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NIG: 2906742M20110001171.
Procedimiento: Juicio Ordinario 470/2011. Negociado: MA.
De: Semael Electricidad, S.L.
Procuradora: Sra. M. del Carmen González Pérez.
Contra: Ingeniería Serrano Marfil, S.L., y José Manuel Serrano Recio.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Ordinario 470/2011 seguido en eI Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Málaga a instancia de Semael Electricidad, S.L., contra Ingeniería Serrano Marfil, S.L., y José Manuel Serrano Recio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 198/2012
En Málaga, a catorce de junio de dos mil doce.
Vistos por doña Silvia Coll Carreño, Magistrada-Juez Sustituta del Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Málaga y su partido, los presentes autos núm. 470/2011 de Juicio Ordinario seguido entre partes, como demandante la mercantil Semael Electricidad, S.L., representada por la Procuradora Sra. González Pérez, y asistida del Letrado Sr. Galán Requena, y como demandada la mercantil Ingeniería Serrano Marfil, S.L.L., y don José Manuel Serrano Recio, ambos en situación de rebeldía procesal; y
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la Procuradora, Sra. González Pérez, en nombre y representación de la mercantil Semael Electricidad, S.L., contra la mercantil Ingeniería Serrano Marfil, S.L.L., y contra don José Manuel Serrano Recio, ambos en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno solidariamente a la expresada demandada a que satisfagan a la actora la suma de siete mil cuarenta y tres euros con diecinueve céntimos (7.043,19 €), más los intereses de dicha cantidad, conforme al fundamento jurídico cuarto de esta resolución. Ello con expresa condena de la demandada al pago de las costas procesales causadas.
Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días ante este Juzgado y se sustanciará en su caso ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga, previo depósito de la suma fijada en la Ley.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Ingeniería Serrano Marfil, S.L., y José Manuel Serrano Recio, extiendo y firmo presente en Málaga, a cinco de febrero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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