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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación a los padres doña Carmen Bernal Vera, al desconocerse su paradero se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, de fecha de 29 de mayo de 2013, adoptada en el expediente núm. 352-2006-21000092-1, procedimiento núm. 373-2012-00000719-2, relativo al/la menor J.B.V. por el que se Acuerda:
1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha de 19 de julio de 2006, con respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre el/la menor J.B.V.
2. Formular propuesta al Juzgado para la constitución de Acogimiento Familiar Modalidad Permanente del referido/a menor por parte de las personas seleccionadas y ante la falta de consentimiento de la madre a dicho acogimiento familiar.
3. Constituir hasta tanto se produzca Resolución Judicial, un Acogimiento Familiar Provisional, de acuerdo con el Acta de Condiciones firmadas al efecto.
Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites que establecen los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Huelva, 30 de mayo de 2013.- La Delegada, Lourdes Martín Palanco.
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