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NIG: 4109144S20130000283.
Procedimiento: Actos preparatorios 34/2013. Negociado: 3.
De: Don Javier Hernández Fernández.
Contra: Montajes Diversos de Seguridad, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 34/2013 a instancia de la parte actora don Javier Hernández Fernández contra Montajes Diversos de Seguridad, S.L., sobre actos preparatorios se ha dictado Resolución de fecha 20.3.2013 del tenor literal siguiente:
AUTO
En Sevilla, a veinte de marzo de dos mil trece.
HECHOS
Primero. Don Javier Hernández Fernández, con fecha de 11.1.2013, presentó escrito interesando la adopción de un acto preparatorio para la interposición de demanda contra la empresa Montajes Diversos de Seguridad, S.L., dejándose los autos sobre la mesa de la proveyente el día 18.3.2013.
Segundo. Se han observado las prescripciones y solemnidades legales, salvo el plazo, debido al cúmulo de asuntos del Juzgado.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero. Pretende el solicitante que se requiera a la demandada para que ponga a disposición la documentación consistente en partes de trabajo del actor desde el inicio de la relación laboral, 1.9.2011, a la del despido 20.7.2012, y las facturas que emitió para el cobro de tales trabajos de montaje y reparación de equipos de seguridad a la empresa Prosegur, S.A., a fin de efectuar la correspondiente reclamación de cantidad.
Segundo. El artículo 77.1 LRJS dispone: En todos aquellos supuestos en que el examen de libros y cuentas o la consulta de cualquier otro documento se demuestre imprescindible para fundamentar la demanda o su oposición, quien pretenda demandar o prevea que vaya a ser demandado podrá solicitar del órgano judicial la comunicación de dichos documentos. Cuando se trate de documentos contables podrá el solicitante acudir asesorado por un experto en la materia, que estará sometido a los deberes que puedan incumbirle profesionalmente en relación con la salvaguardia del secreto de la contabilidad. Las costas originadas por el asesoramiento del experto correrán a cargo de quien solicite sus servicios.
Acreditada como objetivamente razonable la petición de la parte actora que es necesaria para entablar la futura demanda que pretende plantear se accede a lo solicitado.
En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Ha lugar a requerir a Montajes Diversos de Seguridad, S.L., para que en el plazo de cuatro días hábiles, a contar desde el siguiente al de su notificación, para que para que ponga a disposición del Juzgado la documentación consistente en partes de trabajo del actor desde el inicio de la relación laboral, 1.9.2011, a la del despido, 20.7.2012, y las facturas que emitió para el cobro de tales trabajos de montaje y reparación de equipos de seguridad a la empresa Prosegur, S.A.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma doña Nieves Rico Márquez, Magistrada titular del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla y su provincia.
Y para que sirva de notificación al demandado Montajes Diversos de Seguridad, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinte de junio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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