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NIG: 2906742C20130006327.
Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 199/2013. Negociado: TE.
De: Manuela Álvarez Campos.
Procurador: Sr. Juan Antonio Carrión Calle.
Letrado: Sr. Pablo Lazarraga Assiego.
Contra: Estefano Mario Santoro.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 199/2013 seguido en el Juzg. de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, a instancia de Manuela Álvarez Campos, contra Estefano Mario Santoro, se ha dictado Auto de rectificación de error de la sentencia dictada en fecha 14 de mayo de 2013, que copiada en su parte dispositiva, es como sigue:
PARTE DISPOSITIVA
Se rectifica Sentencia de fecha 14 de mayo de 2013, en el sentido de que donde se dice «La guarda y custodia así como el ejercicio de la Patria Potestad de la hija menor común se atribuye a la madre doña Manuela Álvarez Campos», debe decir La guarda y custodia así como el ejercicio de la Patria Potestad de los hijos menores comunes se atribuye a la madre doña Manuela Álvarez Campos.
Esta resolución forma parte de la Sentencia de fecha 14 de mayo de 2013 y no cabe recuso contra la misma, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la sentencia que rectifica la presente resolución.
Lo acuerda y firma el/la Magistrado-Juez, doy fe.
El/La Magistrado-Juez El/La Secretario/a
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Estefano Mario Santoro, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintidós de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)».
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