández Galdeano, Interventor Acctal.

Secretario suplente: Un vocal designado por la Alcaldía.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la relación de puestos de trabajo: 6.2.2012.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Agrupación de las Entidades Locales Autónomas de Fornes y Játar.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico anual: 11.993,52 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Junta Vecinal 31.1.2012 y 3.2.2012 rectificación Resolución 23.3.2012 y 21.3.2012.

Convocatoria: JUnta Vecinal 31.1.2012 y 3.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

Experiencia profesional: (7,5 puntos).

a) Se valorarán con un máximo de 2,40 puntos a razón de 0,30 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto de Secretaría-Intervención, con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, de una agrupación de Municipios, Entidades Locales Autónomas o de ambas entre si de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población resultante de ambas entidades inferior a 2.000 habitantes.

b) Se valorarán con un máximo de 3 puntos, a razón de 0,20 puntos por mes completo, los servicios prestados en el puesto de Secretaría-Intervención, con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, de una Entidad Local Autónoma de Andalucía con una población inferior a los 1.000 habitantes. En el caso de agrupaciones, se valorará de forma independiente cada una de las entidades agrupadas.

c) Se valorarán con un máximo de 2,10 puntos, a razón de 0,15 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto Secretaría-Intervención, con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios de Entidades Locales de Andalucía con presupuesto en vigor con unos recursos por operaciones corrientes no superior a 650.000’00 euros. En el caso de agrupaciones, se valorará de forma independiente cada una de las entidades agrupadas.

Acreditación de méritos:

Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Los méritos a valorar deberán relacionarse siempre en la solicitud de participación.

La experiencia profesional se acreditará documentalmente mediante certificado de servicios original expedido por el Ayuntamiento o Entidad Local donde se hubieren prestado los servicios objeto de valoración, si bien se valorarán asimismo aquéllos méritos que ya consten inscritos en el Registro Integrado de Funcionarios con habilitación estatal.

Para que puedan ser valorados por el tribunal, en la documentación aportada deberán constar de forma clara e indubitada los méritos alegados sin necesidad de mayores averiguaciones por el Tribunal.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente titular: Sra. Presidenta de la ELA de la Villa de Fornes.

Presidente suplente: Sr. Presidente de la ELA de la Villa de Játar.

Vocales titulares:

Vocal 1.º: Un funcionario de carrera designado por la Presidencia de la ELA de Játar.

Vocal 2.º: Un funcionario de carrera designado por la Presidencia de la ELA de Fornes.

Vocal 3.º: Un funcionario con habilitación de carácter estatal, designado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Granada (COSITAL Granada).

Vocal 4.º: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Se designará un suplente por cada vocal titular.

Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario: Será elegido por el propio Tribunal entre los vocales.

Los vocales, tanto titulares como suplentes, deberán estar en posesión de titulación igual o superior al puesto de trabajo objeto de concurso.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Freila.

Denominación del puesto: Secretaría-Iintervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 23.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto Alcaldía 7.2.2012, ratificada Pleno 28.3.2012.

Convocatoria: Decreto Alcaldía 7.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia profesional (6 puntos).

Por haber prestado servicios de Secretaría-Intervención en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,10 puntos por mes con un máximo de 6 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento (1,5 puntos).

Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por el INAP o el IAAP, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo hasta un máximo de 1,5 puntos. La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de 15 a 30 horas: 0,125 puntos por curso.

Cursos de 31 a 50 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de 51 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de 101 o más horas: 0,5 puntos por curso.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de certificado expedido por el Secretario General de la Corporación correspondiente.

Los cursos se acreditarán mediante la presentación del título, diploma o certificación acreditativa del original o copia compulsada de los mismos.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Abelardo Vico Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Freila.

Presidente suplente: Concejal o Concejala en quien delegue.

Vocales Titulares:

Vocal 1.º: Doña Mercedes Dabán Sánchez, Secretaria-Interventora, Subescala Secretaría-Intervención.

Vocal 2.º: Doña M.ª Belén Olivares Flores, Secretaria-Interventora, Subescala Secretaría-Intervención.

Vocal 3.º: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don Jose Luis Garrido Cabrera, Secretario-Interventor, Subescala Secretaría-Intervención.

Vocal 2.º: Don Antonio Linares García, Secretario-Interventor, Subescala Secretaría-Intervención.

Vocal 3.º: Don Juan Gabriel Moraga Álvarez, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Doña Margarita Rojas Martín, Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario suplente: Doña Elena Valenzuela Poyatos, Secretaria-Interventora, Subescala Secretaría-Intervención.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Guadix.

Denominación del puesto: Interventor.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 31.1.2012.

Convocatoria: Resolución Alcaldía 6.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia Profesional (5 puntos).

Por servicios prestados en puestos reservados a funcionarios de habilitación estatal de la subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Superior, en municipios cuya Intervención esté clasificada de primera (art. 2.d. R.D. 1732/1994, de 29 de julio), se otorgará un punto por cada año de servicio, hasta un máximo de 5 puntos (no se computarán las fracciones del año ni serán acumulativas).

2. Formación y perfeccionamiento (1,5 puntos).

Por cursos directamente relacionados con las funciones reservadas al puesto de Interventor y homologado por el INAP o el IAAP:

Por cada curso de duración superior a 20 horas: 0,2 puntos.

Por cada curso de duración superior a 40 horas: 0,4 puntos.

Por cada curso de duración superior a 60 horas: 0,6 puntos.

Por cada curso de duración a 100 horas: 1,0 puntos.

3. Otros méritos: (1,0 puntos).

Por la permanencia sin interrupción en puesto de Intervención clasificadas de primera:

Por cada dos años de permanencia sin interrupción: 0,5 puntos.

Acreditación de méritos.

Los méritos recogidos en los apartados 1 y 3 del punto 2 se acreditarán mediante certificado expedido por el Secretario de la Corporación correspondiente en el que se acredite los méritos que se pretenden valorar, con expresa mención que el puesto de Intervención esté clasificado en primera de acuerdo con lo dispuesto en el art. 2.d) R.D. 1732/1994, de 29 de julio.

Los méritos correspondientes al apartado 2 del punto 2 se acreditarán mediante presentación de original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u órgano correspondiente.

Se rechazarán aquellos títulos, diplomas o certificaciones que no expliciten la duración del curso, así como los que no estén homologados por el INAP o IAAP.

4. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Guadix.

Presidente suplente: 1.ª Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Guadix.

Vocales titulares:

Vocal 1.º: Don Prudencio Mesas Heras, Interventor Categoría Superior.

Vocal 2.º: Don Damián Rega Medialdea, Secretario Categoría Superior.

Vocal 3.º: Doña Carolina Martínez Amiguetti, Interventora Categoría Superior.

Vocal 4.º: Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don José Arráez Navarrete, Funcionario Grupo A1 Ayuntamiento de Guadix.

Vocal 2.º: Don Jose Antonio Villegas Romero, Funcionario Grupo A1 Ayuntamiento de Guadix.

Vocal 3.º: Don Juan Ignacio de Pablo Salazar, Interventor Categoría Entrada.

Vocal 4.º: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Don Damián Rega Meadialdea, Secretario Categoría Superior.

Secretario suplente: Don José Arráez Navarrete, Funcionario Grupo A1 Ayuntamiento de Guadix.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 31.1.2012.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Subescala Secretaría, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 31.1.2012.

Convocatoria: Acuerdo Junta de Gobierno Local 30.1.2012.

Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Francisco Luis Martín Oliva, Jefe del Servicio de Economía y Hacienda.

Presidente suplente: Don Francisco Zafra López, Jefe del S. de Recaudación y Gestión Financiera.

Vocales titulares.

Vocal 1.º: Don Gustavo García- Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter estatal, Vicesecretario del Ayuntamiento de Granada.

Vocal 2.º: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocal 3.º: Don Juan Fernando Pérez Estévez, Jefe del Servicio de Urbanismo.

Vocal 4.º: Doña Encarnación Gándara Márquez, Jefe de Sección de Tramitación y A.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don Juan José Pérez Fonollá, funcionario con habilitación de carácter estatal, Viceinterventor del Ayuntamiento de Granada.

Vocal 2.º: Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucia.

Vocal 3.º: Doña Teresa Valenzuela Merino, Jefe del Servicio de Personal.

Vocal 4.º: Don Francisco Fermín Jiménez Lacima, Jefe del Servicio de Medio Ambiente.

Secretario: Las funciones de Secretario serán desempeñadas por el cuarto titular, y en su caso, por el suplente.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Tesorero.

Subescala y categoría: Subescala Intervención.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 25.2.2011, Modificación Pleno 31.1.2012.

Convocatoria: Acuerdo Junta de Gobierno Local 30.1.2012.

Méritos específicos:

No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Francisco Luis Martín Oliva, Jefe del Servicio de Economía y Hacienda.

Presidente suplente: Don Francisco Zafra López, Jefe del S. de Recaudación y Gestión Financiera.

Vocales titulares.

Vocal 1.º: Don Gustavo García-Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter estatal, Vicesecretario del Ayuntamiento de Granada.

Vocal 2.º: Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocal 3.º: Don Inmaculada Sierra Morcillo, Letrada.

Vocal 4.º: Doña Encarnación Gándara Márquez, Jefe de Sección de Tramitación y A.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don Juan José Pérez Fonollá, funcionario con habilitación de carácter estatal, Viceinterventor del Ayuntamiento de Granada.

Vocal 2.º: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucia.

Vocal 3.º: Don Juan Pérez Estévez, Jefe del Servicio de Urbanismo.

Vocal 4.º: Don Francisco Fermín Jiménez Lacima, Jefe del Servicio de Medio Ambiente.

Secretario: Las funciones de Secretario serán desempeñadas por el cuarto titular, y en su caso, por el suplente.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Interventor.

Subescala y categoría: Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: Sí 25%.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 25.2.2011, Modificación Pleno 31.1.2012.

Convocatoria: Acuerdo Junta de Gobierno Local 30.1.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Formación y Perfeccionamiento (7,5 puntos).

Formación específica en contabilidad-presupuestos.

Se valorará la formación específica con hasta 7,5 puntos por la realización de acciones formativas en materia de Contabilidad o Presupuestos según el siguiente detalle:

a) Por acciones formativas sobre el Plan de Contabilidad para la Administración Local impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso 0,5 puntos hasta un máximo de 3,75 puntos.

b) Por acciones formativas en la aplicación informática SICAL de Contabilidad impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso 0,5 puntos hasta un máximo de 3,75 puntos.

Acreditación de méritos.

Los méritos específicos se acreditarán mediante copia compulsada del diploma o certificado de asistencia a la correspondiente acción formativa.

Junto con la solicitud para concursar por el puesto se adjuntará Curriculum Vitae del interesado y la documentación acreditativa de los méritos alegados.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Francisco Zafra López, Jefe del Servicio de Recaudación y Gestión Financiera.

Presidente suplente: Don Francisco Luis Martín Oliva, Jefe del Servicio de Economía y Hacienda.

Vocales titulares.

Vocal 1.º: Don Gustavo García-Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter estatal, Vicesecretario del Ayuntamiento de Granada.

Vocal 2.º: Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocal 3.º: Don Inmaculada Sierra Morcillo, Letrada.

Vocal 4.º: Don Francisco Fermín Jiménez Lacima, Jefe del Servicio de Medio Ambiente.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º: Don Juan José Pérez Fonollá, funcionario con habilitación de carácter estatal, Viceinterventor del Ayuntamiento de Granada.

Vocal 2.º: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucia.

Vocal 3.º: Don Juan Fernando Pérez Estévez, Jefe del Servicio de Urbanismo.

Vocal 4.º: Doña Encarnación Gándara Márquez, Jefe de Sección de Tramitación y A.

Secretario: Las funciones de Secretario serán desempeñadas por el cuarto titular, y en su caso, por el suplente.

4. Fecha de inclusion de los meritos especificos del puesto convocado en la Relacion de Puestos de Trabajo:

Pleno 20.12.2010 por el que se aprueba definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Motril para 2010.

Relación de Puestos de Trabajo de 2010 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 249, de 30 de diciembre de 2010 (página 57).

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Órgiva.

Denominación del puesto: Intervención Clase 2.ª

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto Alcaldía 27.1.2012, ratificación Pleno 24.2.2012.

Convocatoria: Decreto de la Alcaldía de 30.1.2012.

2. Méritos específicos:

No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Doña María Ángeles Blanco López, Alcaldesa del Ayuntamiento.

Presidente suplente: Don Antonio Estévez Martín.

Vocales titulares:

Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Doña Raquel Ruiz Carmona (funcionaria con habilitación de carácter estatal).

Vocales suplentes:

Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Don José Antonio Zaldívar Martínez, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Secretario titular: Don José López Ortiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario suplente: Don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Rubite.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Pleno de 31.1.2012. Rectificación Pleno 4.4.2012.

Convocatoria: Resolución Alcaldía de 27.1.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia profesional (6 puntos).

Por haber prestado servicios de Secretaria-Intervención en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía 0,25 puntos por mes con un máximo de 6 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento (1,5 puntos).

Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por el INAP o el IAAP, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo hasta un máximo de 1,5 puntos. La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de 15 a 30 horas: 0,125 puntos por curso.

Cursos de 31 a 50 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de 51 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de 101 o más horas: 0,5 puntos por curso.

Acreditación de méritos.

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Secretario General de la Corporación correspondiente.

Los cursos se acreditarán mediante presentación del título, diploma o certificación acreditativa original, o copia compulsada de los mismos.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde de la Corporación.

Presidente suplente: Teniente de Alcalde de la Corporación.

Vocales titulares: 4.

3 Funcionarios de carrera designados por el Alcalde, entre los que uno de ellos será habilitado de carácter estatal de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde y don Javier Casado Capell, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes: 4.

3 Funcionarios de carrera designados por el Alcalde, entre los que uno de ellos será habilitado estatal de igual o superior categoría que la del puesto convocado, desgnado por el Alcalde y don José López Ortiz, funcionario de la Junta Junta de Andalucía.

Secretario titular: Será designado por el Alcalde de entre los vocales.

Secretario suplente: Será designado por el Alcalde de entre los vocales.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Ugíjar.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución 5.2.2012. Rectificada Pleno 20.3.2012.

Convocatoria: Resolución Alcaldía 8.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia profesional (6 puntos).

Por haber prestado servicios de Secretaria-Intervención en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, 0,10 puntos por mes con un máximo de 6 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento (1,5 puntos).

Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por el INAP o el IAAP, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo hasta un máximo de 1,5 puntos. La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de 15 a 30 horas: 0,125 puntos por curso.

Cursos de 31 a 50 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de 51 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de 101 o más horas: 0,5 puntos por curso.

Acreditación de méritos.

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Secretario General de la Corporación correspondiente.

Los cursos se acreditarán mediante presentación del título, diploma o certificación acreditativa original, o copia compulsada de los mismos.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Doña María Remedios Álvarez Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Ugíjar.

Presidente suplente: Concejal/a en quien delegue.

Vocales titulares:

Don Víctor David Burgos, funcionario con habilitación de carácter estatal de la Excma. Diputación Provincial de Granada.

Don Ángel Berrio Bolea, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Doña Encarnación Jiménez Romero, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Vocales suplentes:

Don José Vicente Oliver Fernández, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Don Luis Rojas Jiménez, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Don Juan Jesús Montoya, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Secretario titular: Doña Enriqueta Soberbio Martín, Técnica de Administración General del Ayuntamiento de Illora.

Secretario suplente: Don José Antonio Jiménez Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter estatal del Ayuntamiento de Cádiar.

HUELVA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Cortegana (Huelva).

Denominación del puesto: Intervención de 2.ª clase.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 22.

Complemento específico: 4.255,56 euros anuales.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Aprobación de las bases: Decreto de 7.2.2012, ratificado por el Pleno de la Corporación el 30.3.2012.

Convocatoria: Decreto de 7.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia Profesional:

- Por cada año de servicio prestado como funcionario con habilitación de carácter estatal en plaza de igual o superior categoría, 0,25 puntos, con un máximo de 3,5 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento:

- Por cada curso con una duración mínima de 20 horas, realizado e impartido por Escuelas Oficiales de Funcionarios de las Corporaciones Locales o de las Comunidades Autónomas, sobre materias directamente relacionadas con informática aplicada a la Administración Local, SICAL o contabilidad, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos.

C) Otros méritos:

- Ponencias: Por participar como ponente en jornadas o cursos sobre Gestión Presupuestaria y Contable de las Entidades Locales se valorarán con un máximo de 2 puntos, a razón de 0,50 puntos por cada actividad docente realizada.

Acreditación de méritos:

Forma de acreditar los méritos específicos: Fotocopia de certificado, títulos, certificaciones académicas, contratos, todas ellas debidamente compulsadas.

3. Tribunal de valoración.

Composición del Tribunal:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente.

Suplente: El Señor Primer Teniente de Alcalde.

Vocal(es):

Don José Sánchez Pantrigo, funcionario de la Junta de Andalucía.

Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado.

Suplentes:

Don Francisco Martín Riego, funcionario de la Junta de Andalucía.

Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado.

Actuará como secretario/a del tribunal, un funcionario de la Corporación.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Cumbres Mayores (Huelva).

Denominación del puesto: Secretaría de Clase 3.ª

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 20.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía 7/2012, de fecha 9.2.2012, ratificado por el Pleno el 5.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 7/2012, de fecha 9.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

1. Experiencia profesional:

- Por cada año de servicio prestado como funcionario con habilitación de carácter estatal en plaza de igual o superior categoría, 0,25 puntos, con un máximo de 2 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento:

- Por cada curso con una duración mínima de 20 horas, realizado e impartido por escuelas oficiales de funcionarios de las Corporaciones Locales o de las Comunidades Autónomas, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2,5 puntos.

3. Otros méritos:

- Por el desempeño de puestos de trabajo en las Entidades Locales del territorio, como abogados al servicio de la Administraciòn Local, con una duración mínima de un año, 0,25 puntos por año, hasta un máximo de 1,50 puntos.

- Legislación y conocimientos sectoriales. Por participar como ponente en jornadas o cursos sobre urbanismo, montes y medio ambiente, organizados por Instituciones oficiales se valorarán con máximo de 0,25 cada uno, hasta un máximo de 1,50 puntos.

Acreditación de méritos:

Forma de acreditar los méritos específicos: Mediante fotocopia de certificado, títulos, certificaciones académicas, contratos, todas ellas debidamente compulsadas.

3. Tribunal de valoración.

Composición del Tribunal:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente.

Suplente: El Señor Primer Teniente de Alcalde.

Vocales:

Don Javier Vázquez Navarrete, funcionario de la Junta de Andalucía, que actuará como Secretario del Tribunal.

Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado.

Suplentes:

Don José Sánchez Pantrigo, funcionario de la Junta de Andalucía, que actuará como Secretario del Tribunal.

Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Palos de la Frontera (Huelva).

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 10.614,60 euros anuales.

Situación actual: Vacante.

entrevista: no.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía de 9.2.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 9.2.2012.

2. Méritos específicos:

A) Experiencia profesional:

- Se valorará el trabajo desarrollado en puestos de trabajo reservados a funcionario con habilitación de carácter estatal, de la Subescala de Intervención-Tesorería.

0,10 puntos por cada mes de servicio.

Hasta un máximo de 5,00 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento:

- Se valorarán los cursos impartidos y homologados por el Instituto de Administraciones Públicas, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas, sobre materias relacionadas con las funciones asignadas al puesto.

Por cada 10 horas o fracción: 0,10 puntos.

Hasta un máximo de 2,50 puntos.

Acreditación de méritos:

- Los cursos de formación y perfeccionamiento deberán acreditarse, mediante la aportación, del original o fotocopia debidamente cotejada, del título o documento justificiativo de la realización de los mismos.

Los cursos a valorar serán los impartidos y homologados por el Instituto de Administraciones Públicas, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas.

Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.

- La experiencia profesional será acreditada, mediante certificación expedida por la Administración correspondiente.

- Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

3. Tribunal.

Estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente:

Titular: Don Carmelo Romero Hernández, Alcalde-Presidente de la Corporación.

Suplente: Doña Gema M.ª Domínguez Moreno, Concejala de la Corporación.

Vocales:

Tres funcionarios con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designados por el Sr. Alcalde:

Titulares: Doña Ana María Parrales Santillana.

Don Fernando Valera Díaz.

Don José M.ª Sánchez de Prada.

Suplentes: Don Julián Valiente Rubio.

Doña Sara Hernández Ibabe.

Don Juan Manuel Rodríguez Gómez.

Un representante, titular y suplente, funcionario de la Junta de Andalucía designado por la Dirección General de Administración Local:

Titular: Don José Sánchez Pantrigo.

Suplente: Don Francisco Martín Riego.

Secretario:

Titular: Doña M.ª Soledad Rivas Laguarta, funcionaria de habilitación estatal.

Suplente: Doña Mercedes Cabeza Muñoz, funcionaria de la Corporación.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva).

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 23.328,9 euros/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía 6.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía 6.2.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: Don Gonzalo Rodríguez Nevado, Alcalde Presidente de la Corporación.

Presidente Suplente: Don Francisco Jesús Fernández Ferrera, Concejal de Personal.

Vocales Titulares:

Doña Ana María Parrales Santillana.

Don Fernando Valera Díaz.

Don José María Sánchez de Prada.

Don Javier Vázquez Navarrete, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales Suplentes:

Don Julián Valiente Rubio.

Don José Calviño Berlanga.

Don Juan Manuel Rodríguez Gómez.

Don José Sánchez Pantrigo, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario Titular: Don Manuel Jesús Feria Ponce, Secretario accidental de la Corporación.

Secretario suplente: Don Tomás Díaz García, funcionario de la Corporación, Técnico de Administración General.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva).

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 15.552,60 euros/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía 6.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía 5.2.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: Don Gonzalo Rodríguez Nevado, Alcalde Presidente de la Corporación.

Presidente Suplente: Don Francisco Jesús Fernández Ferrera, Concejal de Personal.

Vocales Titulares:

Doña Ana María Parrales Santillana.

Don Fernando Valera Díaz.

Don José María Sánchez de Prada.

Don Francisco Martín Riego, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales Suplentes:

Don Julián Valiente Rubio.

Don José Calviño Berlanga.

Don Juan Manuel Rodríguez Gómez.

Don José Sánchez Pantrigo, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario Titular: Don Manuel Jesús Feria Ponce, Secretario accidental de la Coporación.

Secretario Suplente: Don Tomás Díaz García, funcionario de la Corporción, Técnico de Administración General.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva).

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 15.552,60 euros/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía 6.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía 6.2.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: Don Gonzalo Rodríguez Nevado, Alcalde Presidente de la Corporación.

Presidente Suplente: Don Francisco Jesús Fernández Ferrera, Concejal de Personal.

Vocales Titulares:

Doña Ana María Parrales Santillana.

Don Fernando Valera Díaz.

Don José María Sánchez de Prada.

Don José Sánchez Pantrigo, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales Suplentes:

Don Julián Valiente Rubio.

Don José Calviño Berlanga.

Don Juan Manuel Rodríguez Gómez.

Don. Javier Vázquez Navarrete, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario Titular: Don Manuel Jesús Feria Ponce, Secretario accidental de la Coporación.

Secretario Suplente: Don Tomás Díaz García, funcionario de la Corporción, Técnico de Administración General.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Rosal de la Frontera (Huelva).

Denominación del puesto: Secretaría de Clase 3.ª

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 23.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Plenario de 5.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 7/2012, de 7.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional:

- Por cada año de servicio prestado como funcionario con habilitación de carácter estatal en plaza de igual o superior categoría, 0,25 puntos, con un máximo de 2 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento:

- Por cada curso con una duración mínima de 20 horas, realizado e impartido por escuelas oficiales de funcionarios de las Corporaciones Locales o de las Comunidades Autónomas, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2,5 puntos.

C) Otros méritos:

- Por el desempeño de puestos de trabajo en las Entidades Locales del territorio, por ejercer actividad profesional de abogado, con una duración mínima de un año, 0,25 puntos por año, hasta un máximo de 1,50 puntos.

- Legislación y conocimientos sectoriales. Por participar como ponente en jornadas o cursos sobre urbanismo, montes y medio ambiente, organizados por Instituciones Oficiales se valorarán con máximo de 0,25 cada uno, hasta un máximo de 1,50 puntos.

Acreditación de méritos:

Forma de acreditar los méritos específicos: Mediante fotocopia de certificado, títulos, certificaciones académicas, contratos, todas ellas debidamente compulsadas.

3. Tribunal de valoración.

Composición del Tribunal:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente.

Suplente: El señor Primer Teniente de Alcalde.

Vocal(es):

1.º DonFrancisco Martín Riego, funcionario de la Junta de Andalucía.

2.º Un funcionario de carrera con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado.

Vocales Suplentes:

1.º Don Javier Vázquez Navarrete, funcionario de la Junta de Andalucía.

2.º Un funcionario de carrera con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado.

JAÉN

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Cazorla población a 1 de enero de 2011: 8.125.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Entrada.

Nivel de complemento de destino: 26.

Complemento específico (ejercicio 2012): 769,09 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Prevista jubilación: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 2.2.2012.

Convocatoria: Acuerdo de Pleno de 2.2.2012.

2. Méritos especificos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (máximo 4,50 puntos).

Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios con habilitación de carácter estatal en el puesto de Intervención, en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios con habilitación de carácter estatal, como Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado 2 es de 3 puntos.

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios con habilitación de carácter estatal:

1. Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre estudios de costes, régimen jurídico y gestión de tasas y precios públicos en la Administración Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

2. Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la materia de la protección de los consumidores y usuarios en el ámbito local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

3. Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

Acreditación de méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal:

Presidente titular: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cazorla o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

Tres vocales y tres suplentes, funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

Don Eloy Tobaruela Quesada, funcionario de la Junta de Andalucía. Suplente: Doña María Dolores Medina de la Chica, funcionaria de la Junta de Andalucía.

En caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Mancha Real.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 28.

Entrevista: No.

pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 26.1.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 26.1.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal:

Presidente titular: Alcalde/sa.

Presidente suplente: Primer/a Teniente de Alcalde.

Vocales titulares:

Don Eloy Tobaruela Quesada, funcionario de la Junta de Andalucía.

El titular de la Secretaría Municipal, que actuará como secretario.

Vocales suplentes:

Doña María Dolores Medina de la Chica, funcionaria de la Junta de Andalucía.

El funcionario que designe el Secretario del Ayuntamiento.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Martos.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: Sí.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 3.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía De 3.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (máximo 2,25 puntos).

Por servicios prestados en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala de Intervención-Tesorería, cualquiera que haya sido su forma de provisión, en Ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, con una población superior a 20.000 habitantes a fecha de 01/01/2009: 0,05 puntos por mes hasta un máximo de 2,25 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (Máximo 5,50 puntos).

1. Formación específica en contabilidad y presupuestos: se valorará la realización de actividades formativas según el siguiente detalle:

1. Acciones formativas sobre el Plan de Contabilidad para la Administración Local impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,50 puntos hasta un máximo de 2 puntos.

2. Por acciones formativas en la aplicación informática SICAL de contabilidad impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,50 puntos hasta un máximo de 2 puntos.

2. Otras áreas de formación: se valorará la realización de actividades formativas según el siguiente detalle:

A) Acciones formativas sobre el régimen general de contratación de conformidad con la nueva legislación de Contratos del Sector Público impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 0,75 puntos.

B) Acciones formativas sobre Derecho Administrativo Local Andaluz impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 0,75 puntos.

Acreditación de méritos:

1. Experiencia profesional: La experiencia profesional se justificará presentando, en original o fotocopia compulsada, certificado de los servicios prestados expedidos por las Entidades Locales, haciendo constar las circunstancias de la corporación que se puntúan en estas bases, así como el puesto desempeñado.

2. Cursos: Los méritos específicos se acreditarán mediante copia compulsada de diploma o certificado de asistencia a la correspondiente acción formativa.

Junto con la solicitud para concursar por el puesto se adjuntará curriculum vitae del interesado y la documentación acreditativa de los méritos alegados.

3. Tribunal:

Presidente titular: Custodia Martos Luque. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Martos.

Presidente suplente: Manuel Consuegra Melero.

Vocales titulares:

1. Rafael Antonio Martín Cano, Técnico de Administración Especial Ldo. en Derecho.

2. Cristina Orta Rodríguez. Asesor Jurídico.

Vocales suplentes:

1. Juan Salvador Martínez Moreno. Jefe Servicio de Urbanismo.

2. Ciriaco Castro Toro. Técnico Superior.

Secretario Titular: María Teresa Orta Rodríguez, Jefe Servicio de Recursos Humanos.

Secretario suplente: Carmen Martos Barranco, Técnico de Administración General.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Martos.

Denominación del puesto: Secretaria General.

Subescala y categoría: Secretaría, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: Sí.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 3.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 3.2.2012.

Meritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (Máximo 2,25 puntos).

Por servicios prestados en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala de secretaría, categoría superior, cualquiera que haya sido su forma de provisión, en Ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, con una población superior a 20.000 habitantes a fecha de 01/01/2009: 0,05 puntos por mes hasta un máximo de 2,25 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (máximo 5,50 puntos).

Se valorará la realización de actividades formativas según el siguiente detalle:

a) Acciones formativas sobre el régimen general de contratación de conformidad con la nueva legislación de Contratos del Sector Público impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 1 punto.

b) Acciones formativas sobre Derecho Administrativo Local Andaluz impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 1 punto.

c) Acciones formativas sobre Legislación urbanística andaluza impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 1 punto.

d) Acciones formativas sobre Patrimonio de las Entidades locales andaluzas impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 1 punto.

e) Acciones formativas sobre Estatuto Básico del Empleado Público, carrera profesional y evaluación del desempeño en el empleado público local impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,20 puntos hasta un máximo de 1 punto.

f) Acciones formativas sobre Régimen General de subvenciones impartidos u homologados por el INAP, IAAP u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas. Por cada curso: 0,25 puntos hasta un máximo de 0,50 puntos.

Acreditación de méritos:

- Experiencia profesional: la experiencia profesional se justificará presentando, en original o fotocopia compulsada, certificado de los servicios prestados expedidos por las Entidades Locales, haciendo constar las circunstancias de la corporación que se puntuan en estas bases, así como el puesto desempeñado.

- Cursos: Los méritos específicos se acreditarán mediante copia compulsada de diploma o certificado de asistencia a la correspondiente acción formativa.

Junto con la solicitud para concursar por el puesto se adjuntará curriculum vitae del interesado y la documentación acreditativa de los méritos alegados.

3. Tribunal:

Presidente titular: Custodia Martos Luque. Alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Martos.

Presidente suplente: Manuel Consuegra Melero.

Vocales titulares:

1. Rafael Antonio Martín Cano, Técnico de Administración Especial Ldo. en Derecho.

2. Cristina Orta Rodríguez. Asesor Jurídico.

Vocales suplentes:

1. Juan Salvador Martínez Moreno. Jefe Servicio deUrbanismo.

2. Ciriaco Castro Toro. Técnico superior.

Secretario Titular: María Teresa Orta Rodríguez, Jefe Servicio de Recursos Humanos.

Secretario suplente: Carmen Martos Barranco, Técnico de Administración General.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Peal de Becerro.

Población a 1 de enero de 2011: 5.557.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 23.

Complemento específico (ejercicio 2012): 395,53 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía de 1.2.2012 ratificado por Acuerdo de Pleno de 23.2.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 1.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (máximo 4,50 puntos).

- Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el puesto de Intervención, en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

- Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal, como Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

B) Cursos de Formación y Perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado 2 es de 3 puntos.

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios con habilitación de carácter estatal:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre estudios de costes, régimen jurídico y gestión de tasas y precios públicos en la Administración Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la materia de la protección de los consumidores y usuarios en el ámbito local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

Acreditación de méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal:

Presidente titular: Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Peal de Becerro o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

- Tres vocales y tres suplentes, funcionarios con habilitación de carácter estatal perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

- Don Eloy Tobaruela Quesada, funcionario de la Junta de Andalucía. Suplente: Doña María Dolores Medina de la Chica, funcionaria de la Junta de Andalucía.

En caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Pegalajar.

Poblacion a 1 de enero de 2011: 3.095.

Denominación del puesto: Secretario-Interventor.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento especifico (ejercicio 2011): 904,46 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 25.1.2012.

Convocatoria: Acuerdo de Pleno de 25.1.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal:

Presidente titular: Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Pegalajar o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

Tres vocales y tres suplentes, funcionarios con habilitación de carácter estatal perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

Don Eloy Tobaruela Quesada, funcionario de la Junta de Andalucía. Suplente: Doña María Dolores Medina de la Chica, funcionaria de la Junta de Andalucía.

En caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Quesada.

Poblacion a 1 de enero de 2012: 5.921.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico (ejercicio 2012): 512,94 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía de 3.2.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 3.2.2012.

Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (máximo 4,50 puntos).

- Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el puesto de Intervención, en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

- Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal, como Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado 2 es de 3 puntos.

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios con habilitación de carácter estatal:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre estudios de costes, régimen jurídico y gestión de tasas y precios públicos en la Administración local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la materia de la protección de consumidores y usuarios en el ámbito local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

Acreditación de méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal:

Presidente titular: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quesada o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

Tres vocales y tres suplentes, funcionarios con habilitación de carácter estatal perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

Don Eloy Tobaruela Quesada, funcionario de la Junta de Andalucía. Suplente: Doña María Dolores Medina de la Chica, funcionaria de la Junta de Andalucía.

En caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Quesada.

Poblacion a 1 de enero de 2011: 5.921.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento especifico (ejercicio 2012): 512,94 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía de 3.2.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 3.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (máximo 4,50 puntos).

Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el puesto de Secretaría, en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal, como Secretario, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,1875 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 2,25 puntos.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado 2 es de 3 puntos.

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios con habilitación de carácter estatal:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre contratos del Sector Público y Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre Gestión Urbanística (convenios, juntas de compensación..), con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 1 punto.

Acreditación de méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal:

Presidente titular: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quesada o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

Tres vocales y tres suplentes, funcionarios con habilitación de carácter estatal perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

Don Eloy Tobaruela Quesada, funcionario de la Junta de Andalucía. Suplente: Doña María Dolores Medina de la Chica, funcionaria de la Junta de Andalcucía.

En caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

MÁLAGA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Agrupación de Municipios Benalauría y Jimera de Líbar.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 6.2.2012 (Benalauría) y Acuerdo de Pleno de 23.1.2012 (Jimera de Líbar), modificado por Acuerdo de Pleno de 20.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de Benalauria de 7.2.2012 y Decreto de Alcaldía de Jimera de Líbar de 7.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (4 puntos):

1. Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionario con habilitación de carácter estatal de la subescala de Secretaria-Intervención, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente ya sea definitivo, en nombramiento provisional o en comisión de servicios, en agrupaciones de municipios legalmente constituidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectos del sostenimiento de puesto único de Secretaría-Intervención clasificado como de clase tercera de acuerdo con el siguiente baremo y características:

Por cada mes de servicio prestado: 0,25 puntos (hasta un máximo de 3 puntos).

2. Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal de la subescala Secretaría-Intervención, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, ya sea en municipios integrados en agrupaciones de clase tercera legalmente constituidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectos del sostenimiento de puesto único de Secretaría-Intervención o en cualquier otro municipio de la misma Comunidad, igualmente de clase tercera, que reúnan cualquiera de las siguientes circunstancias:

Que en atención a las características que establecen las instrucciones de Contabilidad aprobadas por la Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre y que se vinculan a las variables representativas de la dimensión de la Entidad, como son la población y el importe de su presupuesto y, así, con carácter general, son objeto de tratamiento contable simplificado aquellas Entidades Locales que tengan un presupuesto no superior a 300.000 €, cualquiera que sea su población, y aquellas cuyo presupuesto supere 300.000 pero no exceda de 3.000.000 , siempre que su población no supere los 5.000 habitantes, se valorará que el presupuesto anual consolidado del Municipio en el que se haya trabajado esté comprendido en el siguiente baremo, otorgando así una mayor puntuación a la escala comprendida en un escenario presupuestario en el que se exija el manejo del Modelo Simplificado de Contabilidad Local (hasta un máximo de 0,75 puntos):

Hasta 300.000 €: 0,025 por mes trabajado.

Entre 300.001 € y 3.000.000 : 0,05 por mes trabajado.

Que el municipio no cuente con Plan General de Ordenación Urbanística definitivamente aprobado, ni normas subsidiarias municipales, habida cuenta de la complejidad de la situación urbanística en la que se encuentran los municipios agrupados, valorándose con ello la objetiva dificultad que supone el ejercicio de las funciones reservadas a la Secretaría-Intervención en la materia de asesoramiento legal (0,05 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 0,25).

B) Formación y perfeccionamiento(3,5 puntos):

Se valorará el haber realizado cursos impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con el fin de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas, en referencia a los siguientes contenidos y con la duración mínima especificada, de conformidad con el art. 5 de la Orden de 10 de agosto de 1994, de conformidad con el siguiente baremo:

- De 100 o más horas lectivas: 1 punto por cada uno.

- Entre 40 y menos de 100 horas: 0,5 puntos por cada uno.

- Entre 16 y menos de 40 horas: 0,3 puntos por cada uno.

- Curso sobre licencias de apertura en atención al nuevo régimen derivado de la Directiva de Servicios.

Curso relacionado sobre el ejercicio práctico de la Función Interventora de acuerdo con la Orden EHA 3565/2008, de Nueva Estructura Presupuestaria.

Curso especializado en la estructura y elaboración de Presupuestos Locales de acuerdo con la Orden EHA 3565/2008, de Nueva Estructura Presupuestaria.

Curso de especialización sobre el derecho administrativo local andaluz. Por cuanto se considera de especial trascendencia la actualización de normativa relativa a corporaciones locales, deberá incluir en su programa de modo específico referencias a la Orden EHA 3565/2008, de Nueva Estructura Presupuestaria, al nuevo Régimen de intervención administrativa derivado de la Directiva de Servicios y normativa de desarrollo, así como referencias en materia de Estabilidad Presupuestaria, Saneamiento de Entidades Locales así como al nuevo Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía.

Curso relacionado con iniciativas de turismo sostenible habida cuenta de la importancia del desarrollo turístico de las zonas rurales en donde se hallan los Municipios de Benalauría y Jimera de Líbar y la creciente potenciación de líneas y programas públicos de actuación en materia de fomento del turismo en dichas zonas.

Curso relacionado con la revisión de actos administrativos.

Curso de especialización en materia de aplicación efectiva de la legislación sobre contratación del sector público.

- Curso de especialización en materia de disciplina urbanística por cuanto se considera de especial trascendencia la actualización de normativa al respecto, debiendo incluir en su programa de modo específico referencias al nuevo Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía.

Acreditación de méritos.

La experiencia profesional, se acreditará mediante el certificado correspondiente expedido por el Secretario de la Corporación, con el visto bueno del Alcalde, donde se hubieren prestado los servicios, haciendo constar las circunstancias de la Corporación que se puntúan en las presentes Bases, así como el tiempo de prestación de los mismos en el puesto desempeñado.

Los méritos alegados por los concursantes en el apartado «Formación» se acreditarán mediante la presentación de fotocopia compulsada de las correspondientes certificaciones de realización del curso emitidas por la Entidad organizadora o convocante.

Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación.

En cualquier caso, sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna, en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal.

Presidente titular: El Alcalde-Presiente del Ayuntamiento de Benalauría.

Presidente suplente: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Jimera de Líbar.

Vocales:

Titulares:

1.º Don Francisco Javier Santos Guzmán, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

2.º Don José Gómez Salva, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención. .

3.º Don Juan Vicente Lobato Carrasco, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

4.º Don José Castillo Jiménez, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º Doña Ana María González Campos, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

2.º Doña María de los Ángeles Córdoba Berlanga, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención. .

3.º Don Juan Javier González Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

4.º D. José María Martínez Fernández, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario titular:

Don Francisco Javier Santos Guzmán, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención y que actuará como Secretario del tribunal (titular).

Secretario suplente:

Doña Ana María González Campos, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención que actuará como Secretaria del tribunal (Suplente).

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Alameda.

Denominación del puesto: Vicesecretaría-Intervención, Clase Tercera.

Subescala y categoría: Secretaría-intervención.

Población: 5.471 habitantes.

Nivel complemento destino: 25.

Cuantía complemento específico: 1.150 €/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 26.1.2011.

Convocatoria: Resolución de 30.1.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (5 puntos):

Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de Vicesecretaría-Intervención, reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en la subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en Ayuntamientos de Municipios en cuyo término municipal se encuentre un bien catalogado al tiempo de prestación de servicios como «Complejo Serrano» en un Plan Especial de Protección. Por cada mes o fracción 0,25 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (2,5 puntos):

Por estar en posesión de diploma, certificado o título debidamente expedido acreditativo de la realización de Curso sobre la Ley de Libre acceso y ejercicio de las actividades y las EE.LL. con una duración mínima de 15 horas lectivas: 0,50 puntos.

Por estar en posesión de diploma, certificado o título debidamente expedido acreditativo de la realización de un Master sobre Política Territorial y Urbanismo, impartidos por una entidad u organismo público o colegio oficial, siempre que los mismos se hayan desarrollado con una duración superior a 120 horas lectivas: 2 Puntos.

Acreditación de méritos.

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.

- Experiencia Profesional: Se acreditará mediante la presentación del certificado correspondiente expedido por el Ayuntamiento respectivo, o cualquier otro documento acreditativo de los méritos alegados, considerado suficiente por el Tribunal de valoración. Los méritos relacionados con criterios presupuestarios se acreditarán, además, aportando copia de la publicación de la aprobación definitiva del Presupuesto en el Boletín Oficial de la Provincia.

- Formación: los méritos alegados en este apartado por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del original o copia compulsada del certificado o diploma de asistencia expedido por el órgano convocante u organizador de los cursos, o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal.

Presidente titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alameda.

Presidente suplente: Un miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

Titulares:

Tres vocales, funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

Don Juan Antonio Villar Torres, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

Tres vocales, funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

Doña María de los Llanos Ruiz Cantador, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Álora.

Denominación del puesto: Secretaría General.

Subescala y categoría: Secretaría, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 28.

Complemento específico: 21.145,46 €/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: Sí.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 26.1.2012, rectificado por Decreto de 27.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 31.1.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (2,25 puntos):

Con el fin de acreditar el conocimiento de la especialidad y complejidad que representa el desempeño de funciones del puesto:

1. La prestación de servicios por cada mes, en un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en un Municipio que disponga al menos de 1 sociedad mercantil municipal, 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 0,75.

2. La prestación de servicios por cada mes, en un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en un Municipio que disponga al menos de 2 sociedades mercantiles municipales, 0,15 puntos por mes, hasta un máximo de 1,5.

3. La prestación de servicios por cada mes, en un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en un Municipio que disponga al menos de 3 sociedades mercantiles municipales, 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 2,25.

B) Formación y perfeccionamiento (5,25 puntos):

1. Por haber realizado un curso sobre la reforma del Estatuto de Andalucía y su incidencia en el Régimen Local Andaluz con una duración mínima de 16 horas, se otorgará una puntuación de 0,75 puntos.

2. Por haber realizado un curso sobre el acceso al empleo público, Adquisición y Pérdida de la relación de Servicio con una duración mínima de 20 horas, se otorgará una puntuación de 1 punto.

3. Por haber realizado un curso sobre contratación pública, reforma para la mejora de la legalidad, la eficacia y la eficiencia, con una duración mínima de 25 horas, se otorgará una puntuación de 1,10 puntos.

4. Por haber realizado uno curso sobre Régimen Local, Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, con una duración mínima de 30 horas, se otorgará una puntuación de 1,40 puntos.

5. Por haber realizado uno curso sobre el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía con una duración mínima de 20 horas, se otorgará una puntuación de 1 punto.

Los cursos anteriores deberán haber sido impartidos por centros oficiales o reconocidos a tales efectos.

Acreditación de méritos.

Los méritos alegados por los concursantes en el apartado «Experiencia Profesional» se acreditarán mediante certificación emitida por el Secretario de los respectivos Ayuntamientos donde el funcionario hubiese prestado sus servicios o cualquier otro medio de prueba equivalente que admita el Tribunal.

Los méritos alegados por los concursantes en el apartado «Formación» se acreditarán mediante la presentación de fotocopia compulsada de las correspondientes certificaciones de realización del curso emitidas por la Entidad organizadora o convocante.

3. Tribunal.

Presidente titular: Don José Sánchez Moreno, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Álora.

Presidente suplente: Concejal en quien delegue.

Vocales:

Titulares:

Don Antonio Jesús Pérez Luque, funcionario de la Junta de Andalucía.

Don José Daniel Ramos Núñez, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría, Categoría de entrada.

Don Carlos Alberto Muñoz López, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría de entrada.

Don José Domingo Gallego Alcalá, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención. Que hará las veces de Secretario titular.

Suplentes:

Doña María de los Llanos Ruiz Cantador, funcionaria de la Junta de Andalucía.

Don Francisco Alejandro Merino Cuenca, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría, Categoría de entrada.

Don David Jesús García Tejada, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

Don Antonio Almansa Morales, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención. Que hará las veces de Secretario suplente.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Coín.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 827,94 €/mes.

Entrevista: Si el Tribunal lo estima oportuno podrá acordar la realización de una entrevista a los concursantes que considere conveniente para la concreción de los méritos específicos. A estos efectos se notificará a los/as interesados/as, al menos con seis días de antelación, la fecha, hora y lugar de celebración. La inasistencia injustificada a la entrevista supondrá la no valoración de aquellos méritos.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: 25%.

Aprobación de las bases: Pleno de 26.1.2012, rectificado por Pleno de 30.3.2012.

Convocatoria: Resolución de 2.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (6 puntos):

1. Por servicios prestados como Interventor/a o Tesorero/a, en puestos reservados a funcionarios con habilitación estatal, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya intervención esté clasificada de categoría superior, se otorgarán las siguientes puntuaciones por experiencia en el desempeño del cargo con las condiciones indicadas:

Un año: 0,2 puntos; dos años: 0,6 puntos; tres años: 1,2 puntos; cuatro años: 2,0 puntos; cinco años: 3,0 puntos. Por cada año o fracción superior a seis meses, que exceda de los cinco años 0,6 puntos, con un máximo de 2,0 puntos.

2. Por servicios prestados como Interventor/a o Tesorero/a, en puestos reservados a funcionarios con habilitación estatal, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que cuenten al menos con dos organismos autónomos, empresas públicas u otros entes de gestión, se otorgarán las siguientes puntuaciones por experiencia en el desempeño del cargo con las condiciones indicadas:

Un año: 0,2 puntos; dos años: 0,6 puntos; tres años: 0,8 puntos; cuatro años o más: 1,0 punto.

B) Formación y perfeccionamiento (1,5 puntos):

Por estar en posesión del Título de Experto en Gestión Local, o título similar, de al menos 480 horas lectivas, homologado por el Instituto Andaluz de Administraciones Públicas: 1,5 puntos.

Acreditación de méritos.

La realización de cursos, mediante la presentación de los certificados correspondientes, o fotocopias debidamente compulsadas por el Secretario de la Corporación.

Los servicios prestados mediante certificaciones expedidas por las Entidades Locales en las que se hubiese prestado los servicios.

3. Tribunal.

Presidente titular: Alcalde-Presidente .

Presidente suplente: Concejal delegado de personal.

Vocales:

Titulares:

Secretario/a de la Corporación (Secretario del tribunal).

Tesorero/a de la Corporación.

T.AG. del Ayuntamiento.

Don Antonio Jesús Pérez Luque, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

2 vocales entre funcionarios con habilitación de carácter estatal de otras Entidades Locales. .

El abogado urbanista del Ayuntamiento de Coín (Secretario suplente).

Doña María de los Llanos Ruiz Cantador, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Colmenar.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: Sí, si lo estima oportuno el Tribunal.

Pago de gastos: Si los hubiera conforme al art. 17.2 del Real Decreto 1732/1994.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Pleno de 30.1.2012, modificado por Pleno de 14.3.2012.

Convocatoria: Decreto 31.1.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional:

1. Por servicios prestados en municipios, como Secretario/a-Interventor/a que en el padrón de vehículos del año 2011 supere los 600.000,00 €: 0,30 puntos por mes de trabajo con un máximo de 3,0 puntos.

Se trata de un hecho objetivo que incide en este municipio y que lo hace característico y es que siendo un pueblo pequeño es importante el volumen de vehículos de los que dispone en su padrón.

2. Por servicios prestados como Secretario/a-Interventor/a en municipios con población comprendida entre los siguientes baremos se otorgará la siguiente puntación:

• Población comprendida entre 2.500 a 3.500 habitantes 0,02 por mes de trabajo con una puntuación máxima de 0,20 puntos.

• Población comprendida entre 3.501 a 5.000 habitantes 0,03 por mes de trabajo con un máximo de 0,30 puntos.

• Población de más de 5.000 habitantes 0,05 por mes de trabajo con un máximo de 0,50 puntos.

3. Por servicios prestados en el puesto de Secretaría de Consorcios de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico: 0,25 por mes de trabajo con un máximo de 0,5 punto.

Este Ayuntamiento esta integrado en el Consorcio UTEDLT Montes Alta Axarquía pudiendo corresponder las funciones de Secretaria-Intervención a cualquiera de los Secretarios-Interventores de los Municipios que lo conforman.

B) Formación y perfeccionamiento:

1. Por la realización de curso sobre «Administración y Gestión del Patrimonio Local» con una duración igual o superior a 30 horas: 1,36 puntos como máximo.

2. Por la realización de curso «Adaptación de las Ordenanzas Locales a la legislación española sobre servicios» con una duración igual o superior a 20 horas: 0,91 puntos como máximo.

3. Por la realización de «Taller Práctico: Funcionarización del Personal Laboral y Consolidación de Empleo en las Entidades Locales», con una duración igual o superior a 16 horas: 0,73 puntos como máximo.

Acreditación de méritos.

La acreditación se realizará mediante certificaciones, informes o copias compulsadas de los títulos acreditativos de los mismos.

3. Tribunal.

Presidente titular: Don Antonio Jesús Fernández Luque, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colmenar.

Presidente suplente: Doña Rosa María Brenes Pinazo, Concejal Delegada de Personal.

Vocales:

Titulares:

1.º Don Francisco Jesús Ruiz Gómez, Secretario-Interventor.

2.º Doña Gracia María Quero Martín, Secretaria de Entrada.

3.º Don Juan Antonio Villar Torres, funcionario de la Junta de Andalucía.

4.º Don Antonio Fernando Benítez, Secretario-Interventor, quien actuará a su vez como Secretario.

Suplentes:

1.º Don Miguel Ángel Morales Díaz, Secretario-Interventor.

2.º Doña Patricia Villanueva Ortega, Secretaria-Interventora.

3.º Doña. María de los Llanos Ruiz Cantador, funcionaria de la Junta de Andalucía.

4.º Don José Daniel Ramos Núñez,Secretario de Entrada, que actuará a su vez como Secretario.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Riogordo.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 1.198,76 €.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución 6.2.2012. Ratificado por Pleno de 9.2.2012 y modificado por Pleno de 29.3.2012.

Convocatoria: Resolución 6.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (3,30 puntos):

1. Puesto que el Excmo. Ayuntamiento de Riogordo pertenece a una Mancomunidad Municipios y Consorcio de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico cuyos puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal se proveen entre los titulares de los distintos Ayuntamientos que los integran, y vista la necesidad de desarrollo del municipio a través del impulso territorial para lo cual se adoptará la forma de Empresa Pública de capital íntegramente público local con objeto social referido a apoyo a las inversiones empresariales, fomentar la creación de empleo estable y el desarrollo económico mediante el asesoramiento, así como la prestación de forma directa de cualquier servicio de competencia municipal que le pudiera ser encomendado, se establecen los siguientes criterios de ponderación:

Por servicios prestados por el desempeño de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios que impliquen el desempeño de puestos de Secretaría de Mancomunidad de Municipios: 0,028 puntos por mes o fracción, con un máximo de 1,10 puntos, con periodo mínimo de 18 meses.

Por servicios prestados por el desempeño de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios que impliquen el desempeño de puestos de Secretaría de UTEDELETE: 0,028 puntos por mes o fracción, con un máximo de 1,10 puntos, con periodo mínimo de 18 meses.

Por servicios prestados por el desempeño de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios que impliquen el desempeño de puestos de Secretaría de empresa pública de capital integramente local cuyo objeto social consista en el apoyo a las inversiones empresariales, fomentar la creación de empleo estable y el desarrollo económico mediante el asesoramiento, así como la prestación de forma directa de cualquier servicio de competencia municipal que le pudiera ser encomendado: 0,028 puntos por mes o fracción, con un máximo de 1,10 puntos, con periodo mínimo de 18 meses.

B) Formación y perfeccionamiento (3,70 puntos):

1. Por la realización de curso de «Prevención de Riesgos Laborales específicos para Personal de la Administración» con una duración igual o superior a 50 horas y realizado en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública: 1,42 puntos.

2. Por la realización de curso de «Procedimiento Administrativo aplicado a la Administración Local. Curso Práctico» con una duración igual o superior a 30 horas y realizado en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública: 0,84 puntos.

3. Por la realización de curso de «Gestión Patrimonial e Inventario» con una duración igual o superior a 30 Horas y realizado en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública: 0,84 puntos.

4. Por la realización de «Curso Práctico Sobre Tributos Locales» con una duración igual o superior a 20 Horas y realizado en colaboración con el Instituto Nacional de Administración pública: 0,54 puntos.

La ponderación de los cursos se ha realizado en proporción al número de horas exigidas para cada curso.

C) Otros méritos (0,50 puntos):

1. Por estar colegiado en algún Colegio de Abogados de la Comunidad Autónoma de Andalucía se otorgará un total de 0,083 puntos/mes con un total de 0,5 puntos, a fin de acreditar una mayor solvencia en la resolución de las cuestiones judiciales pendientes en esta Administración Local. .

Acreditación de méritos.

Los méritos alegados por los concursantes en el apartado “Experiencia Profesional” se acreditarán mediante certificación emitida por las respectivas Entidades Locales donde el funcionario hubiese prestado sus servicios u original o copia compulsada de las Resoluciones en virtud de las cuales se procede al nombramiento para el desempeño del puesto principal reservado a funcionario con habilitación de carácter estatal, así como Estatutos o documento equivalente, original o copia compulsada de la respectiva entidad (Mancomunidad, UTEDELETE o empresa pública).

La colegiación referida en el apartado de otros méritos se acreditarán mediante documento en original o copia compulsada expedido por el correspondiente Colegio de Abogados.

Los cursos alegados en el apartado «Formación» se acreditarán mediante original o copia compulsada en la propia Entidad Local en cuyo concurso se participa.

3. Tribunal.

Presidente titular: Don Antonio Alés Montesinos, Alcalde-Presidente de Riogordo.

Presidente suplente: Don Antonio Gavilán Pascual, Teniente de Alcalde.

Vocales:

Titulares:

1.º Don José Antonio Tomás Maestra (FHCE).

2.º DonFrancisco Gómez Ruiz (FHCE).

3.º Doña María de los Llanos Ruiz Cantador, funcionaria de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º Don Alfonso Moreno Olmedo (FHCE) .

2.º Doña Blanca Palacios Gamero (FHCE).

3.º Don José María Martínez Fernández, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Villanueva del Rosario.

Denominación del puesto: Secretaría-intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 1.043,71 € mensuales (ejercicio 2011).

Entrevista: El tribunal, si lo estima oportuno, podrá acordar la realización de una entrevista a los concursantes que considere conveniente para la concreción de los méritos específicos. A estos efectos, se notificará a los concursantes afectados de la fecha, hora y lugar de celebración. la inasistencia injustificada a la entrevista no supondrá la exclusión del concurso, pero si la no consideración de esos méritos del baremo específico. En el caso de realizarse la entrevista, se abonará la cantidad correspondiente por desplazamientos de los concursantes para asistir a la entrevista.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Pleno de 30.1.2012, modificado por Pleno de 16.3.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 31.1.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (3 puntos):

- Por haber prestado servicios como Secretario-Interventor, mediante nombramiento definitivo, provisional, comisión de servicios o interino, en un municipio integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía que teniendo un presupuesto general comprendido entre los dos millones y los tres millones de euros:

1. Tenga una población de derecho inferior a los 4.000 habitantes: 0,125 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto.

2. Tenga una población de derecho entre los 4.000 habitantes y 6.000 habitantes: 0,125 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 0,60 puntos.

3. Tenga una población de derecho superior a los 6.000 habitantes: 0,125 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 0,40 puntos.

- Por haber prestado servicios como Secretario-Interventor, mediante nombramiento definitivo, provisional, comisión de servicios o interino, en un municipio integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el que exista una actividad de extracción, trituración y clasificación de áridos, al existir en el término municipal de Villanueva del Rosario canteras que suministran áridos a las empresas de la zona las cuales deben ser tenidas en cuenta a efectos de documentación administrativa expedida por el área de Secretaria del Ayuntamiento: 0,125 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto.

- Por haber prestado servicios como Secretario-Interventor, mediante nombramiento definitivo, provisional, comisión de servicios o interino, en un municipio integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía que preste el servicio de abastecimiento de agua potable de manera directa, al menos hasta la totalidad del año 2011, dado que desde el Ayuntamiento de Villanueva del Rosario se presta dicho servicio, llevando a cabo desde el área de intervención las modificación de altas y bajas, así como las rectificaciones en el padrón para su remisión al Patronato de recaudación: 0,125 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto.

Para ser tenidas en cuenta las características previstas en los puntos anteriores, las mismas deberán concurrir durante el tiempo en el que el candidato haya ocupado la plaza.

B) Formación y perfeccionamiento (3,5 puntos):

- Por la realización de cursos homologados por el INAP sobre Disciplina Urbanística, con una duración mínima de 100 horas, realizados a partir del 2011 con objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas, debido al Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Ley 2/2012 de modificación de la LOUA, entre otras: 2 puntos.

- Por la realización de cursos homologados por el IAAP sobre Notificación de los Actos Administrativos, con una duración mínima de 50 horas, y realizados a partir del 2011 con objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas, al haberse modificado diversas leyes, como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos que inciden en la notificación de los actos: 1 punto.

- Por la realización de cursos homologados por el INAP sobre Régimen Electoral Local, con un duración mínima de 25 horas lectivas, realizado a partir del 2011 con objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas, debido a las diversas modificaciones que ha sufrido Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral genera: 0,50 puntos.

C) Otros méritos (1 punto):

- Por poseer la Licenciatura de Economía: 1 punto.

Acreditación de méritos.

- Los relativos a experiencia, mediante certificación expedida por la Entidad Local en la que hubieran prestado los servicios.

- La formación se acreditará aportando el original del Diploma o Título acreditativo de la realización del curso correspondiente, o bien, mediante la fotocopia del Diploma o del Título compulsado por el Secretario de la Corporación o notarialmente. .

- En el caso de empate entre los aspirantes, se tendrá en cuenta los méritos específicos.

3. Tribunal.

Presidente titular: Alcalde-Presidente de la Corporación.

Presidente suplente: Primer Teniente Alcalde de la Corporación.

Vocales:

Titulares:

1.º Funcionario con habilitación estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

2.º Funcionario con habilitación estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

3.º Funcionario de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º Funcionario con habilitación estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

2.º Funcionario con habilitación estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

3.º Funcionario de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Funcionario con habilitación estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario suplente: Funcionario con habilitación estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco.

Denominación del puesto: Secretaría-intervención.

Subescala y categoría: Secretaria-intervención 3.ª

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: En el supusto que el Tribunal lo estime conveniente.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Junta de Gobierno Local 8.2.2012, modificado por Acuerdo de Junta de Gobierno Local 20.3.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 8.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (4,9 puntos):

Visto que el Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco pertenece al Consorcio de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, en cuyo Estatutos se establece que la persona que ocupe la plaza de Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco ostentara también la plaza de Secretario Consorcio de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico.

Vista la posibilidad que en un futuro esta Corporación pueda proceder a un desarrollo normativo (en relación con el fomento, gestión y protección) que complemente la legislación autonómica relativa a los Monumentos Naturales de Andalucía, debido que mediante Decreto 383/2011, de 30 de diciembre, fue declarado como Monumento Natural «La Fuente de los Cien Caños» sita en este termino municipal.

Vista la peculiaridad de este Ayuntamiento que a pesar de esta clasificada la plaza de habilitado estatal dentro de la subescala y categoría 3.ª, posee una población superior a los 5.000 habitantes conllevando un mayor volumen de trabajo para el titular de la plaza. Se otorgarán la siguiente puntuación atendiendo a los siguientes méritos profesionales:

1. Por ejercer puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal subescala secretaria-intervención, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios en un municipio con una población superior a 5.000 habitantes: 0,35 puntos por mes de trabajo acreditado; con un máximo de 2,8 puntos.

2. Por ejercer puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal subescala secretaria-intervención, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, en un Ayuntamiento en donde el ejercer las funciones de secretaría-intervención lleve aparejado el ejercicio de la secretaría de Consorcio de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico 0,15 puntos por mes de trabajo con un máximo de 1,20 puntos.

3. Por ejercer puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal subescala secretaria-intervención, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios en un municipio que cuente con un paraje catalogado como Monumentos Naturales de Andalucía, se le otorgara 0,30 puntos por mes de trabajo acreditado. Siendo la puntuación máxima a obtener por este concepto de 0,90 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (2,4 puntos):

1. Por la realización de curso de «Responsabilidad Administrativa y Penal en la Gestión del Urbanismo» homologado por el INAP:

Por curso con una duración igual o superior a 20 horas: 0,80 puntos. Siendo la puntuación máxima 0,80 puntos.

2. Por la realización de curso de «Uso eficaz del Tiempo» homologado por el INAP:

Por curso con una duración igual o superior a 20 Horas: 0,80 puntos. Siendo la puntuación máxima 0,80 puntos.

3. Por la realización de curso de «Medidas de Saneamiento de Deudas de las Entidades Locales» homologado por el INAP: Por curso con una duración igual o superior a 20 horas: 0,80 puntos. Siendo la puntuación máxima 0,80 puntos.

La ponderación de cada curso se ha realizado en proporción al número de horas exigidas para cada actividad formativa.

C) Otros méritos (0,20 puntos):

1. Por estar colegiado en algún Colegio de Abogados se otorgará un máximo de 0.20 puntos, correspondiendo a 0,10 puntos por mes de colegiación, a fin de acreditar una mayor solvencia en el entendimiento de las cuestiones judiciales pendientes en esta Administración Local, así como para garantizar una mayor eficacia en la preparación de expedientes sobre asuntos impugnados y otros requerimientos judiciales.

Acreditación de méritos.

Los méritos correspondientes al apartado 1.-experiencia profesional, se acreditarán mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación correspondiente donde se acredite la concurrencia de los méritos que se pretenden valorar.

Los méritos correspondientes al apartado 2.-cursos de formación y perfeccionamiento, se acreditarán mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente.

Los méritos correspondientes al apartado 3.-documento original o copia compulsada expedida por el correspondiente Colegio de Abogados, donde se especifique el tiempo que lleva colegiado.

3. Tribunal.

Presidente titular: Don Antonio Vegas Morales, Alcalde-Presidente.

Presidente suplente: Doña Mercedes Pascual Martín, 1.ª Teniente de Alcalde.

Vocales:

Titulares:

1.º Doña Isabel Díaz Caparrós, funcionaria con habilitación de carácter estatal (actuará como secretaria-vocal).

2.º Don Miguel Ángel Morales Díaz, funcionario con habilitación de carácter estatal.

3.º Don Antonio Fernando Benítez Martín, funcionario con habilitación de carácter estatal.

4.º Don José María Martínez Fernández, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º Don Juan Manuel Lizana Samper, funcionario con habilitación de carácter estatal. Actuará como Secretario suplente del Tribunal (actuará como secretario suplente).

2.º Doña Ana Isabel Anaya Galacho, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

3.º Doña Esther Modenes Merino, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

4.º Don Antonio Jesús Pérez Luque, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Málaga.

Denominación del puesto: Secretario-Interventor adscrito al Servicio Provincial de Asistencia a Municipios (SEPREAM).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 23.12.2011.

Convocatoria: Resolución de Presidencia de 7.2.2012.

2. Méritos específicos (7,50 puntos):

A) Experiencia profesional (3,00 puntos):

1. Dadas las peculiaridades propias del desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter estatal en Servicio de Asistencia a Municipios, se valorará el haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretario-Interventor en servicios dependientes de Diputaciones Provinciales o Comunidades Autónomas, de asistencia, asesoramiento o inspección a las Corporaciones Locales en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, en Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía a razón de 0,05 puntos por mes, excluidas las fracciones, hasta un máximo de 1,50 puntos.

2. Debiendo atender simultáneamente desde el puesto convocado el desempeño de funciones reservadas a habilitados de carácter estatal en más de una Entidad Local, se valorará el haber desempeñado el puesto de Secretario-Interventor en Agrupaciones constituidas para el sostenimiento en común de una única plaza de Secretaría-Intervención en Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía a razón de 0,02 puntos por mes, excluidas las fracciones, hasta un máximo de 1,50 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (3,00 puntos):

Se valorarán en este grupo los Diplomas, Certificados o Títulos, debidamente expedidos que acrediten la realización de Cursos de especialización impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos, siempre que los mismos acrediten una formación especializada en alguna de las áreas de conocimiento que a continuación se relacionan. Se puntuarán hasta un máximo de 3,00 puntos estar en posesión de los Diplomas que acrediten la realización de los Cursos de Especialización en las siguientes áreas de conocimiento:

Diploma de Especialización Derecho Público Local: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Gestión Pública Local: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Planificación y Gestión Urbanística: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Contabilidad Pública: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Gestión Financiera y Presupuestaria: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Contratación Pública Local: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Patrimonio Local: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Función Pública: 0,5 puntos.

Diploma de Especialización Recursos Humanos: 0,5 puntos.

C) Otros méritos (1,50 puntos):

1.º Docencia (puntuación máxima 1,00 punto): Se valorará hasta un máximo de 1,00 punto, a razón de 0,01 puntos por hora impartida la participación como docente/ponente en cursos específicos relacionados con las áreas de conocimiento de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

2.º Publicaciones (puntuación máxima 0,50 puntos): Se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos los trabajos publicados relacionados con las áreas de conocimiento de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, en función del carácter innovador, de la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.

Acreditación de méritos.

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente mediante la aportación de originales o fotocopias debidamente compulsadas.

- Experiencia Profesional: Los méritos se acreditarán mediante la presentación de Certificación de Servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

- Formación: Los méritos alegados en este apartado por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del original o copia compulsada de los Certificados y/o Títulos de los Cursos realizados conjuntamente con Certificación de Servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Política Territorial y Administraciones Públicas.

- Docencia: Los méritos alegados en este apartado por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del original o copia compulsada del certificado en el que se exprese el Nombre del funcionario, el contenido del curso, módulo, jornada, etc. en que se hubiese participado en calidad de ponente, y el número de horas lectivas impartidas.

- Publicaciones: Los méritos alegados en este apartado por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del original o copia compulsada del/de los trabajos publicados que se aleguen como mérito así como documentación acreditativa del medio y lugar en que han sido publicados.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal.

Presidente titular: Don Elías Bendodo Benasayag (Presidente de la Diputación Provincial).

Presidente suplente: Don Francisco Javier Oblaré Torres (Diputado Delegado Área de Fomento y Atención al Municipio).

Vocales:

Titulares:

1.º Doña Alicia E. García Avilés (Secretario/a General de la Diputación Provincial, que actuará como Secretaria del Tribunal).

2.º Don Francisco Javier Pérez Molero (Interventor General de Fondos de la Diputación Provincial).

3.º Don Pedro Baena Gordillo (Jefe del Servicio Provincial de Asistencia a los Municipios).

4.º Doña María de los Llanos Ruiz Cantador, funcionaria de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º Don Rafael Tamayo Bonilla (funcionario con habilitación de carácter estatal que actuará como Secretario del Tribunal en caso de suplencia de la titular).

2.º Don Juan Antonio Aybar Redondo (Tesorero de la Diputación Provincial).

3.º Don Víctor Santiago Arcal (Letrado del Servicio Provincial de Asistencia a los Municipios).

4.º Don José María Martínez Fernández, funcionario de la Junta de Andalucía.

SEVILLA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Cantillana (Sevilla).

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Entrada.

Nivel del complemento de destino: 29.

Complemento específico: 14.159,52 euros/anuales.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: acuerdo del Pleno 26.1.2012.

Convocatoria: resolución de la Alcaldía 8.2.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cantillana (Sevilla).

Presidente suplente: Concejal del Ayuntamiento de Cantillana designado por el Sr. Alcalde-Presidente.

Vocales titulares:

Doña María Menéndez Fernández, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención. Actuará como Secretaria del Tribunal.

Doña Serena Ortiz Cobacho, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

Doña Eva Delis Ruiz, Funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada.

Don Juan Carlos del Moral Montoro, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Doña Lucía Rivera García, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría, categoria de entrada. Actuará como Secretaria del Tribunal.

Doña María José Gallardo Velázquez, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría, categoría entrada.

Doña Cristina Díaz Pariente, funcionaria con habilitación de carácter estatal, Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada.

Don David Barrada Abis, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Sevilla.

Población: Superior a 20.000 habitantes.

Denominación del puesto: Interventor/a General.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 47.009,24 euros.

Puntuación mínima: 7,5 puntos.

Entrevista: Sí.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 30.12.2011.

Convocatoria: Resolución de la Presidencia de 31.1.2012.

2. Méritos específicos:

A) Experiencia profesional:

Haber desempeñado puestos de Interventor/a o Interventor/a adjunto/a o, puesto de colaboración similar en Diputaciones Provinciales, durante un período mínimo de diez años, y que hayan tenido un presupuesto general consolidado superior a 250.000.000 euros en cada uno de los últimos cinco años: 0,5 puntos por cada año de servicio adicional al período mínimo exigido, hasta un máximo de 2 puntos.

Haber desempeñado puestos de Interventor/a o Interventor/a adjunto/a, o puesto de colaboración similar en organismos autónomos o agencias públicas encargadas de la gestión y recaudación de tributos municipales durante un período mínimo de diez años: 0,5 puntos por cada año adicional de servicio al período mínimo exigido, hasta un máximo de 2 puntos.

B) Otros méritos:

1. Expecialización:

- Conocimientos en Auditoría, acreditados por pertenencia al Registro oficial de Auditores de Cuentas, inscrito con una antigüedad mínima de 15 años: 3 puntos.

2. Publicaciones en materias de Auditorías o Control financiero, o colaboraciones en la elaboración de Normas de Auditorías Públicas o guías de trabajo en materia de control financiero auspiciadas por Colegios Profesionales, Fundaciones u Organismos de reconocida competencia en la materia: 0,25 puntos por publicación, Norma técnica o guía, hasta un máximo de 0,5 puntos.

Acreditación de los méritos:

Los del apartado A mediante certificado expedido por la Secretaría General de la Corporación correspondiente.

Los del apartado B mediante acreditación fehaciente de inscripción en el Registo Oficial de Auditores de Cuentas, expedida por la Secretaría General del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Los del apartado C mediante fotocopia de las páginas, inicial, índice y atribución de la obra, o bien con aportación del original de la publicación.

3. Tribunal de valoración.

Composición del Tribunal: todos con voz y voto.

Presidente: El Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla o Diputado provincial en quien delegue.

Vocales:

Don Antonio Osuna Caro, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplente: Don David Barrada Abis, funcionario de la Junta de Andalucía.

2. El Secretario General de la Corporación.

3. El Tesorero General de la Corporación.

4. El Subdirector del Área del Empleado/a Público.

5. El Vicesecretario General de la Corporación o funcionario en quien delegue, quien desempeñará la Secretaría del Tribunal.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla).

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, Categoría Entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía 151/2012, de 25.1.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 151/2012, de 25.1.2012.

2. Méritos específicos: (7,5 puntos).

1. Experiencia Profesional: Por cada año de servicio prestado como funcionario con habilitación de carácter estatal en plaza de igual o superior categoría, 0,25 puntos, con un máximo de 2 puntos.

2. Formación y Perfeccionamiento: Por cada curso con una duración mínima de 20 horas, realizado e impartido por escuelas oficiales de funcionarios de las Corporaciones Locales o de las Comunidades Autónomas, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2,5 puntos.

3. Otros méritos:

1. Ejercicios profesionales: Por ejercer actividad profesional de abogado con una duración mínima de un año, 0,25 puntos, hasta un máximo de 1,50 puntos.

2. Legislación y conocimientos sectoriales. Por participar como ponente en jornadas o cursos sobre procedimiento administrativo, urbanismo, licencias de apertura, derecho administrativo local, se valorarán con un máximo de 0,25 hasta un máximo de 1,50 puntos.

Acreditación de méritos: Mediante fotocopia de certificado, títulos, certificaciones académicas, contratos, todas ellas debidamente compulsadas.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: alcalde-Presidente.

Presidente suplente: Primer Teniente de Alcalde.

Vocales titulares:

1.º Don Cristóbal del Río Tapia, funcionario de la Junta de Andalucía (ejercerá de Secretario del Tribunal).

2.º Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado nombrado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

Vocales suplentes:

1.º Don David Barrada Abis, funcionario de la Junta de Andalucía (ejercerá de Secretario del Tribunal).

2.º Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado nombrado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 25.1.12.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla).

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía 152/2012, de 25.1.2012.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 152/2012, de 25.1.2012.

2. Méritos específicos: (7,5 puntos).

a) Experiencia Profesional: Por cada año de servicio prestado como funcionario con habilitación de carácter estatal en plaza de igual o superior categoría, 0,25 puntos, con un máximo de 2 puntos.

b) Formación y Perfeccionamiento: Por cada curso con una duración mínima de 20 horas, realizado e impartido por escuelas oficiales de funcionarios de las Corporaciones Locales o de las Comunidades Autónomas, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2,5 puntos.

c) Otros méritos:

1. Ejercicios Profesionales: Por ejercer actividad profesional de abogado con un duración mínima de un año, 0,25 puntos, hasta un máximo de 1,50 puntos.

2. Legislación y conocimientos sectoriales. Por participar como ponente en jornadas o cursos sobre contabilidad, economía y presupuesto, se valorarán con un máximo de 0,25, hasta un máximo de 1,50 puntos.

Acreditación de méritos: Mediante fotocopia de certificado, títulos, certificaciones académicas, contratos, todas ellas debidamente compulsadas.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente.

Presidente suplente: Primer Teniente de Alcalde.

Vocales titulares:

1.º Don Antonio Osuna Caro, funcionario de la Junta de Andalucía (ejercerá de Secretario del Tribunal).

2.º Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado nombrado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

Vocales suplentes:

1.º Don Manuel Lora Rodríguez, funcionario de la Junta de Andalucía (ejercerá de Secretario del Tribunal).

2.º Un funcionario con habilitación de carácter estatal de igual o superior categoría a la del puesto convocado nombrado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 25.1.12.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: ELA Marismillas (Sevilla).

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 23.

Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario la celebración de una entrevista, a tales efectos, se notificará a los concursantes afectados el lugar, fecha y hora de celebración.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo junta vecinal 8.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Presidencia 8.2.2012.

2. Méritos específicos (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional (6 puntos):

Por la prestación de servicios como Secretario Interventor en puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal cualquiera que haya sido la forma de provisión en Entidad Local Autónoma de Andalucía (0,30 puntos por cada mes o fracción de prestación efectiva hasta un máximo de 1 punto).

Experiencia en Administración Local ocupando puesto de Técnico en la subescala de gestión en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía que cuente en su término con una Entidad Local Autónoma cuya secretaría esté clasificada de clase primera. Este apartado se puntuará con 1 punto por año efectivo de servicio hasta un máximo de 5 puntos.

B) Formación y Pèrfeccionamiento (0,5 puntos):

Curso sobre las funciones de Intervención y Tesorería en las Entidades Locales con un mínimo de 30 horas lectivas en fecha no anterior a 2011 (0,5 puntos).

C) Otros méritos (1 punto):

Haber impartido cursos de formación en materia relacionada con el puesto de trabajo en Ayuntamiento cuya secretaría este clasificada de clase primera (1 punto).

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por el Secretario con el V.ºB.º del Alcalde, donde se hubiesen prestado los servicios haciéndose constar las circunstancias de la Corporación que se puntúan en las bases.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante fotocopia compulsada de los certificados de asistencia al curso en la fecha referida en las presentes bases.

Los otros méritos se acreditarán mediante certificado expedido por el Secretario con el V.ºB.º del Alcalde.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Presidente de la Entidad Local Autónoma Marismillas.

Presidente suplente: Concejal en quien delegue de la Entidad Local Autónoma Marismillas.

Vocales titulares:

1.º Don Juan Borrego López, funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría superior que asumirá las funciones de Secretario del Tribunal.

2.º Don Virgilio Rivera Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada.

3.º Doña Cristina Díaz Pariente, funcionaria con habilitación de carácter estatal, subescala intervención-tesorería.

4. Don Manuel Lora Rodríguez, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

1.º Doña Ana Gómez Velarde, funcionaria con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada.

2.º Don Pablo Suárez Huertas, funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría-intervención.

3.º Doña Eva María Delis Ruiz, funcionaria con habilitación de carácter estatal, subescala intervención-tesorería.

4.º Don Luis Panea Bonafé, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario titular:

Don Juan Borrego López, funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría superior.

Secretario suplente:

Doña Ana Gómez Velarde, funcionaria con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de El Real de la Jara (Sevilla).

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: Si el Tribunal lo considera preciso.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de la Alcaldía núm. 17 de 9.2.2012, ratificado por el Pleno el 29.2.2012.

Convocatoria: Decreto de la Alcaldía núm. 17 de 9.2.2012, ratificado por el Pleno el 29.2.2012.

2. Méritos específicos (7,45 puntos).

A) Experiencia profesional (puntuación máxima 2,90 puntos):

Se valorarán con un máximo de 2,90 puntos, a razón de 0,13 puntos por mes, los servicios prestados en el puesto de secretaría-intervencion, con nombramiento definitivo, provisional o comisión de servicios, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el que concurran los siguientes requisitos:

Que tenga una población inferior a 5.000 habitantes.

Que durante el desempeño del puesto haya trabajado con un presupuesto inferior a 4.000.000 euros.

Que su término municipal esté afectado total o parcialmente por un parque natural.

Que forme parte de una mancomunidad que tenga atribuida la gestión de los residuos sólidos urbanos.

B) Formación y Perfeccionamiento (4,05 puntos):

Por la realización del curso «Evaluación de las políticas participativas» con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido.)

Por la realización de curso de «Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz» con una duración mínima de 102 horas lectivas: 0,45 puntos.

Por la realización del curso «La ejecución del contrato de obra pública en el ámbito de las Corporaciones Locales» con una duración mínima de 26 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido).

Por la realización del «Curso monográfico de estudios superiores: Medidas de saneamiento de deudas de las Entidades Locales», con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido).

Por la realización del curso «Control de Fondos Comunitarios» con una duración mínima de 21 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido).

Por la realización del curso «Visión Práctica de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público tras la modificación de la Ley 34/2010» con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido).

Por la realización del curso de «Gestión Pública Local: Habilidades de Liderazgo y nueva perspectiva en la actualidad legislativa», con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido).

Por la realización del curso «Las Herramientas de la Calidad. Los procesos y la Administración Local», con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,45 puntos. (Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido).

C) Otros méritos (0,50 puntos):

Por estar en posesión de la Licenciatura de Derecho: 0,05 puntos.

Por haber superado al menos el primer ejercicio de algún proceso selectivo del Grado A1 que esté directamente vinculado con la Administración Local: 0,05 puntos.

En el caso en que se reúna las 2 circunstancias anteriores, la puntuación se incrementará en 0,4 puntos.

Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha de inicio del plazo de presentación de instancias.

Acreditación de méritos:

Forma de acreditar los méritos específicos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación emitida por el Secretario del Ayuntamiento donde haya prestado servicios, con el visto bueno del Alcalde, en el que se haga constar los datos incluidos en los méritos específicos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del original o copia compulsada de diploma o certificado de asistencia. Solo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de Comunidad Autónoma o bien por Fundaciones, Centros o Colegios Oficiales siempre que estén homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.

La licenciatura en derecho se acreditará mediante copia compulsada del título mientras que la superación de al menos el primer ejercicio de procesos selectivos de Grado A1 vinculados directamente con la Administración Local, mediante Certificado expedido por el Secretario de la Entidad Local convocante. Se estará a lo dispuesto en el Decreto 350/2010, de 27 de julio, de la Consejería de Gobernación y Justicia.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de El Real de la Jara.

Presidente suplente: Concejal en quien delegue el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de El Real de la Jara.

Vocales titulares:

1.º Funcionario con habilitación de carácter estatal nombrado por Resolución de Alcaldía, a propuesta del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de la provincia de Sevilla.

2.º Funcionario con habilitación de carácter estatal nombrado por Resolución de Alcaldía, a propuesta del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de la provincia de Sevilla, que hará las veces de Secretario del Tribunal.

3.º Don Cristóbal del Río Tapia, funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario: Un funcionario del Ayuntamiento de El Real de la Jara, nombrado por Resolución de Alcaldía.

Vocales suplentes:

1.º Funcionario con habilitación de carácter estatal nombrado por Resolución de Alcaldía, a propuesta del Colegio Oficial de Secretarios Interventores y Tesoreros de la Administración Local de la provincia de Sevilla.

2.º Funcionario con habilitación de carácter estatal nombrado por Resolución de Alcaldía, a propuesta del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de la provincia de Sevilla, que hará las veces de Secretario del Tribunal.

3.º Don Manuel Lora Rodríguez, funcionario de la Junta de Andalucía. .

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Santiponce (Sevilla).

Denominación del puesto: Intervención de Clase 2.ª

Subescala: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 27.

Cuantía anual del complemento específico: 14.748,30.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Prevista jubilación: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 26.1.2012.

Convocatoria: Acuerdo de Pleno 26.1.2012.

2. Méritos específicos: No se incluyen.

Tribunal de valoración.

Estará integrado por los siguientes miembros:

Titulares: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santiponce o quien legalmente le sustituya.

Vocales:

Doña Eva Mª Delis Ruiz, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Doña Mª Serena Ortiz Cobacho, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Doña Lucía Rivera García, funcionaria con habilitación de carácter estatal, que actuará al mismo tiempo como Secretaria del Tribunal.

Don Juan Carlos del Moral Montoro, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

Presidente: Concejal del Ayuntamiento de Santiponce en quien delegue el Sr. Alcalde.

Vocales: Don Juan Holgado González, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Doña María Menéndez Fernández, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Doña María del Carmen Campos Alcaide, funcionaria con habilitación de carácter estatal, que actuará al mismo tiempo como Secretaria del Tribunal.

Don Antonio Osuna Caro, funcionario de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Tocina (Sevilla).

Denominación del puesto: Intervención de Clase Segunda.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Cuantía anual del complemento específico: 15.660,82.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 30.1.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía núm. 94 de 31.1.2012.

A) Méritos específicos: No se incluyen.

3. Tribunal.

Presidente titular: El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Tocina.

Presidente suplente: Concejal del Ayuntamiento en quién delegue el Sr. Alcalde.

Vocales titulares:

Doña María Menéndez Fernández, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Don José Alfreso Guerrero Lozano, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Doña María Serena Ortiz Cobacho, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Don David Barrada Abis, funcionario de la Junta de Andalucía.

Vocales Suplentes:

Doña Lucía Rivera García, funcionaria con habilitación de carácter estatal.

Don Cristóbal Sánchez Herrera, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Don Antonio Manuel Mesa Cruz, funcionario con habilitación de carácter estatal.

Don Cristóbal del Río Tapia, funcionario de la Junta de Andalucía.

1.Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla).

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel del complemento de destino: 29.

Complemento específico: 1.353,83 euros/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 27.1.2012, ratificado por el Pleno el 16.2.2012.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 27.1.2012.

B) Méritos específicos: (7,5 puntos).

A) Experiencia profesional: (2,5 puntos): Servicios prestados en Corporaciones Locales Interventor en municipios con una población comprendida entre 5.000 y 15.000 habitantes. Obteniendo una calificación de 1,5 puntos por semestre hasta el máximo de 2,5 puntos. (A estos efectos, se considerarán los servicios prestados tanto de carácter definitivo como de cualquiera de las formas de provisión previstas en el artículo 10.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio).

B) Formación y Perfeccionamiento: (2,5 puntos): Cursos realizados: Por cursos de formación o especialización impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública, por las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales, Federación Española de Municipios y Provincias o por cualquier otro centro oficial, en las siguientes materias:

1. En materia de aplicaciones informáticas de Contabilidad Pública: SICAL homologados con un mínimo de veintiocho horas lectivas con 1,5 puntos por cada curso hasta un máximo de 1,5 puntos.

2. Por cursos de materias de derecho administrativo local andaluz homologados de un mínimo de 100 horas lectivas con 0.5 puntos por cada curso hasta un máximo de 1 punto.

3. Por cursos de materias de presupuestos y/o de las funciones de Intervención Tesorería con un mínimo de 20 horas lectivas con 0,5 puntos por cada curso hasta un máximo de 1 punto.

A) Otros méritos: (2,5 puntos):

Por haber superado pruebas de Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal con 0,5 puntos por cada prueba con un máximo de 1 punto.

Por tener otras titulaciones universitarias de carácter superior 1,5 puntos.

Acreditación de méritos: La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

1. Experiencia Profesional: Los méritos de servicios prestados mediante certificado expedido al efecto por el Secretario de la Entidad Local en la que se hubiesen prestado los servicios que se aleguen, donde se señalen las circunstancias que son determinantes a efectos de la valoración o certificado emitido por el Ministerio de Administraciones Públicas, ya sean originales o copias debidamente compulsadas.

2. Formación y Perfeccionamiento: mediante el correspondiente certificado de asistencia o aprovechamiento o diploma en su caso, ya sean originales o copias debidamente compulsadas. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha de publicación de las presentes Bases en el BOE debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

3. Otros méritos:

La superación de las pruebas, mediante el certificado correspondiente emitido por la Administración competente.

La presentación de los títulos homologados por el Estado.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Don Antonio M. Suárez Sánchez, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

Presidente suplente: Concejal que lo sustituya.

Vocales titulares:

1. Titular: Doña Ana Gómez Velarde, funcionaria con habilitación de carácter estatal, subescala secretaría categoría de entrada, Secretaria del Excmo. Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

Este titular y su suplente, en su caso actuará como Secretario del Tribunal.

2. Titular: Don Juan José Rodríguez Sánchez, funcionario con habilitación de carácter estatal, de la subescala Secretaría, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Olivares.

3. Titular: Doña Ana Belén Jiménez Castilla, Funcionaria con habilitación de carácter estatal, de la subescala Intervención-Tesorería, Interventora del Excmo. Ayuntamiento de Umbrete.

A) Titular: Doña Manuela Parrilla Rios, funcionaria de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

1. Don Virgilio Rivera Rodríguez, funcionario habilitación de carácter estatal, de la subescala Secretaría, categoría de entrada, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Camas.

2. Doña Esther Román Hurtado, Funcionaria con habilitación de carácter estatal, de la subescala Intervención-Tesorería, Interventora del Excmo. Ayuntamiento de Las Cabezas de San Juan.

3. Doña María Cerdera Vargas, Funcionaria con habilitación de carácter estatal, de la subescala Intervención-Tesorería, Interventora del Excmo. Ayuntamiento de Lora del Río.

4. Don Cristóbal del Río Tapia, funcionario de la Junta de Andalucía.

ANEXO II

CONCURSO ORDINARIO PARA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN (1).

I. DATOS PERSONALES

Apellidos:
Nombre: D.N.I.
N.R.P.
Domicilio (a efectos de notificación).
Calle y número:
Código postal y localidad:
Provincia: Teléfono:
II. DATOS PROFESIONALES
Subescala (2):
Categoría:
Situación administrativa en que se encuentra:
Destino actual:Forma y fecha del nombramiento en el destino actual (3):
II. DATOS DEL PUESTO AL QUE CONCURSA

Entidad Local en que radica el puesto:
Provincia:Denominación del puesto:

Solicita tomar parte en el concurso ordinario de traslado para funcionarios con habilitación estatal, publicado por Resolución de fecha 18 de abril de 2012 de la Dirección General de Administración Local, de la Junta de Andalucía, al puesto de trabajo arriba indicado, declarando no estar incurso en ninguna de las causas de exclusión indicadas en la base segunda de las comunes y acompañando la documentación que se especifica al dorso.

Lugar fecha y firma.

Sr. Presidente de la Entidad Local de.....................................................

(1) Enviar una solicitud al Presidente de cada Entidad Local cuyo puesto se solicite en el concurso. Acompañar, en su caso, los documentos acreditativos de los méritos de determinación autonómica y específicos alegados.

(2) Cumplimentar solo la Subescala que faculta para concursar al puesto a que se refiere la solicitud.

(3) Definitivo o provisional.

ANEXO III

CONCURSO ORDINARIO DEL AÑO 2012 PARA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

ORDEN DE PRELACIÓN DE ADJUDICACIONES (1)

I. DATOS PERSONALES

Apellidos:
Nombre: D.N.I.
N.R.P.
Domicilio (a efectos de notificación)
Calle y número:
Código postal y localidad:
Provincia:
Teléfono:
II. DATOS PROFESIONALES

Subescala/s y categoría/s a que concursa:
Situación administrativa en que se encuentra:
Destino actual:
Forma y fecha del nombramiento en el destino actual (2):

Habiéndose solicitado tomar parte simultáneamente en distintos concursos de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación estatal, publicados conjuntamente por Resolución de la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía, de fecha 18 de abril de 2012, formula ante esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la tercera base de las bases generales de la presente convocatoria, el siguiente orden de prelación para el supuesto de que le fueran adjudicados dos o más puestos de los solicitados:

N.º de orden Entidad Local Nombre del puesto
1.
2.
3.
4.
5.
5.
7.
8.
9.
10.

Lugar, fecha y firma.

Dirección General de Administración Local

Consejería de Gobernación y Justicia

Plaza Nueva, 4

41071, Sevilla

(1) Enviar un solo modelo de orden de prelación que incluya todos los puestos solicitados en le concurso ordinario.

(2) Definitivo o provisional.

(3) Añádanse cuantos números sean precisos en función de la extensión que se desee dar a la prelación.

Descargar el pdf oficial auténtico