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NIG: 2906744S20110014109.
Procedimiento: Pieza Separada 59.1/2013. Negociado: C3
De: Don Raúl Jurado Camuñez, don Óscar Morales Álvarez, don Samuel Rodríguez Crespillo, don Cristian Stanciu y don Óscar Rodríguez Crespillo.
Contra: Helicoidales La Carolina, S.L.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 59.1/2013 a instancia de la parte actora don Raúl Jurado Camuñez, don Óscar Morales Álvarez, don Samuel Rodríguez Crespillo, don Cristian Stanciu y don Óscar Rodríguez Crespillo contra Helicoidales La Carolina, S.L., sobre Pieza Separada, se ha dictado Resolución de fecha 3.4.2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO
Declarar al ejecutado: Helicoidales La Carolina, S.L., con CIF: B23493984, en situación de insolvencia parcial con carácter provisional por importe de 21.588,01 euros de principal, más 3.454,09 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.
De conformidad con el articulo 276.5 de la LRJS, una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al registro correspondiente para que se haga constar la declaración efectuada.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito, en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, abierta en Banesto, núm. 2955 0000 64 0059 13, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario. Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».
El/La Secretario/a Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Helicoidales La Carolina, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veintisiete de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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