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NIG: 28.079.44.4-2009/0017997.
Autos núm.: Procedimiento Ordinario 421/2009.
Materia: Materias laborales individuales
Ejecución núm.: 121/2009.
Ejecutante: D./Dña. Dmytro Titov.
Ejecutado: Diamantino Moráis da Silva, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Victoria Delgado Robledo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Treinta y nueve de Madrid, hago saber:
Que en el procedimiento 121/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Dmytro Titov frente a Diamantino Moráis da Silva, S.L., sobre Ejecución forzosa se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de ordenación.
El/La Secretario Judicial.
Doña Victoria Delgado Robledo.
En Madrid, a diez de mayo de dos mil trece.
Visto el estado en que se encuentran las presentes actuaciones, y existiendo en esta ejecución la cantidad de 211,69 euros a favor de la ejecutada Diamantino Moráis da Silva, S.L., en concepto de devolución de sobrante existente en las presentes actuaciones, y con carácter previo a transferirla a la Cuenta de «Fondos Provisionalmente abandonados» al no haberse reclamado por la ejecutada, en el plazo legalmente establecido al estar en paradero desconocido, y constando en este mismo juzgado la Ejecución 219/2011 entre las mismas partes, en donde se dictó Decreto de Insolvencia, de fecha 22 de abril de 2013, precédase a transferir la cantidad para ponerla a disposición de D./Dña. Dmytro Titov como parte del pago de principal que en la Ejecución 219/2011 se le adeuda.
Una vez verificado lo acordado precédase al Archivo de las actuaciones previas anotaciones en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a las partes y a la ejecutada mediante su publicación por edictos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Diamantino Morais da Silva, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario Judicial.
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