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Intentada la notificación de la Resolución de reintegro de 15 de marzo de 2013, recaída en el expediente que se indica, sin que se haya podido practicar, por medio de la presente y de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de dicha Resolución de reintegro, comunicándoles que para conocer el texto íntegro podrán comparecer, en horas de 9 a 14 cualquier día hábil de lunes a viernes en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, en la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Servicio de Coordinación y Fomento, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Beneficiario: Promociones Judialber, S.L.
Expediente: ITPEXP10 TU0401 2010/89.
Objeto subvención: Creación de instalaciones y desarrollo de programas de fidelización.
Acto: Resolución de expediente de reintegro.
Resumen del contenido: Resolución de reintegro de la subvención que, por importe de 73.204,61 euros, fue concedida a la empresa Promociones Judialber, S.L., por incumplimiento de la actividad objeto de subvención, al amparo de la Orden de 12 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, Modalidad 2 (ITP).
Sevilla, 14 de mayo de 2013.- La Directora General, Manuela González Mañas.
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